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N° 23560/18 Aviso del Boletín Oficial

CP RENOVABLES S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 12 de abril de 2018

Texto del aviso

CP RENOVABLES S.A.

Por Acta de Asamblea del 27/10/2017 se resolvió reformar el artículo cuarto del estatuto social referido al objeto social,

el cual quedó redactado de la siguiente manera: ARTICULO 4°: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia

y/o de terceros, tanto en el país como en el exterior, las siguientes actividades de Inversión y Financieras, con expresa

exclusión de aquellas actividades reguladas por la Ley de Entidades Financieras N° 24.526 y sus modificatorias: (A)

Inversión: la sociedad podrá realizar inversiones en sociedades constituidas o a constituirse por cualquier medio, ya

sea mediante aportes de capital, compra de acciones, bonos, debentures, obligaciones negociables, y demás títulos

de crédito o títulos valores públicos o privados, nacionales o extranjeros, en el país o en el extranjero. (B) Financieras:

Aceptar, recibir u otorgar dinero u otros valores, préstamos a plazo determinado o reembolsables en determinada forma

y/o condiciones con o sin garantías de acuerdo a las exigencias legales o reglamentarias aplicables, descontar, endosar

y aceptar letras de cambio, giros, cheques, warrants y demás instrumentos financieros. Abrir cuentas corrientes, con

o sin provisión de fondos. Conceder, constituir, ceder, descontar o transferir hipotecas, prendas y todo otro derecho

real, sin limitación alguna, y operar en las bolsas y mercados de valores del país y del extranjero, así como también

solicitar y/o conceder contratos de leasing para la adquisición de determinados bienes registrables como automotores

o inmuebles rurales o urbanos. Contraer empréstitos, en forma pública o privada, mediante la emisión de debentures

u obligaciones negociables dentro o fuera del país y en las monedas que establezca. Los debentures podrán emitirse

con garantía flotante, con garantía especial o con garantía común, pudiendo ser en moneda extranjera y convertirse

en acciones de acuerdo con el programa de emisión. Las obligaciones negociables se sujetarán al régimen de la

ley 23.576 y sus modificaciones introducidas por la ley 23.962 y sus reglamentaciones presentes o futuras. Para

el cumplimiento de su objeto, la sociedad goza de plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones,

pudiendo realizar toda clase de actos jurídicos relacionados con el objeto social y que no sean prohibidos por las leyes

o por éste Estatuto”. Autorizado según instrumento privado Acta de asamblea de fecha 27/10/2017

Esteban Perez Monti - T°: 82 F°: 763 C.P.A.C.F.

e. 12/04/2018 N° 23560/18 v. 12/04/2018