N° 21682/18 Aviso del Boletín Oficial
RANEZ SALUD S.R.L.
Texto del aviso
RANEZ SALUD S.R.L.
Por instrumento privado, contrato, del 03/04/2018, se reformuló el objeto, quedando redactado: “ARTICULO
CUARTO: OBJETO: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros
en cualquier punto del país o del extranjero, las siguientes actividades: a) Brindar servicios de salud, médicos
asistenciales en todas sus especialidades y en sus tres niveles prestacionales, de obras sociales y empresas de
medicina prepaga, organismos públicos y privados, personas físicas y jurídicas. b) Toda la infraestructura y el
gerenciamiento para la prestación de servicios de urgencias, emergencias sin internación en materia de salud,
pre-hospitalarias, atención médica, domiciliaria y traslados sanitarios de alta y baja complejidad; c) la sociedad
tendrá plena capacidad jurídica para poder constituirse, organizarse e integrarse como red de prestadores de
salud y/o farmacéuticos, en jurisdicciones municipales, provinciales, regionales o nacionales y toda clase de
agrupaciones de colaboración empresaria A.C.E. y U.T.E. Podrá realizar contratos con personas individuales o
establecer sistemas de contratación colectiva con instituciones, empresas o asociaciones de cualquier índole.
Asimismo podrá celebrar contratos de ejecución de atención médico asistencial integral, de intermediación, de
administración, de concesión, de gerenciamiento y/o mandatos con obras sociales, empresas prestadoras de
servicios médicos y prepagas, compañías de aseguradoras de riesgo del trabajo (A.R.T.), compañías de seguros
y con todos los entes públicos y privados existentes en el país como en el extranjero; d) ejercer representaciones,
comisiones, distribuciones, intermediaciones, consignaciones y mandatos sobre asuntos vinculados con el
objeto social. Las actividades sociales se realizarán con profesionales habilitados según lo establezcan las leyes
reguladoras de la materia.”.- Autorizado según instrumento privado contrato de fecha 03/04/2018
Reinaldo Omar Bogado - T°: 92 F°: 731 C.P.A.C.F.
e. 05/04/2018 N° 21682/18 v. 05/04/2018