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N° 19638/18 Aviso del Boletín Oficial

ADN FIDUCIARIA S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA martes, 27 de marzo de 2018

Texto del aviso

ADN FIDUCIARIA S.R.L.

1) Elbio Leandro Stoler, 29/10/75, DNI 24.913.458, domicilio en A. J. Carranza 2003, CABA; Mariano Darío Di

Palma, 03/04/75, DNI 24.492.792, domicilio en Juana Manso 350 3º piso, depto. 3 CABA, ambos argentinos y

comerciantes. 2) 23/3/18. 3) ADN FIDUCIARIA SRL 4) Costa Rica 5546 piso 3º oficina 306, CABA. 5) La sociedad

tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, tanto en el país como en el

extranjero, a las siguientes actividades: A. FIDUCIARIA: Ser designada Fiduciaria a título propio o por cuenta

de terceros y/o celebrar contratos de Fideicomiso, siempre y cuando se traten de Fideicomisos privados que no

requieran previa inscripción en la comisión Nacional de Valores. Para tal fin la Sociedad podrá ejercer todos los

derechos y obligaciones que la legislación establece para quien actúe como Fiduciario. Asimismo podrá actuar

como Fiduciario en contratos de Fideicomisos celebrados en el exterior, o que su cumplimiento se haga efectivo

fuera del Territorio de la República Argentina. También podrá cumplir el rol de beneficiaria y fideicomisaria por cuenta

de terceros. B. INVERSORA: A través de participaciones en otras sociedades, realizando inversiones o aportes de

capital, en sociedades constituidas o a constituirse, incluyendo Sociedades de Garantía Recíproca regidas por Ley

24467 modificada por su par 25300. Podrá actuar como Fiduciante en contratos de fideicomisos que se celebren

y/o ejecuten dentro del territorio de la República Argentina o en el extranjero. Realizar préstamos en dinero a

interés, inversiones especulativas en títulos públicos o privados, tanto nacionales como extranjeros, obligaciones

negociables, fondos comunes de inversión y todo título de crédito, actuando siempre con fondos propios y con

exclusión de las operaciones comprendidas en la ley de entidades financieras. C. CONSTRUCTORA: Construir,

diseñar, ejecutar, remodelar, edificar, toda clase de inmuebles, incluso afectaciones en Propiedad Horizontal y

sus reglamentaciones, caminos, puentes, diques, pavimentaciones, urbanizaciones, parquizaciones, mensuras,

obras de ingeniería y/o de arquitectura en general, mediante contratos públicos y/o privados y la participación en

licitaciones públicas y/o privadas. La sociedad no realizará aquellas actividades que por su índole estén reservadas

a profesionales con título habilitante. D. INMOBILIARIA: Compra, venta, permuta, arrendamiento, administración

de bienes muebles, inmuebles urbanos y rurales, subdivisión y fraccionamiento de tierras, subdivisión por vía

pública, urbanización con fines de explotación, englobamiento y geodesia, urbanizaciones. Y en relación a los

puntos anteriormente relacionados, la sociedad también tendrá por objeto el siguiente: E. FINANCIERA: Mediante

la realización de aportes de capital y/o inversión de fondos propios o de terceros, a sociedades, empresas

unipersonales o personas físicas o jurídicas, ya fueran constituidas o a constituirse para operaciones o negocios

realizados o a realizarse; otorgar préstamos de dinero, conceder créditos para la financiación de la compra, venta o

administración de bienes pagaderos en cuotas, con o sin garantía; prestar fianza, realizar operaciones de créditos

hipotecarios y prendarios, quedando excluidas las operaciones comprendidas en la ley de entidades financieras

y toda aquella que requiera el concurso del ahorro público. Para su cumplimiento, la sociedad goza de plena

capacidad jurídica para realizar todo tipo de actos y operaciones relacionados con su objeto, pudiendo celebrar

a tales fines, contratos de compra, venta, edición, concesión, fideicomiso, “franchising”, “leasing”, locación,

otorgando las franquicias que resulten menester. Toda aquella actividad que así lo requiera, será realizada por

profesionales con título habilitante contratados al efecto. 6) 99 años. 7) $ 50.000. 8) Uno o más gerentes, socios

o no, quienes actuarán en forma individual por todo el plazo de duración de la sociedad. Gerente: Elbio Leandro

Stoler, domicilio especial: sede social. 9) 31/07 de cada año. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 55 de

fecha 23/03/2018 Reg. Nº 2121

María Celeste Mackay Astigarraga - T°: 113 F°: 153 C.P.A.C.F.

e. 27/03/2018 N° 19638/18 v. 27/03/2018