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N° 23771/18 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

Edictos Judiciales jueves, 12 de abril de 2018

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

EDICTO: Por disposición de S. Sa. Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes Dr.

FERMIN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial por el termino de cinco (5) días, lo

dispuesto en la Sentencia Nº 06 de fecha 05 de Agosto de 2011, en la causa caratulada: “PANETTA, Ángel Vicente f/

Denuncia” Expediente Nº 697 FCT 16000577/2005/TO1, respecto a ROMUALDO DEL ROSARIO BAIGORRIA, DNI.

Nº 6.337.744, de nacionalidad argentina, de 73 años de edad, de estado civil casado, de profesión u ocupación

retirado de la Policía de la Provincia de Corrientes, nacido el 7 de febrero 1936, en la localidad de Guillermina,

Provincia de Santa Fe, con domicilio en Barrio Costa Rosa, Calle Río Negro Nº 352, de la ciudad de Goya, Provincia

de Corrientes, hijo de Bernabé Baigorria (f) y de Victoriana Ledesma (f), la que dispone: “SENTENCIA Nº 06.

GOYA, Provincia de Corrientes, 05 de Agosto de 2011. Y VISTOS: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo

precedente; SE RESUELVE: 1º) … 2º) … 3º) … 4º) … 5º) …6º) … 7º) … 8º) CONDENAR a ROMUALDO DEL

ROSARIO BAIGORRIA, D.N.I. N° 6.337.744, ya filiado en autos, a la pena de VEINTICINCO (25) años de prisión, e

inhabilitación absoluta perpetua, como coautor penalmente responsable de los delitos de: privación ilegítima de la

libertad agravada por la condición de funcionario público y mayor de un mes, previsto y reprimido por el artículo 144

bis inc. 1º y último párrafo en relación con el art. 142 inc. 5º del C.P. (ley 14.616), cuatro (4) hechos; y por aplicación

de tormentos agravados por la condición de perseguido político de la víctima, previsto y reprimido por el art. 144

ter del C.P. (ley 14616), cuatro (4) hechos; todos ellos en concurso real, más accesorias legales y costas (artículos

2, 12, 19, 40, 41, 45, 55 del Código Penal y 530, 531 y 533 del C.P.P.N.) 9°)... 10º) … 11°) … 12°) … 13°) …. 14°) …

15°) … 16°) … 17°) … 18°) … 19°) REGISTRAR, agregar el original al expediente, copia testimoniada al Protocolo

respectivo, cursar las comunicaciones correspondientes; oportunamente practicar por Secretaría el cómputo de

pena fijando la fecha de su vencimiento (art. 493 del C.P.P.N.) y Archivar. Dr. VÍCTOR ANTONIO ALONSO - Juez

de Cámara. Dra. LUCRECIA M. ROJAS de BADARÓ - Juez de Cámara. Dr. FERMÍN AMADO CEROLENI - Juez de

Cámara. Ante mí: Dr. MARIO ANÍBAL MONTI - Secretario - Tribunal Oral en lo Criminal Federal - Corrientes. DR.

FERMIN AMADO CEROLENI Juez - DR. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE EJECUCIÓN PENAL

e. 12/04/2018 N° 23771/18 v. 18/04/2018