N° 23560/18 Aviso del Boletín Oficial
CP RENOVABLES S.A.
Texto del aviso
CP RENOVABLES S.A.
Por Acta de Asamblea del 27/10/2017 se resolvió reformar el artículo cuarto del estatuto social referido al objeto social,
el cual quedó redactado de la siguiente manera: ARTICULO 4°: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia
y/o de terceros, tanto en el país como en el exterior, las siguientes actividades de Inversión y Financieras, con expresa
exclusión de aquellas actividades reguladas por la Ley de Entidades Financieras N° 24.526 y sus modificatorias: (A)
Inversión: la sociedad podrá realizar inversiones en sociedades constituidas o a constituirse por cualquier medio, ya
sea mediante aportes de capital, compra de acciones, bonos, debentures, obligaciones negociables, y demás títulos
de crédito o títulos valores públicos o privados, nacionales o extranjeros, en el país o en el extranjero. (B) Financieras:
Aceptar, recibir u otorgar dinero u otros valores, préstamos a plazo determinado o reembolsables en determinada forma
y/o condiciones con o sin garantías de acuerdo a las exigencias legales o reglamentarias aplicables, descontar, endosar
y aceptar letras de cambio, giros, cheques, warrants y demás instrumentos financieros. Abrir cuentas corrientes, con
o sin provisión de fondos. Conceder, constituir, ceder, descontar o transferir hipotecas, prendas y todo otro derecho
real, sin limitación alguna, y operar en las bolsas y mercados de valores del país y del extranjero, así como también
solicitar y/o conceder contratos de leasing para la adquisición de determinados bienes registrables como automotores
o inmuebles rurales o urbanos. Contraer empréstitos, en forma pública o privada, mediante la emisión de debentures
u obligaciones negociables dentro o fuera del país y en las monedas que establezca. Los debentures podrán emitirse
con garantía flotante, con garantía especial o con garantía común, pudiendo ser en moneda extranjera y convertirse
en acciones de acuerdo con el programa de emisión. Las obligaciones negociables se sujetarán al régimen de la
ley 23.576 y sus modificaciones introducidas por la ley 23.962 y sus reglamentaciones presentes o futuras. Para
el cumplimiento de su objeto, la sociedad goza de plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones,
pudiendo realizar toda clase de actos jurídicos relacionados con el objeto social y que no sean prohibidos por las leyes
o por éste Estatuto”. Autorizado según instrumento privado Acta de asamblea de fecha 27/10/2017
Esteban Perez Monti - T°: 82 F°: 763 C.P.A.C.F.
e. 12/04/2018 N° 23560/18 v. 12/04/2018