N° 17188/18 Aviso del Boletín Oficial
BANCO MACRO S.A.
Texto del aviso
BANCO MACRO S.A.
NOTA ACLARATORIA
En la edición del Boletín Oficial N° 33.837 del día jueves 22 de marzo de 2018, página 85, donde se publicó el aviso
N° 17188/18, por un error involuntario se omitió la publicación del Informe de la Comisión Fiscalizadora de fecha 8
de marzo de 2018.
En consecuencia, se procede a su publicación:
INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA
A los Señores Accionistas del
BANCO MACRO S.A.
Sarmiento 447
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1. En cumplimiento de disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias vigentes hemos recibido para nuestra
consideración el estado de situación patrimonial de BANCO MACRO S.A. al 31 de diciembre de 2017, y los
correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo y sus equivalentes
por el ejercicio finalizado en esa fecha y las notas y anexos que los complementan. Además, hemos recibido
los estados contables consolidados por el ejercicio terminado en esa fecha, del BANCO MACRO S.A. con las
sociedades controladas, los que se exponen como información complementaria. Los documentos citados son
responsabilidad del Directorio de la Sociedad. Nuestra responsabilidad consiste en emitir un informe sobre dichos
documentos basados en el trabajo que se menciona en el párrafo siguiente.
2. Nuestro examen fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes en la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires. Dichas normas requieren que el examen se efectúe de acuerdo con las normas de auditoría
vigentes, e incluya la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las
decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en
lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para realizar nuestra tarea hemos considerado la auditoria
efectuada por los auditores externos Pistrelli, Henry Martin y Asociados SRL, quienes emitieron su informe de
fecha 19 de febrero de 2018 suscripto por el socio de la firma Contador Público Norberto M. Nacuzzi, de acuerdo
con las normas de auditoría vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Dado que no es responsabilidad
de los síndicos efectuar un control de gestión, la revisión no se extendió a los criterios y decisiones empresarias
de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son responsabilidad exclusiva del Directorio. Consideramos
que nuestro trabajo nos brinda una base razonable para fundamentar nuestro informe.
3. Los estados contables individuales y consolidados han sido preparados por la Sociedad de acuerdo con las
normas contables establecidas por el Banco Central de la República Argentina (B.C.R.A.), las cuales difieren de las
normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, en ciertos
aspectos de valuación y exposición que se describen en la nota 5 a los estados contables adjuntos.
4. En nuestra opinión, los estados contables de Banco Macro S.A, mencionados en el apartado 1, presentan
razonablemente en todos sus aspectos significativos, la información sobre la situación patrimonial de la Sociedad
y la situación patrimonial consolidada con sus sociedades controladas al 31 de diciembre de 2017 y los respectivos
resultados de sus operaciones y los flujos de efectivo y sus equivalentes por el ejercicio finalizado en dicha fecha,
de acuerdo a normas establecidas por el B.C.R.A. y, excepto por el efecto de las cuestiones mencionadas en el
párrafo 3, con las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
5. Sin modificar la conclusión expresada en el párrafo 4, llamamos la atención sobre lo indicado en la nota 6 a los
estados contables adjuntos, las partidas y cifras contenidas en las conciliaciones incluidas en dicha nota, pueden
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.840 - Segunda Sección 66 Martes 27 de marzo de 2018
estar sujetas a cambios y sólo podrán ser consideradas definitivas cuando se preparen los estados contables
anuales correspondientes al ejercicio en que se apliquen por primera vez las NIIF, con el alcance definido por el
B.C.R.A. en la Comunicación “A” 6114, 6324 y complementarias.
6. Informamos además, en cumplimiento de disposiciones legales y reglamentarias vigentes que:
a) hemos revisado la memoria del Directorio, sobre la cual no tenemos objeciones que formular con respecto a
materias de nuestra competencia, siendo las afirmaciones sobre hechos futuros responsabilidad exclusiva del
Directorio. Asimismo, hemos realizado una revisión del Informe sobre el grado de cumplimiento del Código de
Gobierno Societario, acompañado como anexo a la Memoria, elaborado por el Órgano de Administración en
cumplimiento de la Resolución General 606/2012 de la Comisión Nacional de Valores. Como resultado de nuestra
revisión no se ha puesto de manifiesto ningún aspecto que nos haga creer que dicho Anexo contiene errores
significativos o no ha sido preparado, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con lo establecido en la
citada Resolución General de la Comisión Nacional de Valores,
b) hemos realizado las restantes tareas de control de legalidad previstas por el artículo 294 de la Ley N° 19.550, que
consideramos necesarias de acuerdo con las circunstancias, incluyendo entre otras, el control de la constitución
y subsistencia de la garantía de los directores, no teniendo observaciones que formular al respecto,
c) los estados contables de BANCO MACRO S.A. surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales,
de conformidad con las disposiciones legales vigentes y las normas reglamentarias del B.C.R.A., excepto por la
transcripción del inventario detallado que se encuentra en proceso tal como se menciona en la nota 3.
d) no tenemos observaciones significativas que formular en lo que es materia de nuestra competencia, sobre la
información incluida en la nota 17.1 a los estados contables individuales adjuntos al 31 de diciembre de 2017, en
relación con las exigencias establecidas por la Comisión Nacional de Valores respecto a Patrimonio Neto Mínimo
y Contrapartida.
e) de acuerdo a lo requerido por la Resolución General N° 622 de la Comisión Nacional de Valores, sobre la
independencia de los auditores externos y sobre la calidad de las políticas de auditoria aplicadas por los mismos
y de las políticas de contabilización de la Sociedad, el informe de los auditores externos referido anteriormente
incluye la manifestación de haber aplicado las normas de auditoria vigentes, que comprenden los requisitos de
independencia, y no contiene salvedades en relación a la aplicación de dichas normas, salvo lo expresado en el
párrafo quinto de dicho informe, en cuanto a la aplicación de las normas emitidas por el B.C.R.A. con supremacía
sobre las contables profesionales.
f) hemos aplicado los procedimientos sobre prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo, previstos
en las correspondientes normas profesionales emitidas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 8 de marzo de 2018.
Por Comisión Fiscalizadora.
Alejandro Almarza, Síndico Titular, Contador Público - U.B.A., C.P.C.E.C.A.B.A T° 120 F° 210.
e. 27/03/2018 N° 19974/18 v. 27/03/2018