N° 664/2003 Aviso del Boletín Oficial
THE BANK OF TOKYO - MITSUBISHI UFJ, LTD.
Texto del aviso
THE BANK OF TOKYO - MITSUBISHI UFJ, LTD.
Nombre de Auditor Firmante: Mariano R. Balestra
Asociación Profesional: KPMG
Informe correspondiente al ejercicio económico finalizado el 31 de
1
diciembre de 2017
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.838 - Segunda Sección 130 Viernes 23 de marzo de 2018
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.838 - Segunda Sección 131 Viernes 23 de marzo de 2018
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.838 - Segunda Sección 132 Viernes 23 de marzo de 2018
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.838 - Segunda Sección 133 Viernes 23 de marzo de 2018
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.838 - Segunda Sección 134 Viernes 23 de marzo de 2018
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO ECONÓMICO FINALIZADO
EL 31 DE DICIEMBRE DE 2017
Presentado en forma comparativa
(Cifras expresadas en miles de pesos)
1. BASES DE PREPARACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES
1.1. Normas contables aplicables
Los presentes estados contables han sido preparados de conformidad con las normas contables dictadas por
el Banco Central de la República Argentina (BCRA) que presentan ciertas diferencias con las Normas Contables
Profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires emitidas por la Federación Argentina de Consejos
Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) y adoptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA) (en adelante referidas en su conjunto como “NCP”).
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.838 - Segunda Sección 135 Viernes 23 de marzo de 2018
Las diferencias entre las normas contables del BCRA y las NCP debidamente cuantificadas se exponen en Nota 3.
Las cifras de estos estados contables surgen de los registros de contabilidad de la Entidad y han sido expuestas
de acuerdo con lo establecido por el “Régimen Informativo Contable para Publicación” del BCRA.
1.2. Consideración de los efectos de la inflación
De acuerdo con lo establecido por el Decreto N° 664/2003 del Poder Ejecutivo Nacional (PEN) y la Comunicación
“A” 3921 del BCRA, la Entidad no aplica ningún mecanismo de reexpresión de estados contables a partir del 1 de
marzo de 2003.
Sin embargo, la existencia de variaciones importantes en las variables relevantes de la economía que afectan
los negocios de la Entidad, tales como las observadas en los últimos ejercicios en el costo salarial, la tasa de
interés y el tipo de cambio, podrían afectar la situación patrimonial y los resultados de la misma, y, por ende, esas
variaciones debieran ser tenidas en cuenta en la interpretación que se realice de la información que la Entidad
brinda en los presentes estados contables sobre su situación patrimonial, los resultados de sus operaciones y los
flujos de su efectivo.
1.3. Información comparativa
El 17 de septiembre de 2015 el BCRA emitió la Comunicación “A” 5805 estableciendo que las entidades financieras
deberán fijar la fecha de cierre de ejercicio económico el 31 de diciembre de cada año, con vigencia a partir del 31
de diciembre de 2016, pudiendo aplicar anticipadamente ésta disposición.
A la fecha de emisión de la mencionada Comunicación, el cierre del ejercicio económico era el 30 de junio de cada
año.
La Casa Matriz aprobó el cambio de fecha de cierre del ejercicio económico con fecha 15 de abril de 2016. La
Inspección General de Justicia aprobó el cambio de fecha de cierre de ejercicio económico con fecha 15 de julio
de 2016.
De acuerdo con lo requerido en la Comunicación “A” 4667 y modificatorias del BCRA, el estado de situación
patrimonial al 31 de diciembre de 2017 y cierta información complementaria con él relacionada se presentan en
forma comparativa con las cifras correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2016.
Asimismo, los estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo y sus equivalentes por
el ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2017 y la información complementaria con ellos relacionada,
se presentan en forma comparativa con las cifras correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de
2016, adecuado a la nueva fecha de cierre de ejercicio según lo descripto en los párrafos anteriores.
A los efectos de la presentación comparativa, se efectuaron las reclasificaciones necesarias en los estados
contables del ejercicio anterior para exponerlos sobre bases uniformes. La modificación de la información
comparativa no implica cambios en las decisiones tomadas en base a ella.
2. PRINCIPALES CRITERIOS CONTABLES
Los principales criterios de valuación y exposición de los activos, los pasivos y los resultados, utilizados para la
preparación de los presentes estados contables, son los siguientes:
2.1. Activos y pasivos en pesos
Los activos y pasivos en pesos están registrados a sus valores nominales, y computando cuando correspondiera,
los intereses y componentes financieros devengados al cierre del ejercicio. Los ajustes e intereses fueron imputados
a los resultados del ejercicio.
2.2. Activos y pasivos en moneda extranjera
Los activos y pasivos en moneda extranjera (dólares estadounidenses) han sido valuados al tipo de cambio de
referencia establecido por la Comunicación “A” 3500 del BCRA, vigente al cierre de las operaciones del último
día hábil del ejercicio, computando, cuando correspondiera, los intereses y componentes financieros devengados
hasta esa fecha. Para el caso de activos y pasivos en monedas extranjeras distintos de dólar estadounidense,
se convirtieron utilizando los tipos de pase comunicados por el BCRA vigentes al cierre de las operaciones del
último día hábil del ejercicio. Las diferencias de cambio, ajustes e intereses fueron imputadas a los resultados del
ejercicio.
2.3. Títulos públicos y privados
(i) Tenencias registradas a valor razonable de mercado y por operaciones de pase: se valuaron de acuerdo con
los valores de cotización vigentes para cada título al cierre del ejercicio. Las diferencias de cotización fueron
imputadas al resultado del ejercicio.
(ii) Tenencias registradas a costo más rendimiento: siempre que no consten en los listados de volatilidades o
valores presentes publicados por el BCRA, se valuaron, al 31 de diciembre de 2016, al valor de incorporación,
incrementado en función de los intereses devengados según la tasa interna de retorno. Al 31 de diciembre de
2017 no se registraban tenencias con este criterio de valuación. Los intereses devengados fueron imputados al
resultado del ejercicio.
2.4. Método utilizado para el devengamiento de intereses
El devengamiento de los intereses de la cartera activa y pasiva ha sido calculado mensualmente apropiándose en
forma lineal o exponencial, según corresponda, en proporción a los días en que el capital ha estado expuesto a
la incidencia de dichos intereses.
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2.5. Préstamos al sector financiero y al sector privado no financiero y residentes en el exterior – Constitución de
previsión por riesgo de incobrabilidad
Los préstamos se incluyen por el saldo del capital adeudado más los intereses y ajustes devengados a cobrar al
cierre del ejercicio, neto de las previsiones por riesgo de incobrabilidad.
Las previsiones por riesgo de incobrabilidad han sido determinadas sobre la base del riesgo estimado de la
asistencia crediticia otorgada por la Entidad, el cual resulta de la evaluación de la capacidad de repago de
sus obligaciones, del grado de cumplimiento de los deudores y de las garantías que respaldan las respectivas
operaciones, de acuerdo con las normas sobre “Clasificación de deudores” y “Previsiones mínimas por riesgo de
incobrabilidad” emitidas por el BCRA.
2.6. Especies a recibir por compras y/o entregar por ventas contado a liquidar y a término
Representan los derechos a recibir o las obligaciones de entregar títulos o moneda extranjera por operaciones
de compra o venta al contado o a término. Los activos o pasivos subyacentes se valuaron de acuerdo con los
valores de cotización vigentes para cada especie al cierre de cada ejercicio. Las diferencias de cotización fueron
imputadas a los resultados del ejercicio.
2.7. Montos a cobrar por ventas y/o a pagar por compras contado a liquidar y a término
Han sido valuadas de acuerdo con los precios concertados para cada operación al cierre de cada ejercicio.
2.8. Bienes de uso y bienes diversos
Han sido valuados a su valor de incorporación menos la correspondiente depreciación acumulada al cierre de
cada ejercicio. Dichos bienes se deprecian siguiendo el método de la línea recta en función de las vidas útiles
asignadas a partir del mes de su incorporación.
El valor determinado de los bienes, considerados por grupo homogéneo de bienes, no excede su valor de utilización
económica estimado en base a la información disponible a la fecha de emisión de los presentes estados contables.
2.9. Bienes intangibles
Los bienes intangibles han sido valuados a su costo, menos la correspondiente amortización acumulada al cierre
de cada ejercicio. La amortización de estos bienes se efectúa a partir del mes de su incorporación, en función a
los meses de vida útil asignada. Para el caso de las mejoras sobre inmuebles de terceros, la vida útil asignada ha
sido en función al plazo residual del contrato de alquiler. Para los restantes bienes ha sido de 60 meses.
El importe activado no excede, en su conjunto, su valor de utilización económica.
2.10. Asistencia crediticia otorgada por la Entidad por cuenta y orden de la sucursal Nueva York, en el marco de las
disposiciones establecidas por la Comunicación “A” 5472 del BCRA y modificatorias
Al 31 de diciembre de 2017 la Entidad posee compromisos eventuales asumidos por cuenta y orden de la sucursal
Nueva York en los términos de la Comunicación “A” 5472 del BCRA y modificatorias por 102.774 contabilizados
en Cuentas de Orden – De Control - Otras. Al 31 de diciembre de 2016 el saldo de estos compromisos eventuales
ascendía a 86.767.
El riesgo crediticio de ésta operación es asumido directamente por la sucursal Nueva York.
2.11. Patrimonio neto
Las cuentas integrantes de este rubro han sido reexpresadas, cuando correspondía, en función de lo indicado en
el apartado 1.2. de la Nota 1, excepto el rubro “Capital Asignado”, el cual se ha mantenido por su valor nominal.
2.12. Cuentas de resultados
Las cuentas de resultados se expresan en moneda nominal sobre la base de su devengamiento mensual, excepto
por los cargos por activos consumidos (depreciaciones y bajas de bienes de uso, diversos e intangibles) los que
han sido determinados de acuerdo con los valores de tales activos.
2.13. Uso de estimaciones en la preparación de los estados contables
Para la preparación de los estados contables la Gerencia de la Entidad ha realizado estimaciones que afectan
la determinación de los importes de los activos y pasivos y la revelación de contingencias a la fecha de cierre
del ejercicio, como así también los ingresos y egresos registrados en el ejercicio. Dado que dichas estimaciones
involucran juicios de valor respecto de la probabilidad de ocurrencia de hechos futuros, los hechos y resultados
reales pueden diferir de las estimaciones efectuadas a la fecha de preparación de los presentes estados contables.
2.14. Impuestos a las ganancias y a la ganancia mínima presunta
La Entidad determina el cargo contable del impuesto a las ganancias aplicando la tasa vigente del 35% sobre la
utilidad impositiva estimada del período, considerando para la estimación la renta gravada menos las deducciones
admitidas de acuerdo a la Ley N° 20.628, sin considerar el efecto de las diferencias temporarias entre el resultado
contable y el impositivo de los activos y pasivos ni los activos diferidos por quebrantos no prescriptos, de
corresponder, lo cual implica un apartamiento de las normas profesionales tal como se describe en Nota 3.
Al 31 de diciembre de 2017 el cargo por impuesto a las ganancias y la provisión por este impuesto ascienden a
4.144. La diferencia en el cargo a resultado del ejercicio corresponde al defecto de la provisión del ejercicio anterior
de 630. Al 31 de diciembre de 2016 la provisión ascendía a 11.868.
El 27 de diciembre de 2017 el Poder Ejecutivo Nacional promulgó el Decreto N° 1112/2017 que reglamentó la Ley
N° 27.430 (Ley de Reforma Tributaria) que modifica, entre otros impuestos, al impuesto a las ganancias. La Ley
modifica gradualmente la tasa legal del mencionado impuesto, pasando del 35% al 30% para los ejercicios fiscales
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.838 - Segunda Sección 137 Viernes 23 de marzo de 2018
a finalizar en 2018 y 2019, en tanto se reduce al 25% para los ejercicios fiscales a finalizar el 31 de diciembre de
2020.
El impuesto a la ganancia mínima presunta fue establecido por la Ley N° 25.063 por el término de diez años hasta
el 31 de diciembre de 2008. Actualmente, luego de sucesivas prórrogas, el mencionado gravamen se encuentra
vigente por los períodos económicos que finalizarán el 31 de diciembre de 2018, inclusive.
Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias dado que constituye una imposición mínima que
grava la renta potencial de ciertos activos productivos a la tasa del 1%. La obligación fiscal de la Entidad coincidirá
con el mayor de ambos impuestos. Para el caso de Entidades regidas por la Ley de Entidades Financieras, las
mismas deberán considerar como base imponible del gravamen el 20% de sus activos gravados previa deducción
de aquellos definidos como no computables. Si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un período
fiscal al impuesto a las ganancias, el exceso podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del
impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta que pudiera producirse en cualquiera
de los diez años siguientes.
Al 31 de diciembre de 2017 y 2016, la Entidad no constituyó provisión por impuesto a la ganancia mínima presunta
dado que el impuesto a las ganancias fue superior a dicho impuesto.
2.15. Previsión por contingencias
La Entidad realiza estimaciones sobre contingencias registrándolas en el rubro de Previsiones del Pasivo, en caso
de corresponder, de acuerdo con su probabilidad de ocurrencia, estimada en base a la información recibida de los
asesores legales y otra información disponible.
3. DIFERENCIA ENTRE LAS NORMAS CONTABLES DEL BCRA Y LAS NORMAS CONTABLES PROFESIONALES
ARGENTINAS
De acuerdo a lo señalado en Nota 1.1, las NCP difieren en ciertos aspectos de los criterios de valuación establecidos
por las normas del BCRA.
La diferencia principal entre las normas contables del BCRA y las NCP con efecto en los presentes estados
contables corresponde a la contabilización del impuesto a las ganancias por el método del impuesto diferido.
La Entidad determina el impuesto a las ganancias aplicando la tasa vigente sobre la utilidad impositiva estimada,
sin considerar el efecto de las diferencias temporarias entre el resultado contable y el impositivo [Nota 2.14].
De acuerdo con las normas contables profesionales argentinas, el reconocimiento del impuesto a las ganancias
debe efectuarse por el método del impuesto diferido y, consecuentemente, reconocer (como crédito o deuda) el
efecto impositivo de las diferencias temporarias entre la valuación contable y la impositiva de los activos y pasivos,
y su posterior imputación a resultados en los períodos en los que se generen diferencias a reversar, así como el
derecho a utilizar quebrantos impositivos acumulados cuando corresponda.
De haberse aplicado el método del impuesto diferido al 31 de diciembre de 2017, la Entidad hubiera determinado
un pasivo diferido de 380, mientras que al 31 de diciembre de 2016, hubiese sido un activo de 150.
Al 31 de diciembre de 2017 se han valuado los activos y pasivos diferidos teniendo en cuenta las modificaciones
en las tasas mencionadas en la Nota 2.14 conforme a lo establecido en la Ley N° 27.430.
De haberse aplicado las normas contables profesionales, el patrimonio neto de la Entidad al 31 de diciembre de
2017 hubiese disminuido en aproximadamente 380, mientras que al 31 de diciembre de 2016 hubiese aumentado
en aproximadamente 150. Mientras que los resultados de los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2017 y
2016 hubieran disminuido en 530 y aumentado en 1.140, respectivamente.
4. BIENES DE DISPONIBILIDAD RESTRINGIDA
El rubro “Otros Créditos por Intermediación Financiera” incluye 3.100 y 16.800, al 31 de diciembre de 2017 y al 31
de diciembre de 2016, respectivamente, correspondientes a saldos en cuentas especiales de garantía a favor de
las cámaras electrónicas de compensación en el BCRA.
5. RESTRICCIÓN PARA LA DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES
De acuerdo con lo establecido por la normativa vigente del BCRA, anualmente las entidades financieras deberán
destinar el 20% de la utilidad del ejercicio para incrementar la reserva legal.
Según lo establecido en la Comunicación “A” 6013 las entidades financieras podrán distribuir resultados siempre
que no se verifique alguna de las siguientes situaciones al mes anterior a la presentación de la solicitud de
autorización ante la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias:
1.1. Registren sanciones de multa superiores al 25% (veinticinco por ciento) de la última responsabilidad patrimonial
computable informada o de inhabilitación, suspensión, prohibición o revocación impuestas en los últimos cinco
años por el BCRA, la Unidad de Información Financiera (UIF), la Comisión Nacional de Valores (CNV) y/o la
Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) que se ponderen como significativas, excepto cuando se hayan
implementado medidas correctivas.
1.2. Registren asistencia financiera por iliquidez del BCRA, en el marco del artículo 17 de la Carta Orgánica de esa
Institución.
1.3. Registren deficiencias de integración de capital mínimo (sin computar a tales fines los efectos de las franquicias
individuales otorgadas por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias) o de efectivo mínimo en
promedio en pesos, en moneda extranjera o en títulos valores públicos.
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.838 - Segunda Sección 138 Viernes 23 de marzo de 2018
1.4 Se encuentren alcanzadas por las disposiciones de los artículos 34 “Regularización y saneamiento” y 35
bis “Reestructuración de la entidad en resguardo del crédito y los depósitos bancarios” de la Ley de Entidades
Financieras.
1.5. Presenten atrasos o incumplimientos en el régimen informativo establecido por esta Institución.
De acuerdo a lo establecido por las normas del BCRA, toda distribución de utilidades debe contar con la
autorización previa de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias de dicho Organismo, cuya
intervención tendrá por objeto verificar la correcta aplicación de las normas de procedimiento vigentes emitidas
por el BCRA para la determinación de la utilidad máxima a distribuir.
6. SISTEMA DE SEGURO DE GARANTÍA DE LOS DEPÓSITOS
La Entidad se encuentra incluida en el Sistema de Seguro de Garantía de los Depósitos de la Ley N° 24.485,
Decreto Reglamentario Nº 540/95 actualizado por los Decretos Nº 1292/96 y Nº 1127/98 y la Comunicación “A”
2337, complementarias y modificatorias del BCRA.
El Sistema de Seguro de Garantía de los Depósitos que es limitado, obligatorio y oneroso, se ha creado con el
objeto de cubrir los riesgos de los depósitos bancarios, en forma subsidiaria y complementaria al sistema de
privilegios y protección de depósitos establecido por la Ley de Entidades Financieras.
La garantía cubrirá la devolución del capital depositado y de sus intereses, devengados hasta la fecha de revocación
de la autorización para funcionar o hasta la fecha de suspensión de la entidad por aplicación del artículo 49 de la
Carta Orgánica del BCRA, si esta medida hubiera sido adoptada en forma previa a aquella, sin exceder por ambos
conceptos, la suma de 450 (importe vigente al 31 de diciembre de 2017, que fuera actualizado por la Comunicación
“A” 5943 a partir del 1° de mayo de 2016). Adicionalmente, fija como aporte normal al Fondo de Garantía de los
Depósitos el 0,015%.
Al 31 de diciembre de 2017 y 2016, el cargo por Aporte al Fondo de Garantía de los Depósitos asciende a 269 y
476, respectivamente.
7. EMISIÓN DE OBLIGACIONES
La Entidad no ha emitido obligaciones a la fecha de cierre de los presentes estados contables.
8. PLAZO DE DURACIÓN DE LA ENTIDAD
Los estatutos sociales de la Casa Matriz no prevén un vencimiento en el plazo de duración de esta Sucursal.
9. APERTURA DE LOS CONCEPTOS INCLUÍDOS EN LAS LINEAS “OTROS/AS” DEL ESTADO DE SITUACIÓN
PATRIMONIAL, DE LAS CUENTAS DE ORDEN Y DEL ESTADO DE RESULTADOS
La composición de las principales líneas “Otros/Otras” del estado de situación patrimonial y cuentas de orden al
31 de diciembre de 2017 y 2016 es la siguiente:
La composición de las principales líneas “Otros/Otras” del estado de resultados al 31 de diciembre de 2017 y 2016
es la siguiente:
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.838 - Segunda Sección 139 Viernes 23 de marzo de 2018
10. CAPITAL ASIGNADO
Al 31 de diciembre de 2017 y 2016, el capital asignado de la Entidad ascendía a 122.313, el cual estaba totalmente
suscripto, integrado e inscripto en la Inspección General de Justicia.
11. CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 25.738
El 7 de julio de 2003, el BCRA emitió la Comunicación “A” 3974 aclarando que, como consecuencia de lo establecido
por la Ley Nº 25.738, las entidades financieras locales de capital extranjero y las sucursales de entidades financieras
extranjeras autorizadas por el BCRA, deben poner en conocimiento del público en general los supuestos en
los que sus casas matrices o grupo accionario mayoritario de capital extranjero responden por las operaciones
bancarias realizadas en la República Argentina y su alcance.
En tal sentido, la Entidad ha informado que en virtud de lo dispuesto por dichas normas y el Artículo 4 de la Ley
Nº 24.240 y modificatorias, las obligaciones de dar sumas de dinero correspondientes a The Bank of Tokyo-
Mitsubishi UFJ, Ltd., Sucursal Buenos Aires (a los fines de esta sección denominada la “Sucursal”), en virtud de
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.838 - Segunda Sección 140 Viernes 23 de marzo de 2018
depósitos existentes en la misma, son también obligaciones de The Bank of Tokyo-Mitsubishi UFJ, Ltd., Casa
Matriz, conforme (i) los términos y condiciones acordados bajo los depósitos; (ii) lo dispuesto por la legislación
Argentina que a tales efectos resultare aplicable; y (iii) siempre que el cumplimiento del respaldo por parte de la
Casa Matriz (a) no implicare una violación de la legislación Japonesa aplicable; y/o b) no fuera la consecuencia de
un caso fortuito o fuerza mayor, incluyendo sin limitación un acto de guerra, insurrección, revuelta civil o hechos
tales como el dictado de cualquier ley, decreto, resolución o disposición emitida por un gobierno de jure o de facto.
La responsabilidad de la Casa Matriz, en ningún caso, será mayor a la responsabilidad que le corresponda a la
Sucursal.
Asimismo, se ha dejado expresa constancia de que la responsabilidad mencionada en el párrafo anterior, no
incluye el cumplimiento de cualquier otro tipo de obligación por parte de la Sucursal diferente de obligaciones de
dar sumas de dinero con relación a depósitos.
12. CUENTAS QUE IDENTIFICAN EL CUMPLIMIENTO DE EFECTIVO MÍNIMO
A continuación se detallan los conceptos computados para la Integración del Efectivo Mínimo según lo dispuesto
por las normas del BCRA, con sus correspondientes saldos al 31 de diciembre de 2017 y 2016:
13. ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO Y SUS EQUIVALENTES
Al 31 de diciembre de 2017 y 2016, la composición del efectivo (y sus partidas equivalentes) al inicio y al cierre de
cada ejercicio, es la siguiente:
14. POLÍTICAS DE GERENCIAMIENTO DE RIESGOS
14.1. Marco de aplicación y lineamientos generales
La Entidad lleva adelante una gestión integral de administración de riesgos acorde a los lineamientos de la
Comunicación “A” 5398 y complementarias del BCRA. Dicha gestión se enmarca dentro de una Política de Gestión
de Riesgos clara, definida e instrumentada según los respectivos manuales de procedimientos para las distintas
categorías de riesgos inherentes a la actividad de la Entidad. Tal política se define a través de límites específicos
para cada categoría de riesgo, mecanismos de seguimiento, control y mitigación de desvíos, los cuales son
periódicamente reportados a la Gerencia General.
Dicha Política de Gestión de Riesgos es definida en base a las directrices provistas por la Casa Matriz en Tokio y
de la cabecera regional de las Américas. Las mismas tienen como objetivo la obtención de niveles de riesgo que
asociados a las operaciones que se realizan sean bajos.
Los tipos de riesgos asumidos por la Entidad corresponden a aquellos originados por su operatoria de Banca
Comercial Corporativa y sus posiciones de inversión, excluyendo riesgos por trading de activos financieros,
titulización/securitización de activos u otros negocios fuera de los mencionados.
En este sentido, la Entidad desarrolla su actividad manteniendo un perfil de negocios prudente y conservador,
concentrado en la financiación comercial y atención de operaciones de comercio exterior y cobertura de tipo de
cambio de la clientela, básicamente empresas de primer nivel calificadas globalmente y empresas locales con
sólidos fundamentals de crédito. Esta estrategia le permite mantener una cartera de crédito en situación normal,
con buenos indicadores de repago y/o respaldada con garantías.
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.838 - Segunda Sección 141 Viernes 23 de marzo de 2018
El área responsable de la aplicación de la Política de Gestión de Riesgos es la Gerencia de Riesgos, a cargo del
seguimiento, prevención, monitoreo, control del cumplimiento de los lineamientos arriba mencionados. Asimismo,
la Gerencia de Riesgos convoca regularmente a la Gerencia General, Gerencia de Promoción de Negocios, de
Planeamiento y Gerencia Financiera a la discusión periódica de aquellos riesgos considerados significativos
y/o relevantes a través de un Comité Integral de Riesgos, el cual posee carácter obligatorio y cuenta frecuencia
mensual. Este Comité donde el Gerente General oficia como presidente del mismo, se reúne al menos una vez al
mes y con una frecuencia menor cuando circunstancias especiales así lo requieran. La Auditoría Interna es invitada
regularmente a dichos comités con carácter opcional.
14.2. Detección, seguimiento y gestión de los distintos tipos de riesgos a los que está expuesta la Entidad
Los principales riesgos a los que la Entidad se expone son:
Riesgo de Crédito:
Es el riesgo derivado del incumplimiento de los deudores de sus obligaciones contractuales. El Riesgo de Crédito
contempla distintos tipos de riesgos. Entre ellos se incluyen el Riesgo País y el Riesgo de Crédito de Contraparte.
Los tipos de riesgo de crédito aplicables a la Entidad son los siguientes:
• Riesgo de incumplimiento por parte de uno o más deudores de sus carteras crediticias, tanto del sector privado
no financiero como del sector financiero;
• Riesgo de incumplimiento de contrapartes en Instrumentos Financieros Derivados con valor positivo al momento
de incumplimiento;
• Riesgo de incumplimiento de contrapartes de operaciones con títulos valores;
• Riesgo de incumplimiento de emisores de títulos valores en cartera;
• Riesgo País.
El Manual de Riesgo de Crédito norma los lineamientos para la gestión del riesgo crediticio en los procesos de
otorgamiento, seguimiento y recupero. El manual incluye, entre otros, la descripción del mercado objetivo y sus
características, el perfil y tolerancia al riesgo y los lineamientos para la definición de ratings del deudor y de la
facilidad-Línea de Crédito, clasificación de garantías recibidas, fraccionamiento y graduación del riesgo crediticio,
periodicidad en la revisión de las calificaciones de crédito, previsionamiento, pruebas de estrés de riesgo de
crédito, así como las responsabilidades en la gestión de riesgo de crédito, sistemas de información gerencial y
reportes.
El manual de riesgo de crédito describe además la metodología utilizada para riesgo país. Esta es una metodología
utilizada a nivel global (sistema FACT) que mediante el análisis de un conjunto de más de 50 indicadores económicos
y políticos de cada país permite otorgar un rating a cada país. En la elaboración del rating es realizada en primera
instancia por las áreas de riesgo de cada país, aprobada por el Gerente General y luego es validada o modificada
por la cabecera regional (área de División de Crédito, sub grupo Riesgo Soberano y País de Nueva York) y de la
Casa Matriz en Tokio. El rating tiene un rango que va desde “A” (máximo/mejor rating posible) hasta “F4” (default).
El proceso de gestión de Riesgo de Crédito comprende la aprobación crediticia, el otorgamiento y el análisis tanto
del comportamiento de cada deudor como de su contexto sectorial y de su país de residencia:
• Aprobación de la línea crediticia: para la aprobación de la línea crediticia se realiza un análisis de la situación
financiera propia, del sector económico y del país de residencia de los solicitantes de productos que generen
riesgo de crédito actual y potencial, a efectos de arribar a una calificación crediticia basada en criterios unificados
y comparables que permita definir el nivel de exposición máxima al riesgo de crédito y las características de la
misma (plazo, estructura, etc.). La Entidad cuenta con un sistema de clasificación interna global de sus deudores.
• Otorgamiento de Crédito: requiere estricta adherencia a los procesos administrativos y los límites establecidos,
asegurando la transmisión de la información, los valores y la documentación necesaria para la total adherencia al
contrato celebrado.
• Análisis de Comportamiento: el Departamento de Riesgos realiza un seguimiento del nivel de cumplimiento
por parte de las contrapartes de los compromisos asumidos con la Entidad, lo que permite una categorización
tendiente a simplificar el monitoreo tanto de riesgos potenciales como de la realización de los mismos. Como parte
de dicho monitoreo se da cumplimiento de la norma emitida por el BCRA sobre la Clasificación de Deudores.
• Seguimiento: la Entidad cuenta con un sistema para seguir la situación individual de los créditos, de los
deudores en cartera y la suficiencia de las previsiones y el capital; el cual se encuentra alineado con la naturaleza,
significatividad y complejidad de las actividades que la sucursal lleva a cabo. Mensualmente se comparte la
evolución de la cartera en el marco del Comité de Riesgos, donde se comparten las novedades más importantes
vinculadas al comportamiento crediticio de los clientes.
• Control de límites y excepciones: Diariamente el Departamento de Riesgos controla las excepciones a los límites
establecidos y el cumplimiento de los límites regulatorios. Las excepciones y el cumplimiento de límites de la
cartera informados oportunamente, dando cumplimiento a los niveles de autorización requeridos. El resumen de
las excepciones es además presentada con frecuencia mensual en el marco del Comité de Riesgos.
• Recupero: se refiere a las actividades a cargo de los oficiales de cuenta tendientes a la minimización de las
pérdidas generadas por la ocurrencia de un evento crediticio. Incluye, entre otros, la gestión de cobranzas, la
ejecución de garantías, etc. Mensualmente se comunica en el Comité de Riesgos al Gerente General, aquellos
casos de incumplimiento registrados.
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.838 - Segunda Sección 142 Viernes 23 de marzo de 2018
• Concentración de activos: la Entidad contempla los riesgos inherentes a la concentración sectorial de su portafolio
de préstamos los cuales son informados en la presentación mensual del Comité de Riesgos.
Riesgo de Liquidez:
El riesgo de liquidez es la imposibilidad o dificultad de cumplir de manera eficiente con los flujos de fondos
esperados e inesperados sin afectar las operaciones diarias y su condición financiera.
El Manual de Riesgo de Liquidez norma los lineamientos, límites y herramientas para gestionar el riesgo derivado
no poder fondear adecuadamente los incrementos de los activos y/o no poder cumplir con adecuadamente sus
obligaciones sin sufrir pérdidas significativas. El manual incluye, entre otros, el nivel de tolerancia a este riesgo y las
herramientas utilizadas, tales como flujos de fondos de corto plazo proyectados, márgenes de liquidez para riesgo
de liquidación, brecha de liquidez entre activos y pasivos, pruebas de estrés de riesgo de liquidez, indicadores
de alerta temprana, ratio de cobertura de liquidez, planes de contingencia, así como las responsabilidades en la
gestión de riesgo de liquidez, sistemas de información gerencial y reportes.
El proceso de gestión de riesgo de liquidez comprende el proceso para identificar, evaluar, seguir, controlar y
mitigar el riesgo de liquidez que afronta BTMU BA.
La Entidad cuenta con las siguientes herramientas y análisis para gestionar el riesgo de liquidez:
• Flujo de fondos proyectado a 8 días: cuyo objetivo es conocer de manera anticipada y con frecuencia diaria la
posición de liquidez diaria y a una semana de la Entidad.
• Monitoreo del volumen de activos: cuyo objetivo es conocer los vencimientos de la cartera de préstamos,
renovaciones de líneas de crédito y estudio de las propuestas de nuevos préstamos bajo gestión comercial
(“pipeline”) y probables desembolsos adicionales previstos para el transcurso del mes corriente.
• Monitoreo de la concentración de activos y pasivos: cuyo objetivo es realizar un seguimiento de la concentración
de activos y pasivos.
• Análisis de descalces de plazos: cuyo objetivo analizar los vencimientos contractuales de activos y pasivos de
BTMU BA para identificar descalces de plazos y por ende descalces de flujos de ingresos y egresos a lo largo del
tiempo.
• Indicadores de alerta temprana: cuyo objetivo es identificar situaciones que generen alertas respecto del riesgo
de liquidez de la Entidad. Los indicadores clave de riesgo de liquidez conocidos como Indicadores de Alerta
Temprana o EWIs (Early Warning Indicators) se monitorean con frecuencia diaria.
• Colchón de liquidez (buffer asset): cuyo objetivo establecer liquidez adicional a los requisitos efectivo mínimo
establecidos por el BCRA. Dicho colchón es calculado con periodicidad trimestral de acuerdo a la metodología
establecida por la Casa Matriz en Tokio que considera los saldos promedios de liquidaciones diarias
• Pruebas de estrés: cuyo objetivo es evaluar el comportamiento de la posición de Liquidez del Banco frente a
escenarios adversos que afecten sus activos, pasivos e ingresos. Las pruebas de estrés se realizan en forma
mensual.
• LCR (Liquidity Coverage Ratio): se sigue el criterio establecido por el BCRA.
Por otra parte, la Entidad cuenta con un Plan de contingencia de liquidez cuyo objetivo es garantizar contramedidas
apropiadas, oportunas y claras en caso de una situación de liquidez de emergencia.
Riesgo de Mercado:
El riesgo de mercado se define como la posibilidad de sufrir pérdidas en posiciones dentro y fuera de balance a
raíz de fluctuaciones adversas en los precios de mercado de diversos activos.
El Manual de Riesgo de Mercado norma los lineamientos, límites y herramientas para gestionar el riesgo derivado
de sufrir pérdidas en posiciones dentro y fuera de balance a raíz de fluctuaciones adversas en los precios de
mercado de diversos activos, incluyendo riesgo de instrumentos financieros en cartera de negociación y riesgo de
moneda. El manual incluye, entre otros, el nivel de tolerancia a este riesgo y las herramientas utilizadas, tales como
monitoreo y cálculo de pérdidas/ganancias realizadas y no realizadas y control de límites de las posiciones en
Letras de Banco Central de la República Argentina y límites a las posiciones propias de moneda, derivados y otros
instrumentos financieros. Asimismo, se establecen las responsabilidades en la gestión de riesgo de mercado,
sistemas de información gerencial y reportes.
La Entidad cuenta con procedimientos que permiten evaluar y gestionar activamente el riesgo de mercado,
utilizando las siguientes metodologías:
• Valor a Riesgo: Estimación de la máxima pérdida esperada en el portafolio de activos en un plazo determinado y
con un nivel de confianza definido.
• Stop Loss: Máximo deterioro en el valor de la cartera que la Sucursal está dispuesta a tolerar, alcanzada la cual
se deberá cerrar la posición existente en la cartera bajo monitoreo.
Riesgo de Tasa de Interés:
El riesgo de tasa de interés se define a la exposición a movimientos adversos en las tasas de interés que ocasionen
un impacto con pérdida de valor económico en la rentabilidad de BTMU BA o disminución en el valor de sus
activos.
El Manual de Riesgo de Tasa de Interés norma los lineamientos, límites y herramientas para gestionar el riesgo
derivado de fluctuaciones en las tasas de interés, pueda tener efectos adversos en los ingresos financieros netos
de la Entidad y en su valor económico. El manual incluye, entre otros, el nivel de tolerancia a este riesgo y las
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.838 - Segunda Sección 143 Viernes 23 de marzo de 2018
herramientas utilizadas, tales como el análisis de fluctuaciones en la tasas de interés al impacto de la reducción
y “compresión” de los márgenes (spread) de la cartera de crédito de la Entidad. Asimismo, se establecen las
responsabilidades en la gestión de riesgo de tasa de interés, sistemas de información gerencial y reportes.
La Entidad estima su riesgo de tasa de interés descontando los flujos de fondos activos y pasivos a las tasas de
interés que surgen de la curva de tasas. Se analiza el efecto de un corrimiento paralelo de la curva de tasas sobre
los flujos de fondos descontados.
Riesgo Operacional:
El Riesgo Operacional se define como el riesgo de pérdidas resultantes de la falta de adecuación o fallas en los
procesos internos, de la actuación del personal o de los sistemas o bien aquellas que sean producto de eventos
externos. El riesgo operacional incluye el riesgo legal y excluye el riesgo estratégico y de reputación
El Manual de Riesgo Operacional norma los lineamientos, límites y herramientas para gestionar el riesgo de pérdidas
resultantes de la falta de adecuación o fallas en los procesos internos, de la actuación del personal o de los sistemas
o bien aquellas que sean producto de eventos externos. El manual incluye, entre otros, el nivel de tolerancia a este
riesgo y las herramientas utilizadas, tales como reporte y análisis de incidentes de riesgo operacional (base de
datos de incidentes global y al BCRA), auto-identificación de riesgo en las operaciones (self inspection), Control
Global de Auto Evaluación (GCSA), revisión y análisis de “casos de estudio” incidentes operacionales (eventos de
riesgo operacional a nivel global), capacitaciones en riesgo operacional, y para riesgo legal: revisión de causas
existentes, tipificación de casos recurrentes. Asimismo, se establecen las responsabilidades en la gestión de
riesgo operacional, sistemas de información gerencial y reportes.
La Entidad cuenta con las siguientes herramientas para la gestión del riesgo operacional:
• Registro de eventos de pérdida de riesgo operacional al BCRA
• Registro de eventos de pérdida de riesgo operacional a Casa Martiz
• Auto evaluación (Self inspection): revisión de los riesgos en la realización de procesos de los sectores en línea
con los estándares de Casa Matriz.
• GCSA (Global Control of Self Assessment): metas anuales de cumplimiento de mejoras en procesos y
procedimientos internos con mayor probabilidad de ocurrencia de eventos de riesgo operacional.
• Casos de estudio: análisis de incidentes operacionales a nivel global,
• Indicadores de riesgo operacional: en el marco del Comité de Operaciones (OCC) se presentan los indicadores
de riesgo operacional a nivel de la sucursal, la región y a nivel global.
• Riesgo legal: revisión de causas existentes, tipificación de casos recurrentes
• Programa de capacitación
Como parte de la gestión de riesgo operacional la Entidad cuenta con procedimientos para la gestión de actividades
subcontratadas y procesos para la aprobación de nuevos productos.
Por otra parte, la Entidad cuenta con un Plan de Contingencia de Negocio (Business Contingency Plan o BCP),
el cual contempla aspectos para enfrentar situaciones de interrupción de la actividad y cumplir con lo expuesto
en el Texto Ordenado “Requisitos mínimos de gestión, implementación y control de los riesgos relacionados con
tecnología informática y sistemas de información”.
El BCP contempla:
• Identificación de los eventos que puedan ocasionar interrupciones en los procesos críticos.
• Los procedimientos y sistemas alternativos que permitirán al banco seguir brindando sus servicios básicos, ante
una potencial falla, total o parcial, en la tecnología que lo soporta.
• Controlar el regreso a los procedimientos y sistemas habituales, como así también si existiesen particularidades
en caso de contingencia.
• Las previsiones que se deberán tomar a efecto de poder aplicar los procedimientos en caso de crisis y los
tiempos máximos para aplicar dichas previsiones.
• Determina los responsables de poner en ejecución el plan de contingencia en el momento que surge la emergencia.
• Realizar los análisis de impacto de los procesos críticos.
• Verificar la correcta funcionalidad del banco en el caso de una contingencia.
• Capacitar al personal acerca de planes de continuidad de negocios.
Además, con frecuencia anual, se realiza un Análisis de Impacto de Negocio (Business Impact Analysis), junto
con pruebas sobre el BCP. Asimismo, se realizan ejercicios de evacuación y pruebas de contactos en caso de
emergencia.
Además, de la gestión de los riesgos descriptos, la Entidad gestiona otros riesgos incluidos en la Política General
de Riesgos, tales como:
Riesgo Estratégico: La Entidad participa regularmente de comités regionales en forma conjunta con otras
sucursales de América Latina. En dichos encuentros, se evalúa la performance de la Entidad, la estrategia local y
el alineamiento a las políticas del Grupo, el grado de cumplimiento del Plan de Negocios y de ser necesario, ajustes
o modificaciones en la estrategia comercial y de riesgos.
Proceso Interno de la Adecuación del Capital (ICAAP “Internal Capital Adequacy Assessment Process):
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.838 - Segunda Sección 144 Viernes 23 de marzo de 2018
La Gerencia de Riesgos participa en la elaboración del Informe de Autoevaluación del Capital de la Entidad (IAC), el
cual es enviado al BCRA con frecuencia anual. En dicho informe se incluye un análisis de la suficiencia del capital
para cada una de las categorías de riesgos, tanto a nivel Capital Regulatorio como a nivel Capital Económico.
14.3. Estructura de los controles internos, incluyendo Auditoría Interna:
Al tratarse de una sucursal de una Entidad financiera del exterior, la estructura de los controles internos se
encuentra radicada tanto en la Argentina como en la Casa Matriz (Tokyo) y la cabecera regional de las Américas.
Los controles internos llevados a cabo localmente comprenden el cumplimiento tanto de disposiciones emanadas
del Banco Central de la República Argentina como de nuestra Casa Matriz. Los controles efectuados por la Casa
Matriz y la cabecera regional de las Américas incluyen auditorías integrales de riesgos cuya frecuencia depende del
resultado de la evaluación anterior y auditorías crediticias. Se reciben también requerimientos y asesoramientos
relativos a aspectos de control interno, especialmente sobre operativas de alto riesgo inherente.
La Gerencia de Riesgos es el área responsable de llevar a la práctica y dar cumplimiento a los lineamientos
impartidos en la Política Integral de Riesgos y dar un adecuado reporte en la materia al Gerente General. La
Gerencia de Riesgos es la responsable de establecer procesos adecuados para la identificación, evaluación,
seguimiento, control y mitigación de los riesgos. Asimismo, la Gerencia de Riesgos tiene la función de implementar
tanto medidas preventivas como correctivas para mitigar las distintas categorías de riesgos a los cuales está
expuesto BTMU BA.
El ámbito de discusión de las categorías de riesgos es el Comité Integral de Riesgos, mencionado anteriormente.
La combinación de una gestión de riesgos eficaz y preventiva, le permite a la Gerencia General contar con una
visión integral del perfil de los diferentes riesgos asumidos acorde al apetito de riesgo.
A nivel global, la Gerencia de Riesgos se encuentra verticalmente integrada a las siguientes áreas:
• Risk Management Division de la Cabecera Regional (sede Nueva York) en donde se monitorea el cumplimiento
de procedimientos y límites específicos dentro de la estrategia de Riesgos para América Latina. Con frecuencia
mensual el Gerente de Riesgos participa en Comités de Riesgos con sus pares de otras sucursales de América
Latina.
• Global Risk Management del área Global Business Unit a nivel Casa Matriz en Tokio, en donde se consolida la
información de riesgos y se imparten nuevos lineamientos en la materia.
• Para coordinar la gestión de riesgos a nivel regional se ha establecido un reporte regional – Latam CRO (Chief
Risk Officer) - con cabecera en Brasil. Dicha cabecera se encarga de realizar un seguimiento al monitoreo de
riesgos a nivel regional. Con frecuencia quincenal se mantienen reuniones con el Latam CRO y los gerentes de
riesgos de la región.
Además de gestionar riesgos a través del Comité Integral de Riesgos, existen a su vez diversos Comités en donde
se analizan la performance de la Entidad y sus riesgos inherentes a saber:
- Riesgo crediticio: Comité Promoción de Negocios.
- Riesgo de sistemas: Comité de Sistemas.
- Riesgo reputacional: Comité Ejecutivo.
- Riesgo de Lavado de Dinero: Comité de Control y prevención del Lavado de Dinero a cargo del área de
Cumplimiento.
El proceso integral de riesgos, incluyendo el ICAAP y las pruebas de estrés, es auditado en forma periódica por la
auditoría interna y la auditoría externa.
En tal sentido, el sector de Auditoría Interna lleva a cabo los procedimientos establecidos por el denominado:
“Texto Ordenado de las normas mínimas sobre controles internos para Entidades Financieras”, de acuerdo al
alcance definido en el Manual de Control Interno, entre los cuales se encuentra la revisión del proceso de gestión
integral de riesgos. Asimismo todas las tareas de control interno son puestas a consideración del Comité de
Auditoría de la Entidad.
El funcionamiento del Comité de Auditoría se encuentra acorde a lo dispuesto por la normativa pertinente,
reuniéndose con una frecuencia mensual como mínimo. Los temas tratados por el Comité son transcriptos en
actas, las cuales son, posteriormente, copiadas en el Libro de Control Interno.
15. POLÍTICA DE TRANSPARENCIA EN MATERIA DE GOBIERNO SOCIETARIO
I) Organización
The Bank of Tokyo-Mitsubishi-UFJ, Ltd, Sucursal Buenos Aires (en adelante BTMU) es una entidad financiera
con presencia en la República Argentina desde el año 1956, actuando como sucursal de un banco extranjero
inscripta en la Inspección General de Justicia en los términos del Art. 118 de la Ley General de Sociedades Nro.
19.550. BTMU desarrolla su actividad sujeta a lo establecido en la Ley N° 21.526 de Entidades Financieras y sus
modificatorias, con casa única y concentrada en el negocio de banca comercial en el segmento corporativo de
empresas.
BTMU es una sucursal de “The Bank of Tokyo-Mitsubishi UFJ, Ltd.” (“Casa Matriz”), en el que el cien por ciento
(100%) de su tenencia accionaria se encuentra en poder del Holding Financiero “Mitsubishi UFJ Financial Group”
(MUFG) de Japón, sociedad que cotiza en Tokio (TYO: 8306) y Nueva York (NYSE: MTU).
El Gerente General, es la máxima autoridad y representante legal de la Entidad, quien ha sido debidamente
designado por el Directorio de su Casa Matriz en Tokio, Japón.
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.838 - Segunda Sección 145 Viernes 23 de marzo de 2018
Su estructura organizacional está compuesta por cinco áreas de negocios y soporte, y dos áreas de control, todas
ellas independientes unas de otras y en donde sus responsables reportan directamente al Gerente General. Las
áreas mencionadas anteriormente son:
Las distintas áreas de negocios y soporte como así también las áreas de control cuentan con el soporte provisto
por las respectivas líneas de reporte tanto a nivel Casa Matriz en Tokio como a nivel de regional de las Américas.
Por su parte, el Gerente General de BTMU, tomando en consideración las resoluciones emitidas por los comités
internos, establece y requiere a la organización la implementación de las estrategias y procedimientos para el
desarrollo del negocio de banca comercial corporativa, bajo un marco de estricto cumplimiento de regulaciones
locales.
En cuanto al negocio principal de BTMU, banca comercial corporativa, la Entidad cuenta con políticas crediticias
y financieras acorde a los lineamientos provistos tanto por la Casa Matriz como también la supervisión regional de
las Américas, que determinan límites y procedimientos control de las operaciones, los cuales son adecuados a las
normativas locales y verificados por reportes internos y auditorías periódicas.
II) Gerente General
Por tratarse de una sucursal de una Entidad extranjera, BTMU no posee un Directorio. Su máxima autoridad es el
Gerente General, representante legal de la Entidad.
El Gerente General es un ejecutivo idóneo, con amplios conocimientos y competencias para asumir las
responsabilidades y funciones designadas por el Directorio de la Casa Matriz en Tokio, Japón.
El Gerente General de BTMU junto con la colaboración de los Comités Especializados y del Comité Ejecutivo
y, bajo lineamientos la cabecera regional para las Américas y Casa Matriz, promueve el desarrollo de buenas
prácticas de gobierno corporativo de la Entidad.
III) Comités
El Gerente General de BTMU, en cumplimiento de regulaciones locales como así también de las disposiciones de
la Casa Matriz y la supervisión regional de las Américas, define un grupo de Comités especializados y organizados
para administrar, controlar, evaluar y proponer cambios sobre funciones y/o actividades de BTMU.
Los Comités están integrados por funcionarios de BTMU, con experiencia suficiente en sus respectivas áreas.
Un componente valioso de la estructura de los Comités establecidos en BTMU es que el Gerente General forma
parte y participa activamente en los mismos, recibiendo de forma directa asesoramiento e información para
establecer estrategias y dirigir de manera eficaz a la Entidad.
Los comités establecidos y su función principal se exponen a continuación:
Comité Ejecutivo
Su función es definir, implementar y monitorear el cumplimiento de las estrategias y objetivos generales de la
Entidad. Adicionalmente, analizará y aprobará documentación corporativa relevante para el gobierno de la Entidad,
como ser a modo de ejemplo: Código de Gobierno Societario, Organigrama, Manuales de Procedimientos, etc.
definidos en cada uno de los comités.
Comité de Control y Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo
Su función es coadyuvar a la observancia de las obligaciones emergentes de la normativa aplicable para la
prevención de los delitos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. Asistirá al Oficial de Cumplimiento
en el ejercicio de sus funciones y obligaciones de velar por la observancia e implementación de las políticas y
procedimientos de control y prevención del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.
Comité de Sistemas
Encargado de evaluar, revisar, priorizar, establecer, aprobar estrategias y planes relacionados a la tecnología
informática y Sistemas de Información.
Comité de Auditoría
Encargado de vigilar el adecuado funcionamiento de los sistemas de control interno definidos en la Entidad a
través de su evaluación periódica, del análisis de las observaciones emanadas de la auditoría interna, externa y
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.838 - Segunda Sección 146 Viernes 23 de marzo de 2018
reguladores, del seguimiento de la implementación de las recomendaciones de modificación a los procedimientos,
de la coordinación de las funciones de control interno y externo que interactúan en la Entidad, entre otras.
Comité de Ética y Compliance
Foro de discusión de asuntos de cumplimiento en general, planificando, analizando, coordinando y velando por
el cumplimiento de las políticas, normas y regulaciones como así también el análisis de medidas para fortalecer
dicho marco de cumplimiento. Asegurar que la Entidad cuenta con medios adecuados para promover la toma de
decisiones apropiadas y el cumplimiento de las regulaciones internas y externas.
Comité de Recursos Humanos
Planificar, monitorear, coordinar, evaluar aspectos relacionados a la gestión de los recursos humanos, incluyendo
la evaluación de desempeño, código de ética, análisis de encuestas al personal, establecimiento de metas,
promociones, incentivos, beneficios, sanciones y planes de carrera y capacitación.
Comité Operacional
Analizar y realizar propuestas de mejoras operativas y de procesos internos en torno de lograr mayor eficiencia.
Asimismo, realizará un seguimiento de las diferentes iniciativas propuestas, para lograr su implementación
definitiva.
Comité de Promoción de Negocios
Revisar, analizar, establecer estrategias y planes de acción referente a condiciones económicas, evaluación de
los negocios y sus metas, requerimientos de clientes, nuevas regulaciones de impacto en los negocios, riesgos
inherentes a negocios y factibilidad de nuevos productos y servicios.
Comité de Gestión Integral de Riesgo
Efectuar un seguimiento, monitoreo y control de riesgos a los cuales está expuesta la Entidad por el desarrollo
de su negocio, como así también se analizan, discuten y evalúan las medidas preventivas y/o correctivas para la
mitigación de dichos riesgos.
Integración de otros Comités
Considerando la dimensión, complejidad, importancia económica, perfil de riesgo y estructura de BTMU, aquellos
aspectos relacionados con ciertos comités establecidos en los lineamientos de Gobierno Societario del BCRA,
han sido integrados dentro de las funciones de los Comités existentes debido a su escasa magnitud, la cual no
justifica la creación de un Comité en sí mismo.
En consecuencia las funciones de un Comité de Incentivos al Personal se encuentran en cabeza del Comité de
Recursos Humanos, las pertinentes a un Comité de Gobierno Societario, del Comité Ejecutivo, y las correspondientes
a un Comité de Ética y Cumplimiento, de los Comités de Recursos Humanos y el de Cumplimiento.
IV) Código de Ética
Los directivos y empleados de BTMU deben cumplir con las pautas establecidas por su Código de Ética y tomarlo
como base para su trabajo diario, poniendo en práctica la filosofía de gerenciamiento de este grupo financiero
global, y construir una cultura corporativa en la que todos deben actuar con integridad e imparcialidad.
Este código se compone de un marco ético y de código de conducta al cual todos los integrantes de BTMU dieron
conformidad por escrito.
Entre sus aspectos más significativos se encuentra el estricto cumplimiento de leyes, regulaciones y normas
internas, el respeto por los derechos humanos y el medio ambiente, el repudio contra los elementos antisociales,
el valor del nivel ético y de honradez, entre otros.
Sumado a ello, todo empleado es informado y tiene el derecho de comunicar directamente y en forma anónima
a la Casa Matriz por potenciales desviaciones y/o incumplimientos de cualquier funcionario, incluido el Gerente
General, referente a leyes, disposiciones, normas de alcance local como así también de orden global si fueren
aplicables.
V) Política de conozca su estructura organizacional
El Gerente General entiende de la importancia de que todos los miembros de la Entidad conozcan y comprendan
la estructura organizacional. La documentación relacionada a políticas, manuales de procedimientos y otros
documentos de relevancia son publicados internamente en la Intranet para el acceso de todo el personal.
Por otra parte, se difunde y capacita sobre las restricciones para operar en el orden local y con determinadas
jurisdicciones del Exterior en base a la gestión de riesgos y políticas establecidas, no habiendo en el organigrama
actual estructuras y/o operaciones complejas que impliquen un menor nivel de transparencia.
VI) Política de incentivos económicos al personal
La política de incentivos económicos al personal de BTMU es revisada y aprobada dentro del Comité de Recursos
Humanos.
BTMU otorga una gratificación para todo el personal local con periodicidad anual basada en el cumplimiento de
objetivos y desempeño establecidos al comienzo del período anual.
El monto de la gratificación está relacionado con la calificación final, estando sus valores máximos dentro de un
rango cercano a los dos salarios del calificado lo que garantiza una consistencia con los planes de negocios y
estratégicos.
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.838 - Segunda Sección 147 Viernes 23 de marzo de 2018
A través del Comité de Recursos Humanos, se definen las condiciones finales de la gratificación, sobre la base del
desempeño general del personal durante el período anual, el cumplimiento de metas propuestas, relacionamiento
con sus pares, hechos meritorios y/o negativos.
Este esquema de incentivos económicos al personal, es el único programa que aplica actualmente la Entidad,
la cual adicionalmente tiene como política no entregar a sus empleados ningún tipo de incentivo y/o premio
económico en dinero en efectivo.
16. INSCRIPCIÓN COMO AGENTE DE LIQUIDACIÓN Y COMPENSACIÓN Y NEGOCIACIÓN PROPIO ANTE LA
CNV
La Ley de Mercado de Capitales N° 26.831, reglamentada por la Resolución General N° 622/13 de la CNV, establece
en su artículo 47 la obligación de los agentes de registrarse ante la CNV, para actuar en el mercado bajo alguna de
las modalidades establecidas en dicha resolución. La Entidad se encuentra inscripta como Agente de Liquidación
y Compensación y Negociación (ALyC y AN) Propio, bajo el número 79.
En virtud del Criterio Interpretativo N° 55, punto II, la CNV flexibilizó el cumplimiento de ciertos requerimientos
para operar como ALyC y AN Propio (limitado sólo a operaciones con fondos propios en contratos de futuros y
contratos de opciones sobre futuros), debiendo para ello, cada agente presentar una nota ante la CNV, declarando
que cumple con los requisitos exigidos para obtener los beneficios de dicha flexibilización. Con fecha 9 de abril
de 2014, la Entidad realizó la presentación ante la CNV. Dicho criterio interpretativo establece un patrimonio neto
mínimo de 15.000 y una contrapartida líquida (20% del patrimonio neto mínimo requerido) de 3.000.
Con fecha 21 de septiembre de 2017 la Entidad presentó ante la CNV un pedido de re-categorización de modo
de continuar en la categoría Agente de Liquidación y Compensación y Negociación (ALyC y AN) Propio, pero
descogiéndose del Criterio Interpretativo N° 55, permitiendo de esta manera a la Entidad operar en todas aquellas
operaciones permitidas por la CNV para la categoría mencionada. La Entidad ha dado cumplimiento con todos
los requisitos y documentación correspondientes, habiendo recibido la autorización de la CNV con fecha 14 de
febrero de 2018.
Al 31 de diciembre de 2017, la contrapartida líquida se integra según el siguiente detalle:
Detallamos seguidamente la composición de la integración de la contrapartida líquida:
A la fecha de emisión de los presentes estados contables, la Entidad aún no ha realizado operaciones en el
mercado como ALyC Propio.
17. CONCILIACIÓN DE SALDOS CON EL MARCO CONTABLE PARA LA CONVERGENCIA HACIA LAS NORMAS
INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF)
La Entidad se encuentra en proceso de implementación del plan para la convergencia hacia las Normas
Internacionales de Información Financiera de acuerdo con lo establecido en la Comunicación “A” 5541 y
complementarias del BCRA, las cuales tendrán vigencia a partir de los estados financieros correspondientes a los
ejercicios económicos iniciados a partir del 1º de enero de 2018.
La convergencia del Régimen Informativo y Contable hacia las NIIF fue establecido mediante la Comunicación “A”
6114. La misma establece la aplicación del cuerpo normativo de las NIIF a partir de los ejercicios iniciados el 1°
de enero de 2018, para los estados financieros separados y consolidados con la única excepción transitoria del
punto 5.5 “Deterioro de Valor” de la NIIF Nº 9 “Instrumentos Financieros” y teniendo en cuenta las aclaraciones y
requisitos adicionales establecidos en el Anexo de la citada Comunicación. Con respecto a la excepción transitoria,
la Comunicación “A” 6430 de fecha 12 de enero de 2018 estableció su eliminación a partir de los ejercicios iniciados
el 1º de enero de 2020, debiendo las entidades financieras presentar información cuantitativa respecto al impacto
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.838 - Segunda Sección 148 Viernes 23 de marzo de 2018
numérico al 31 de diciembre de 2018 e información cualitativa acerca de sus modelos de estimación de pérdida
esperada antes del 31 de octubre de 2018.
De acuerdo a lo establecido en la Comunicación “A” 6206 de fecha 21 de Marzo de 2017, se incluye a continuación
el cuadro de “Conciliación de saldos con el marco contable para la convergencia hacia las NIIF”. Los ajustes
contemplados en las columnas “Ajuste NIIF 1ra vez” y “Ajuste NIIF” son aquellos resultantes de aplicar las NIIF
con el alcance definido en la mencionada Comunicación “A” 6114 y no contempla reclasificaciones entre rubros,
manteniéndose la exposición establecida en el actual Régimen Informativo Contable para Publicación Trimestral/
Anual del BCRA. Las partidas y cifras contenidas en dicho cuadro están sujetas a cambios y sólo podrán
considerarse definitivas cuando se preparen los estados contables anuales correspondientes al ejercicio 2018 en
el cual se aplicarán por primera vez las NIIF.
Excepciones y exenciones previstas en la NIIF 1 (Adopción por primera vez)
Al momento de emisión de los presentes estados contables, la Gerencia de la Entidad considera que hará uso de
optar, en la fecha de transición a las NIIF, por la medición de una partida de propiedad, planta y equipo por su valor
razonable, y utilizar este valor razonable como el costo atribuido en esa fecha.
Conciliación de saldos con el marco contable para la convergencia hacia las NIIF correspondiente al ejercicio
económico finalizado el 31 de diciembre de 2017
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.838 - Segunda Sección 149 Viernes 23 de marzo de 2018
Causas que dieron origen a los respectivos ajustes por aplicación del marco contable para la convergencia hacia
las NIIF
(a) Títulos Públicos y Privados
De acuerdo a la NIIF 9 “Instrumentos Financieros”, los activos financieros se clasifican sobre la base del modelo
de negocio de la Entidad para gestionar los activos financieros y las características de sus flujos de efectivo
contractuales. En base a esta clasificación, la Entidad actualmente ha definido un único modelo de negocios
posible y aplicable para la operatoria e inversión con títulos, el cual es obtener los flujos de efectivo contractuales
del activo financiero, siendo su valuación el costo amortizado. El ajuste en este rubro al 31 de diciembre de 2017
no resulta significativo.
(b) Pases activos
Bajo NIIF, los activos financieros adquiridos mediante operaciones de pases activos para los cuales no se han
transferido los riesgos y beneficios deberán reconocerse como un préstamo otorgado. Bajo normas BCRA, se
reconoce el título adquirido al momento de realizar la transferencia.
El ajuste corresponde a la baja del título público, así como la reversión del pasivo registrado en Otras Obligaciones
por Intermediación Financiera. El monto del mismo al 31 de diciembre de 2017 asciende a 150.990.
(c) Bienes de uso
El ajuste corresponde a la reestimación de la vida útil del rodado basado en los requisitos mínimos exigidos por
la Casa Matriz para su venta y reemplazo y en la práctica habitual de la Entidad en lugar de considerar la vida útil
definida por el BCRA para esta clase de activos.
(d) Bienes Diversos
La Entidad optó, de acuerdo a la NIC 16 “Propiedad, planta y equipo”, por el “Modelo de Costo” para todos los
componentes de Propiedad, Planta y Equipo.
Por otro lado, para la formulación de los saldos contables a la fecha de transición la Entidad utilizó la exención
voluntaria del párrafo D de la NIIF 1 “Adopción por primera vez de las NIIF” para medir su único inmueble. Esto
implica que se utilizó el valor razonable como costo atribuido por un valor de 15.587. A efectos de determinar dicho
valor razonable, la Entidad utilizó el servicio de un profesional tasador independiente.
El nuevo costo atribuido bajo NIIF implica un incremento en las depreciaciones que fueron imputadas en Gastos
de administración, dentro del Estado de Resultados por un total de 659.
(e) Obligaciones Diversas
De acuerdo a la NIC 19 “Beneficio a los empleados”, las vacaciones son consideradas como ausencias retribuidas
acumuladas irrevocables y se medirán al costo esperado de dichas ausencias, en función de los importes que se
espera pagar por las mismas por los días acumulados a favor de los empleados y que no hubieran gozado al final
del período sobre el que se informa. En los estados contables de la Entidad preparados bajo normas del BCRA,
los cargos por vacaciones se contabilizan en el momento en que el personal goza de las mismas, es decir, cuando
se pagan. El monto del ajuste por éste concepto al 31 de diciembre de 2017 asciende a 4.189.
Asimismo, se ha recalculado el impuesto a las ganancias reconociendo al 31 de diciembre de 2017 un pasivo por
impuesto diferido de 4.218 resultante de diferencias temporarias entre las mediciones contables de los activos
y pasivos ajustados de acuerdo a las NIIF y sus bases impositivas, en función a lo establecido en la NIC 12
“Impuesto a las Ganancias”.
(f) Resultados no asignados
De acuerdo a lo dispuesto por la NIIF 1 “Adopción por primera vez de las Normas Internacionales de Información
Financiera” y la Comunicación “A” 6114 del BCRA, la Entidad expuso dentro de sus resultados no asignados la
diferencia de valuación entre el valor contable y el valor de mercado de su único inmueble neto del impacto en el
impuesto a las ganancias, de acuerdo a los comentarios detallados en “Bienes Diversos”.
Todos aquellos ajustes de valuación generados por aplicación de las NIIF al 31 de diciembre de 2017 también son
expuestos dentro de éste rubro, en la columna “Ajuste NIIF”.
18. FALLO EMITIDO POR LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN FAVORABLE A LA ENTIDAD
El 28 de octubre de 2005, la Entidad presentó un reclamo administrativo ante la Administración Nacional de
Ingresos Públicos (AFIP) para obtener el reembolso de lo ingresado a dicho organismo por los períodos fiscales
2003 y 2004, los cuales ascendieron a 1.264, como responsable sustituto del impuesto sobre los bienes personales
correspondiente al capital en poder de su Casa Matriz. La Entidad, de acuerdo a sus asesores legales externos,
interpretó que las sucursales no son personas jurídicas diferentes de sus Casas Matrices por lo que no existe
participación que pueda ser alcanzada por el impuesto a los bienes personales, basado en el Dictamen 507/04 del
Procurador del Tesoro de la Nación. El 20 de junio de 2007 a través de la Resolución N° 48/07 la AFIP denegó el
reclamo administrativo presentado. El 16 de julio de 2007 se interpuso un recurso de reconsideración solicitando
la revocación de la Resolución N° 48/07, el cual fue rechazado por la AFIP mediante Resolución N° 269/07 del 21
de agosto de 2007.
Con fecha 13 de septiembre de 2007 se interpuso una demanda contencioso administrativo solicitando se declare
la nulidad de la Resolución N° 269/07 de la AFIP y se ordene la devolución solicitada.
El 7 de abril de 2011 el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 1,
dictó sentencia haciendo lugar a la demanda de la Entidad contra la AFIP, a quien condenó a la devolución de la
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suma abonada por concepto del gravamen correspondiente a los períodos 2003 y 2004, con más los intereses
normativamente previstos.
El 15 de mayo de 2011 la AFIP apeló la sentencia, elevándose el expediente de la causa a la Cámara Nacional de
Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. Con fecha 22 de noviembre de 2011, dicha Cámara resolvió
confirmar la sentencia de primera instancia y rechazar el recurso interpuesto por la AFIP. El 22 de diciembre de
2011, el fisco interpuso un recurso extraordinario, el cual la Cámara denegó con fecha 27 de marzo de 2012.
La AFIP interpuso recurso de queja por recurso extraordinario denegado ante la Corte Suprema de Justicia de la
Nación y con fecha 13 de agosto de 2012 se remitieron los autos a dicho tribunal.
Con fecha 16 de diciembre de 2014, la Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió el fallo en autos caratulados
“The Bank of Tokyo–Mitsubishi UFJ, Ltd. c/ EN – AFIP – DGI resol. 269/07 s/ Dirección General Impositiva” (Nro.
26.124/07 116/12 (T) CSJN), confirmando la sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo
Federal. En tal sentido, la Corte sostuvo que las sucursales argentinas registradas en los términos del artículo
118 de la Ley N° 19.550 de Sociedades Comerciales no son responsables sustitutos por el impuesto sobre los
bienes personales correspondientes a la participación en el capital que se encuentre en poder de personas físicas
residentes en el país o personas físicas o jurídicas residentes en el exterior.
La Entidad adoptando un criterio de prudencia y de acuerdo a lo manifestado por sus asesores legales externos,
ha reconocido en sus registros contables el fallo favorable de la Corte Suprema de Justicia de la Nación por el
impuesto ingresado a la AFIP por los períodos fiscales 2003 y 2004 a los cuales se hace referencia en el mismo
más los intereses, calculados a la tasa determinada por la Resolución Nº 314/2004 del Ministerio de Hacienda.
Con fecha 4 de marzo de 2015, la Entidad presentó ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación la liquidación
correspondiente al reintegro de las sumas reclamadas de capital e intereses a tasa activa. La misma fue rechazada
con fecha 7 de agosto de 2015, ordenando para el cálculo de los intereses la tasa determinada por la Resolución
Nº 314/2004 del Ministerio de Hacienda. El rechazo de la liquidación fue confirmado por la Cámara en lo Contencioso
Administrativo Federal el 1 de septiembre de 2016.
Con fecha 22 de diciembre de 2016, el Juzgado aprobó la liquidación final por la suma de 2.094 (1.264
correspondientes a capital y 830 a intereses). La misma se encuentra a la fecha de aprobación de los presentes
estados contables pendiente de cobro y registrada en la línea “Otros” del rubro “Créditos diversos” del Estado de
situación patrimonial.
Con relación a los períodos fiscales posteriores a 2003 y 2004, el detalle de los recursos planteados por la Entidad,
junto con su estado correspondiente, es el siguiente:
Períodos Fiscales 2005 al 2007:
Con fecha 14 de diciembre de 2011 se interpuso un reclamo de repetición a la AFIP. El capital reclamado asciende
a 1.857. Ante la negativa de la AFIP en mayo 2013 a hacer lugar al reclamo interpuesto y habiéndose agotado la
instancia administrativa, con fecha 19 de junio de 2013 la Entidad inició una demanda contencioso administrativa
solicitando se haga lugar al reclamo de repetición iniciado. Con fecha 30 de diciembre de 2015 la AFIP se allanó
respecto del capital, pero consideró que los intereses resarcitorios deberán ser calculados conforme la tasa
establecida por la Resolución N° 314/2004 del Ministerio de Hacienda, en vez de calcularse de conformidad con la
tasa activa del Banco de la Nación Argentina. Además, solicitó la imposición de las costas por su orden.
Con fecha 21 de septiembre de 2017, el juzgado resolvió hacer lugar a la demanda de repetición entablada la
Entidad imponiendo las costas a la AFIP en su calidad de vencida. El juez resolvió que la tasa de interés aplicable
era la establecida por la Resolución Nº 314/2004 del Ministerio de Hacienda. La tasa de interés aplicable y la
imposición de costas fueron apeladas por la Entidad y la AFIP respectivamente. Con fecha 21 de diciembre de
2017 la Cámara resolvió no hacer lugar a los recursos de apelación interpuestos, confirmándose la sentencia de
primera instancia.
La Entidad adoptando un criterio de prudencia, ha reconocido en sus registros contables el fallo favorable del
juzgado por el impuesto ingresado a la AFIP por los períodos fiscales 2005, 2006 y 2007 a los cuales se hace
referencia en el mismo más los intereses calculados a la tasa determinada por la Resolución Nº 314/2004 del
Ministerio de Hacienda por un total de 2.541 (1.857 correspondientes a capital y 684 a intereses). Los intereses se
actualizan trimestralmente.
Períodos Fiscales 2008 al 2010:
Con fecha 22 de diciembre de 2014 la Entidad inició una demanda de repetición en concepto de impuesto sobre
los bienes personales acciones y participaciones, períodos fiscales 2008, 2009 y 2010. Mediante las Resoluciones
Nro. 3/2016 (DV REGN) de fecha 13 de enero de 2016, y Nro. 4/2016 (DV REGN) de fecha 27 de enero de 2016, la
AFIP se allanó al reclamo efectuado. Así pues, la AFIP resolvió hacer lugar a la devolución de la suma de 2.411 por
los períodos fiscales 2008, 2009 y 2010 con más sus intereses.
La Entidad adoptando un criterio de prudencia, ha reconocido en sus registros contables la resolución favorable
de la AFIP con más sus intereses, calculados a la tasa determinada por la Resolución Nº 314/2004 del Ministerio
de Hacienda.
Con fecha 6 de abril de 2016 la AFIP procedió a la carga del capital en el “Sistema de Cuentas Tributarias”
como saldo de libre disponibilidad para su compensación, habiendo acordado que a medida que se realicen las
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compensaciones se solicitará la carga del saldo correspondiente a los intereses resarcitorios del período que
corresponda.
Al 31 de diciembre de 2017 la Entidad ha compensado la totalidad del capital del crédito fiscal relacionado con los
períodos fiscales 2008 al 2010, aplicándolos al pago de los anticipos Nro. 5, 6, 7 y 8 del impuesto a las ganancias
por el ejercicio económico finalizado el 30 de junio de 2016. Adicionalmente, la AFIP acreditó con fecha 28 de
octubre de 2016 en una cuenta bancaria de la Entidad un total de 208 correspondientes a la totalidad de los
intereses devengados por éstos períodos fiscales.
Períodos Fiscales 2011 al 2013:
Con fecha 26 de enero de 2015 la Entidad inició una demanda de repetición en concepto de impuesto sobre los
bienes personales acciones y participaciones, períodos fiscales 2011, 2012 y 2013. Mediante las Resoluciones Nro.
1/2016 (DV REGN) de fecha 13 de enero de 2016, y Nro. 5/2016 (DV REGN) de fecha 27 de enero de 2016, la AFIP
se allanó al reclamo efectuado. Así pues, la AFIP resolvió hacer lugar a la devolución de la suma de 2.839 por los
períodos fiscales 2011, 2012 y 2013 con más sus intereses.
La Entidad adoptando un criterio de prudencia, ha reconocido en sus registros contables la resolución favorable
de la AFIP con más sus intereses, calculados a la tasa determinada por la Resolución Nº 314/2004 del Ministerio
de Hacienda.
Con fecha 6 de abril de 2016 la AFIP procedió a la carga del capital en el “Sistema de Cuentas Tributarias”
como saldo de libre disponibilidad para su compensación, habiendo acordado que a medida que se realicen las
compensaciones se solicitará la carga del saldo correspondiente a los intereses resarcitorios del período que
corresponda.
Al 31 de diciembre de 2017 la Entidad ha compensado la totalidad del capital del crédito fiscal relacionado con
los períodos fiscales 2011 al 2013, aplicándolos al pago de los anticipos Nro. 8, 9 y 10 y al saldo a pagar del
impuesto a las ganancias por el ejercicio económico finalizado el 30 de junio de 2016. Adicionalmente, al cierre
de los presentes estados contables la AFIP ha acreditado en una cuenta bancaria de la Entidad la totalidad de los
intereses resarcitorios reclamado por dichos períodos.
19. SANCIONES ADMINISTRATIVAS, DISCIPLINARIAS Y PENALES
A la fecha de aprobación de los presentes estados contables, la Entidad no registra, ni ha sido notificada de
sanciones administrativas y/o disciplinarias, sanciones penales con sentencia judicial en primera instancia,
aplicadas o iniciadas por los organismos mencionados en el párrafo anterior, así como tampoco de sumarios
iniciados por el BCRA, la CNV y la UIF.
20. COMUNICACIÓN “A” 5394 Y MODIFICATORIAS: DISCIPLINA DE MERCADO
La Entidad publica en la página web de su Casa Matriz (www.bk.mufg.jp/global/globalnetwork/americas) toda la
información cualitativa y cuantitativa requerida por la comunicación “A” 5394 y modificatorias del BCRA relacionada
con Disciplina de Mercado-Requisitos mínimos de divulgación.
21. PUBLICACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES
La previa intervención del BCRA no es requerida a los fines de la publicación de los presentes estados contables.
22. HECHOS POSTERIORES
No existen hechos u operaciones ocurridos entre la fecha de cierre del ejercicio y la fecha de emisión de los
presentes estados contables que puedan afectar significativamente la situación patrimonial o los resultados de la
Entidad correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2017.
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BOLETÍN OFICIAL Nº 33.838 - Segunda Sección 153 Viernes 23 de marzo de 2018
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.838 - Segunda Sección 154 Viernes 23 de marzo de 2018
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.838 - Segunda Sección 155 Viernes 23 de marzo de 2018
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.838 - Segunda Sección 156 Viernes 23 de marzo de 2018
Federico Manuel Chegoriansky, Director de Planeamiento, Contaduría y Administración. — Takashi Uchino,
Apoderado. — Masayoshi Ogawa, Representante Responsable / Gerente General.
Firmado a los efectivos de su identificación con nuestro informe de fecha 20 de febrero de 2018
KPMG
Reg. de Asoc. Prof. CPCECABA Tº 2 Fº 6
Mariano R. Balestra, Socio-Contador Público (UBA) CPCECABA Tº CXL VII Fº 151
INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES SOBRE ESTADOS CONTABLES
Al Señor Representante Legal de
The Bank of Tokyo-Mitsubishi UFJ, Ltd., Sucursal Buenos Aires
Domicilio legal: Avenida Corrientes 420 Piso 2
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
C.U.I.T. N°: 30-50001183-8
Informe sobre estados contables
Hemos auditado los estados contables adjuntos de The Bank of Tokyo-Mitsubishi UFJ, Ltd., Sucursal Argentina (en
adelante “la Sucursal”) que se adjuntan, los que comprenden el estado de situación patrimonial al 31 de diciembre
de 2017, los estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo y sus equivalentes por
el ejercicio finalizado en esa fecha, las Notas 1 a 22 y los anexos A, B, C, D, F, G, H, I, J, K, L y O.
Responsabilidad del Representante Legal y la Gerencia sobre los estados contables
El Representante Legal y la Gerencia de la Sucursal son responsables por la preparación y presentación razonable
de los estados contables adjuntos de conformidad con las normas contables establecidas por el Banco Central
de la República Argentina (B.C.R.A.) y por el diseño, implementación y mantenimiento del control interno que el
Representante Legal de la Sucursal y la Gerencia consideren necesario para permitir la preparación de estados
contables libres de incorrecciones materiales.
Responsabilidad de los auditores
Nuestra responsabilidad consiste en emitir una opinión sobre los estados contables adjuntos basada en nuestra
auditoría. Hemos efectuado nuestra auditoría de acuerdo con las normas de auditoría establecidas en la
Resolución Técnica N° 37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y con
las “Normas mínimas sobre Auditorías Externas” emitidas por el B.C.R.A.. Dichas normas exigen que cumplamos
los requerimientos de ética, y que planifiquemos y ejecutemos la auditoría para obtener una seguridad razonable
de que los estados contables no contienen errores significativos. Una auditoría implica realizar procedimientos
sobre bases selectivas para obtener elementos de juicio sobre la información contable incluida en los estados
contables. Los procedimientos seleccionados dependen de nuestro juicio profesional, incluyendo la evaluación
del riesgo de que los estados contables contengan errores significativos. Al realizar esta evaluación del riesgo,
consideramos el control interno existente en la Sucursal relativo a la preparación y presentación de los estados
contables con la finalidad de seleccionar los procedimientos de auditoría apropiados en las circunstancias, pero
no con el propósito de expresar una opinión sobre la efectividad del control interno de la Sucursal. Como parte
de la auditoría se evalúan asimismo las políticas contables utilizadas, las estimaciones significativas hechas por el
Representante Legal y la Gerencia y la presentación de los estados contables en su conjunto. Consideramos que
hemos obtenido los elementos de juicio válidos y suficientes para sustentar nuestra opinión profesional.
Opinión
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.838 - Segunda Sección 157 Viernes 23 de marzo de 2018
En nuestra opinión, los estados contables adjuntos presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos,
la situación patrimonial y financiera de la Sucursal al 31 de diciembre de 2017, los resultados de sus operaciones,
las variaciones en su patrimonio neto y el flujo de efectivo y sus equivalentes por el ejercicio finalizado en esa fecha
de acuerdo con las normas contables establecidas por el B.C.R.A.
Párrafo de énfasis
Sin modificar nuestra opinión, llamamos la atención de los usuarios de este informe sobre los siguientes aspectos:
a. Tal como se indica en Nota 3 a los estados contables adjuntos, los mismos han sido preparados por el
Representante Legal y la Gerencia de la Sucursal de acuerdo con las normas contables establecidas por el
B.C.R.A., las cuales difieren en ciertos aspectos de valuación de las normas contables profesionales vigentes en
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, que se describen y cuantifican en dicha nota.
b. Tal como se indica en Nota 17 a los estados contables adjuntos las partidas y cifras contenidas en la conciliación
allí incluida están sujetas a cambios, y sólo podrán considerarse definitivas cuando se preparen los estados
contables anuales correspondientes al ejercicio en que se apliquen por primera vez las Normas Internacionales
de Información Financiera (NIIF) según lo establecido por B.C.R.A. a partir de la Comunicación “A” 5541 y
complementarias, que conforman en su conjunto las normas NIIF adoptadas por B.C.R.A., que difieren de las NIIF
al quedar exceptuada transitoriamente la aplicación del punto 5.5, Deterioro de valor de la NIIF 9.
Otras cuestiones
Las cifras y otra información referidas al 31 de diciembre de 2016, que se presentan a los fines comparativos,
surgen de los estados contables respectivos, que fueron auditados por otros profesionales quienes emitieron
su informe de auditoría de fecha 17 de febrero de 2017 expresando una opinión favorable sin salvedades. Las
cifras y otra información referidas al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2016, que se presentan a los fines
comparativos, fueron determinadas a partir de los estados contables al 31 de diciembre de 2015 y 30 de junio
de 2016. Sobre los estados contables al 31 de diciembre de 2015, otros profesionales efectuaron una revisión
emitiendo un informe sin observaciones con fecha 11 de febrero de 2016 y sobre los estados contables al 30 de
junio de 2016 efectuaron una auditoría emitiendo un informe con opinión favorable sin salvedades de fecha 19 de
agosto de 2016.
Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios
En cumplimiento de disposiciones vigentes informamos que:
1. los estados contables adjuntos surgen de los registros contables de la Sucursal, encontrándose pendientes de
transcripción en el libro de Inventarios y Balances. A la fecha de emisión de los estados contables adjuntos se
encuentra en proceso de preparación el informe especial requerido por el artículo 335 apartado I de la Resolución
General N° 7/2015 de la IGJ cuyo vencimiento operará a los 120 días del cierre del ejercicio;
2. al 31 de diciembre de 2017, la Sucursal registra el patrimonio neto mínimo y contrapartida líquida requerida por la
normativa de la Comisión Nacional de Valores para los agentes de liquidación y compensación propio, de acuerdo
con lo indicado en Nota 16 a los estados contables adjuntos;
3. hemos aplicado los procedimientos sobre prevención de lavado de activos de origen delictivo y financiación del
terrorismo previstos en las correspondientes normas profesionales emitidas por la FACPCE;
4. al 31 de diciembre de 2017 la deuda devengada en concepto de aportes y contribuciones a favor del Sistema
Integrado Previsional Argentino que surge de los registros contables y de las liquidaciones de la Sucursal asciende
a $ 1.497.960 no existiendo deuda exigible a dicha fecha.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 20 de febrero de 2018
KPMG
Reg. de Asoc. Prof. CPCECABA Tº 2 Fº 6
Mariano R. Balestra, Socio-Contador Público (UBA) CPCECABA Tº CXL VII Fº 151
Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. — Buenos Aires, 16/03/2018
01 0 T. 79 Legalización Nº 381838.
LEGALIZAMOS, de acuerdo con las facultades otorgadas a este CONSEJO PROFESIONAL por las Leyes 466 (Art.
2 Inc. d y j) y 20.488 (Art. 21, Inc. i), la actuación profesional de fecha 20/02/2018 referida a BALANCE de fecha
31/12/2017 perteneciente a BTMU BUENOS AIRES BRANCH., 30-50001183-8 para ser presentada ante …, y
declaramos que la firma inserta en dicha actuación se corresponde con la que el Dr. BALESTRA MARIANO RAUL,
20-12693176-0 tiene registrada en la matrícula CP Tº 0147 Fº 151 que se han efectuado los controles de matrícula
vigente y control formal de dicha actuación profesional de conformidad con lo previsto en la Res. C. 236/88, no
implicando estos controles la emisión de un juicio técnico sobre la tarea profesional, y que firma en carácter de
socio de: KPMG, Soc. 1 Tº 2 Fº 6. — Dra. Susana A. M. de Coleman, Contadora Pública (U.B.A.), Secretaria de
Legalizaciones.
e. 23/03/2018 N° 17777/18 v. 23/03/2018