N° 22826/18 Aviso del Boletín Oficial
EXPERIENCIAS CERVECERAS S.A.
Texto del aviso
EXPERIENCIAS CERVECERAS S.A.
Inspección General de Justicia 1.871.752: Se comunica que por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria
del 26 de Marzo de 2018 se resolvió incorporar al Estatuto Social las siguientes actividades y facultades: “(e)
Otorgar o tomar franquicias propias o de terceros relacionadas con la explotación de bares, pubs, cafeterías,
puestos de comidas y bebidas, y/o establecimientos similares; y (f) invertir fondos propios y/o de terceros
en proyectos y/o emprendimientos relacionados con las actividades propias del objeto social, pudiendo
adquirir participaciones totales o parciales según las condiciones y características de cada inversión” con
la consiguiente ampliación y reforma del Objeto Social contemplado en el Artículo 3° del Estatuto Social, el
que quedó redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO TERCERO: OBJETO. La sociedad tendrá por objeto
dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, dentro o fuera del país, a las siguientes
actividades: (a) elaboración, fabricación, procesamiento, compra, venta, permuta, importación y exportación
de cerveza y otras bebidas con o sin alcohol, malta, maltas líquidas, extracto de malta y demás artículos
conexos o sustitutivos; (b) la realización de todo proceso integrante o complementario de las operaciones
descriptas; (c) la industrialización y comercialización de los productos, productos derivados y/o asociados
a las actividades descriptas precedentemente, a través del comercio electrónico, venta directa y toda otra
forma de comercialización ya sea en el país y/o en el exterior mediante compra, venta, permuta, importación
y/o exportación de los mismos; (d) la explotación comercial de bares, pubs, cafeterías, puestos de comidas
y bebidas, y/o establecimientos similares; (e) Otorgar o tomar franquicias propias o de terceros relacionadas
con la explotación de bares, pubs, cafeterías, puestos de comidas y bebidas, y/o establecimientos
similares; y (f) invertir fondos propios y/o de terceros en proyectos y/o emprendimientos relacionados con
las actividades propias del objeto social, pudiendo adquirir participaciones totales o parciales según las
condiciones y características de cada inversión. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para
adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por estos
estatutos.” Christian Fleischer, Tomo 35, Folio 832 del Colegio de Abogados de la Capital Federal, autorizado
por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 26/03/2018.
Autorizado según instrumento privado Asamblea de fecha 26/03/2018
Christian Fleischer - T°: 35 F°: 832 C.P.A.C.F.
e. 10/04/2018 N° 22826/18 v. 10/04/2018