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N° 23471/18 Aviso del Boletín Oficial

CLINICA TODOS LOS SANTOS S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 12 de abril de 2018

Texto del aviso

CLINICA TODOS LOS SANTOS S.A.

Comunica que por Asamblea Extraordinaria del 31/07/2017, que implica reforma de estatuto, se modificó

artículo tercero OBJETO y octavo Directorio del estatuto social. OBJETO SOCIAL: La sociedad tiene por objeto

realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros las siguientes actividades: a) la instalación,

explotación, administración y gerenciamiento de servicios médico asistenciales en general, en todas las

especialidades médicas reconocidas por la legislación vigente y demás actividades de colaboración con la

medicina, comprensiva de servicios de internación domiciliaria y/o atención médica a domicilio, Hospital de

Dia, clínicas y sanatorios médicos, centros médicos u odontológicos, centros de diagnóstico y/o tratamiento,

laboratorio de análisis clínicos, servicios de rehabilitación, consultorios y policonsultorios, incluyendo servicios

de medicina laboral. La dirección técnica de los mismos estará a cargo de profesionales de la salud con título

habilitante. La Dirección Técnica así como la prestación de los servicios, se realizarán de conformidad con lo

que establecen las leyes vigentes o lo que establezcan en el futuro. Los socios que no sean profesionales de la

salud con título habilitante que corresponda en cada caso, no podrán tener ninguna injerencia en la dirección

técnica ni en ninguna tarea que se refiera al ejercicio profesional. b) promoción de servicios de obra social

y/o venta de planes de salud y asistencia médica integral a instituciones públicas o privadas, obras sociales,

empresas y particulares. c) servicios de consultoría y determinación y cobranza de aportes y contribuciones de

obra social. Para su cumplimiento la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer

obligaciones y realizar todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o este estatuto. DIRECTORIO:

Composición uno a tres titulares como máximo. Duración del mandato tres años. La representación legal si

el Directorio fuere plural, corresponde al Presidente y en caso de ausencia o impedimento a cualquiera de los

otros Directores Titulares y, si fuere unipersonal, al Director Titular y en su ausencia o impedimento al Director

Suplente. Autorizada por instrumento privado del 31/07/2017 acta de asamblea. MARIA NOELIA SANSONE,

abogada T 119 F 983 CPACF

Autorizado según instrumento privado Asamblea Extraordinaria de fecha 31/07/2017

Maria Noelia Sansone - T°: 119 F°: 913 C.P.A.C.F.

e. 12/04/2018 N° 23471/18 v. 12/04/2018