N° 23399/18 Aviso del Boletín Oficial
CREDITO DIRECTO S.A.
Texto del aviso
CREDITO DIRECTO S.A.
Se hace saber que, con fecha 9 de abril de 2018, y en el marco del contrato de cesión en garantía celebrado
el 23 de marzo de 2017 entre CRÉDITO DIRECTO S.A. como la Cedente; BANCO MARIVA S.A., como agente
administrativo, y Beneficiario y BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, BANCO DE LA PAMPA S.E.M. y
BANCO PROVINCIA DEL NEUQUÉN S.A., (todos ellos junto con BANCO MARIVA los “BANCOS”) CREDITO
DIRECTO S.A. cedió con fines de garantía a BANCO MARIVA S.A. (el “CESIONARIO”), como agente administrativo
y en beneficio de los BANCOS, los derechos de cobro (los “DERECHOS CEDIDOS”) que posee contra los
tomadores de créditos bajo los contratos de préstamos personales (los “DEUDORES CEDIDOS”), cuyos pagos
son percibidos por BANCO DE SERVICIOS Y TRANSACCIONES S.A. en su carácter de agente de cobro, por
intermedio de los AGENTES DE RECAUDACIÓN, conforme se detallan en el DVD adjunto al documento de
cesión celebrado entre BANCO MARIVA y CREDITO DIRECTO con fecha 9 de abril de 2018. La presente importa
notificación en los términos del artículo 1615 del Código Civil y Comercial de la Nación a favor de los BANCOS.
De conformidad con lo expresamente previsto en el contrato de cesión se les hace saber a los DEUDORES
CEDIDOS que deberán continuar realizando los pagos directamente a la CEDENTE. Sin perjuicio de ello, el
CESIONARIO podrá, en caso de verificarse un supuesto de incumplimiento por parte de la CEDENTE, instruir
a los DEUDORES CEDIDOS para que realicen los pagos correspondientes a los DERECHOS CEDIDOS en una
cuenta de titularidad del CESIONARIO que se indicara en dicha oportunidad. Se deja expresamente aclarado
que (a) el CESIONARIO en ningún caso estará obligado a invocar el incumplimiento de la CEDENTE en dicha
instrucción, siendo suficiente la sola comunicación de la nueva cuenta en la cual se deberán acreditar los pagos,
y (b) que cualquier pago efectuado en violación de lo dispuesto en la presente notificación o la notificación que
en futuro realice el CESIONARIO, carecerá de los efectos liberatorios del pago. El presente aviso importa la
notificación prevista en los Artículos 1620 y 1623 del Código Civil y Comercial de la Nación. En consecuencia,
cualquier deudor cedido que quisiera verificar si su crédito ha sido cedido, deberá contactarse con Crédito
Directo S.A., al Tel: 5280-9000. E-mail: operaciones@directo.com.ar Atención: Sergio Mendez. Autorizado según
instrumento privado contrato de fecha 09/04/2018
Alicia Gomariz - T°: 110 F°: 653 C.P.A.C.F.
e. 11/04/2018 N° 23399/18 v. 11/04/2018