N° 28796/2016 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 14
SECRETARÍA NRO. 27
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 14 Secretaría Nº 27, sito en Avenida callao 635 Piso
2º Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber por TRES días que en autos: “ASEGURADORA FEDERAL
ARGENTINA S.A s/LIQUIDACIÓN FORZOSA” expte. Nº 28796/2016 se ha resuelto de conformidad con lo previsto
por la LCQ: 204, 205 y cc., efectuar un llamado a licitación pública para mejorar la oferta de compra, formulada por
SERGIO TREPAT AUTOMÓVILES SA respecto de los rodados de titularidad de la fallida. Los automotores y sumas
ofertadas son dominios: IHB556 por la suma de $ 265.000; NNI608 por la suma de $ 378.000; 0TQ133 por la suma
de $ 605.000; LWA531 por la suma de $ 189.000; AA430AT por la suma de $ 1.059.000; AA775XG por la suma de
$ 605.000; OTQ161 por la suma de $ 1.210.000; OCU489 por la suma de $ 832.000; NMG346 por la suma de
$ 204.000; MAX895 por la suma de $ 303.000.- Las sumas ofertadas incluyen el iva correspondiente. Con más la
comisión de los martilleros del 10% del valor de venta ($ 565.000), más el Impuesto al Valor Agregado sobre los
honorarios ($ 118.650), más el arancel de 0,25% ($ 14.125). El procedimiento se ajustará a las siguientes pautas:
Los oferentes podrán presentar sus propuestas por escrito en la sede del Tribunal hasta el día 03/05/2018 a las
12:00 hs., o el inmediato día posterior a la misma hora en caso de que la fecha fijada resulte inhábil por cualquier
motivo. Estas deberán realizarse exclusivamente ante la Mesa de Entradas de la Secretaría N° 27 de este Tribunal
y constituyendo domicilio legal en la jurisdicción del Juzgado y electrónico (CSJN Acd 38/13), en sobre cerrado: (a)
Los oferentes deberán denunciar todos sus datos filiatorios en caso de tratarse de personas físicas y acompañar
los estatutos correspondientes en caso de ser personas jurídicas, acreditando debidamente la personería, y el
cumplimiento de todos los requisitos formales que establecerá el pliego de bases y condiciones. (b) En garantía de
la mejora de oferta deberá depositarse el 10% de las sumas que ofrezcan en concepto de depósito en la cuenta
ya abierta a nombre de estos autos en el Banco Ciudad. La eventual devolución de su depósito le será efectuada
por la suma de pesos depositada, sin ningún otro tipo de compensación por concepto alguno. Se deja aclarado
que para mejorar la oferta presentada en autos solo serán aceptadas exclusivamente aquellas ofertas cuya garantía
(depósito bancario) sea integrada acreditada) en una sola boleta de depósito efectuado exclusivamente en la
cuenta señalada, caso contrario serán rechazadas “in limine”, independientemente del monto ofertado. Queda
prohibida la compra en comisión, como así también la cesión de los derechos de la adjudicación que se disponga
en autos. 4. Contenido de la oferta. Deberá efectuarse un escrito de presentación, donde se dé cumplimiento a
todos y cada uno de los siguientes recaudos: i) Personas físicas: Nombre completo, fecha de nacimiento, nombre
de los padres, tipo y número de documento de identidad; estado civil, profesión, domicilio real (debidamente
acreditado en forma documentada) y procesal a los efectos de su presentación, número de la CUIT, e indicación
de la totalidad de los impuestos -nacionales y provinciales- en los cuáles se hallare inscripto. Deberá adjuntarse
copia del Documento Nacional de Identidad, de la constancia de la Clave única de Identificación Tributaria (CUIT)
y de su condición frente al IVA.. ii) Personas de existencia ideal: a) Su denominación, domicilio social, lugar y fecha
de su constitución, y los datos de su inscripción registral y administrativa, ante el órgano de control que corresponda.
Se agregará además copia de los documentos de los que resulte en su contrato vigente y estatutos sociales. b)
Nómina de los actuales integrantes de su órgano de administración y de fiscalización, en su caso, con el respectivo
detalle de sus datos de identidad, según lo requerido para la persona física, y precisión del período de vigencia de
sus mandatos, con agregado de copia de la documentación respectiva. c) Acta de reunión de socios o acta de
asamblea y de directorio, según el tipo social de la que resultare la facultad del compareciente para representar a
la sociedad y formular la oferta de compra. d) En caso de unión transitoria de empresas, consorcio u otra forma de
asociación, se acompañará el instrumento constitutivo del ente de que se trata con las firmas certificadas por
escribano público. Sin perjuicio de ello, deberá además acompañar la documentación correspondiente a cada una
de las firmas que integran la asociación. e) Copia de la constancia de la Clave Única de Identificación Tributaria
(CUIT). iii) Apoderados: Cuando un oferente presentare su propuesta por medio de mandatario, deberá acompañarse
el instrumento en el cual conste el otorgamiento del respectivo poder. En ningún caso se admitirá la intervención
y/o presentación de propuestas de quienes invoquen a calidad de comisionistas o gestor de negocios de un
tercero. En caso de interesados residentes en el exterior deberán acreditar su personería mediante instrumentos
debidamente legalizados. iv) Supuesto s especiales: a) Si la presentación fuera realizada por dos o más personas
físicas o jurídicas, deberá unificarse la personería, otorgando poder especial al Representante común con
facultades suficientes para actuar, obligar y responsabilizar a todos y cada uno de los co-oferentes en el trámite
licitatorio y con validez a los efectos de la adjudicación de los bienes que se licitan. Estado de situación del
oferente. Se deja constancia que él o los oferentes no podrán encontrarse en estado de concurso preventivo.
Asimismo, deberán acompañar un informe de registro de riesgo crediticio expedido por “Organización Veraz”.
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.849 - Segunda Sección 76 Jueves 12 de abril de 2018
Oferta económica: La propuesta económica deberá ser efectuadas en las mismas condiciones aludidas al principio
y mejorar el precio base, el que deberá ser íntegramente depositado dentro de los 30 días corridos de dictada la
resolución que la apruebe. La resolución aprobatoria de la oferta se dictará en la audiencia de apertura de sobres
y que se considerará notificada en ese mismo acto de la audiencia a todos los oferentes presentes, sin necesidad
de otra notificación judicial y/o extrajudicial. En caso de corresponder el pago del impuesto al valor agregado sobre
el precio de venta, el mismo se considerará incluído en dicho precio. Apertura de sobres. La apertura de los sobres
se llevará a cabo en la Sala de Audiencias de este Tribunal el día 04/05/2018 a las 11:00 o el inmediato día posterior
a la misma hora en caso de que la fecha fijada resulte inhábil por cualquier motivo-, ante el estudio sindical y en
presencia de la Actuaria y se resolverá, teniendo en cuenta el cumplimiento o no de los requisitos formales
determinándose quienes serán tenidos por oferentes. Proceso de licitación. i. Se establece que tanto el primer
oferente como aquellos oferentes que presenten mejora de oferta deberán estar presentes y/o debidamente
representados por apoderados con facultades suficientes en el acto de apertura de sobres a los fines de ser
personalmente notificados de las resoluciones que allí se dicten, bajo apercibimiento de tenerle por desistida su
oferta, con pérdida del depósito de garantía de oferta en favor de esta quiebra. ii. Abierto el acto se procederá a
labrar el acta y se consignará una planilla –la que será confeccionada por el órgano sindical–, ordenando las
ofertas de mayor a menor según el monto total ofertado y debiendo constar los siguientes datos: i. Nombre del
oferente. ii. Fecha y hora de presentación de la oferta. iii. Precio total ofertado. iii. Determinación de la mayor oferta.
Efectuada la planilla aludida precedentemente, en caso de verificarse un empate con relación a la mayor oferta,
quedará como mejor oferente la que haya sido presentada primero en el tiempo y para el hipotético caso de aun
así continuar empatados por haber sido presentadas en el mismo horario, se determinará primer oferente el
primero según el orden alfabético de sus nombres, a tal efecto no se considerarán símbolos ni signos, solamente
las letras del alfabeto castellano. A todo evento, se hace saber a los eventuales interesados que en el acto de la
audiencia de apertura de sobres podrán mejorarse las ofertas presentadas, pujando a fin de obtener el mejor
precio mediante una nueva mejora no inferior al 5% de la mejor oferta presentada. Asimismo, se hace constar que
en caso de desestimación de ofertas por defectos formales se restituirá el depósito dado en garantía al ofertante.
Inexistencia de mejora de oferta. De no existir presentaciones de mejora de oferta que califiquen conforme los
términos de la presente resolución y/o de no ser presentada mejora de oferta alguna, se adjudicará la licitación
directamente a la primera oferente. Desestimación de las propuestas. El incumplimiento de cualquiera de los
requisitos establecidos dará lugar a la desestimación de la/s propuesta/s, con pérdida del depósito dado en
garantía de oferta a favor de esta quiebra; resolución que será irrecurrible. El Juzgado interviniente se reserva la
facultad de aceptar o rechazar cualquier oferta que no reúna los requisitos previstos, aún aquella que pudiere
aparecer como más conveniente, por auto fundado de carácter inapelable. Las incidencias y/o observaciones que
en su caso se plantearen en el acto de apertura de sobre serán resueltas en el mismo por el Tribunal, en resolución
de carácter inapelable, como todas las resoluciones que dictare el Tribunal en el marco de este procedimiento (lcq
273: 3). Efectos de la presentación de la oferta. Renuncia a reclamos. La presentación de la propuesta implica por
parte del oferente el total conocimiento de estas actuaciones, como así también las actuaciones citadas en el
encabezamiento, toda la documentación correspondiente, como también -además- de la totalidad de los incidentes
y/o procesos atraídos y/o vinculados; su absoluta y total conformidad y aceptación con todas y cada una de las
condiciones establecidas. Aclarado lo precedente, el adquirente no tendrá derecho a reclamo posterior alguno, ni
compensación alguna por cualquier tipo de causa que invoque luego de realizada la audiencia de apertura de
sobres. Adjudicación. Pago del precio. El auto de adjudicación será dictado en el mismo acto de la audiencia por
parte del Tribunal actuante y se considerará notificado en ese acto al adjudicatario siendo el mismo inapelable (lcq
273: 3). Dentro de los 10 días de dictada la resolución de adjudicación –la que, como fuera establecida, será
notificada en el mismo acto de la audiencia de apertura de sobres– el adjudicatario deberá indefectiblemente
depositar en la misma cuenta de autos antes individualizada el saldo de precio, ello bajo apercibimiento de ser
declarado sin más trámite postor remiso. Postor remiso. Procedimiento. i. Declaración de postor remiso: Si el
adjudicatario no cumpliere con la integración del precio ofertado (oferta económica) en el plazo establecido, se lo
declarará sin más trámite postor remiso, perdiendo de inmediato la garantía de mantenimiento de oferta, haciéndolo
a su vez responsable por la disminución del precio de venta y demás gastos que pudiere ocasionar, como así
también los daños y perjuicios que pudiere generar a la masa de acreedores. ii. Procedimiento: En tal caso,
resultará adjudicatario directamente la mejor oferta realizada descartando obviamente a quien se declaró postor
remiso; quien deberá en igual plazo -10 días de notificado depositar en la cuenta de autos el saldo de precio, ello
bajo apercibimiento de ser declarado sin más trámite también postor remiso. iii. Nuevo postor remiso: De no
integrar el nuevo adjudicatario el saldo de precio, será declarado postor remiso, siguiéndose el procedimiento
estipulado hasta que haya un comprador definitivo que integre el saldo de precio. Queda aclarado que las
respectivas garantías de ofertas serán liberadas una vez que quien resulte declarado adjudicatario haya integrado
el saldo de precio y aprobada la licitación. Cómputo de los plazos. Salvo cuando un plazo se consigne expresamente
en días corridos, todos los plazos establecidos en el presente pliego se entienden formulados en días hábiles
judiciales. Si alguno de los días fijados para cualquiera de los actos y/o vencimientos indicados precedentemente
resultare inhábil judicial y/o no laborable, el acto o el vencimiento tendrá lugar al día siguiente laborable y/o hábil
judicial a la misma hora que la señalada para el día originario. Se deja constancia que: a) la clave de identificación
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tributaria de la fallida es 30-68236302-5. b) que los impuestos, tasas y contribuciones especiales (de orden
nacional, provincial y municipal) que de cualquier modo graven los bienes de la fallida deberán ser verificados por
sus acreedores en este procedimiento; los devengados entre la declaración de la quiebra y la fecha de la posesión
del bien, serán considerados como gastos del concurso en los términos de la LCQ 240; y los posteriores a la
posesión, quedarán a cargo del adquirente; c) que queda prohibida la compra en comisión así como la ulterior
cesión del boleto que se extienda; d) que la totalidad de los gastos que irrogue la posesión así como los devengados
a partir de tal fecha serán a cargo del comprador, al igual que todos los impuestos y/o tasas pertinentes a las
inscripciones dominiales de los bienes; e) la exhibición de los bienes se llevará a cabo en Avenida Belgrano 790
C.A.B.A los días 24, 25, 26, 27 de abril de 13:00 a 17:00 horas. Publíquense edictos por tres días en el Boletín
Oficial. Buenos Aires, 10 de Abril de 2018.
MAXIMO ASTORGA Juez - KARIN MARTIN SECRETARIA
e. 12/04/2018 N° 23356/18 v. 16/04/2018