N° 25207/18 Aviso del Boletín Oficial
FCA COMPAÑIA FINANCIERA S.A.
Texto del aviso
FCA COMPAÑIA FINANCIERA S.A.
Se hace saber por un día, en cumplimiento de lo establecido por el artículo 10 de la Ley N° 23.576 y sus
modificatorias (la “LON”), lo siguiente: (a) Mediante Asamblea General Ordinaria de Accionistas de FCA Compañía
Financiera S.A. (la “Sociedad”), que se celebró el 15.03.2018, se decidió aumentar el monto del programa global
de emisión de obligaciones negociables a corto, mediano y/o largo plazo por un monto máximo en circulación de
U$S 100.000.000 a la suma de U$S 200.000.000 y/o su equivalente en otras monedas, unidades de medida y/o
unidades de valor (el “Programa”). La Oferta Pública de las Obligaciones Negociables emitidas bajo el Programa,
el aumento del monto del Programa de U$S 50.000.000 a U$S 100.000.000, y la prórroga por 5 años del Plazo
del Programa han sido autorizados mediante Resoluciones de la CNV Nº 16.448 de fecha 10.11.2010, Nº 16.613 de
fecha 28.07.2011 y Nº 17.890 de fecha 20.11.2015 (b) El Emisor es una sociedad anónima constituida el 31.07.1997
en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires e inscripta en la Inspección General de Justicia el 1.09.1997, bajo el
N° 9.660, del Libro 122, Tomo A de Sociedades por Acciones, con un plazo de duración de 99 años a contar desde
la referida fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. La sede social de la Sociedad se encuentra en
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.852 - Segunda Sección 53 Martes 17 de abril de 2018
Carlos María Della Paolera 297, Piso 25º (C1001ADA), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina. (c) Conforme
al artículo 3 del Estatuto, la Sociedad tiene por objeto actuar como compañía financiera en los términos de la Ley
de Entidades Financieras y de las normas reglamentarias que en su consecuencia dicte el Banco Central de la
República Argentina (el “BCRA”), a cuyo fin podrá realizar todas las operaciones y actividades comprendidas en
el artículo 24 de la Ley de Entidades Financieras y otras expresamente autorizadas por el BCRA, con excepción
de que la captación de depósitos e inversiones a plazo deberá provenir solo de inversores calificados definidos en
las normas sobre Depósitos e Inversiones a Plazo y asimismo, que en la emisión de obligaciones negociables el
valor nominal de los títulos no podrá ser inferior a la suma de $ 1.000.000. Atento a lo expuesto, la Sociedad tiene
plena capacidad jurídica para realizar los actos, contratos y operaciones compatibles con dicho objeto social,
sometiéndose para ello a la legislación vigente y a las disposiciones que dicte el BCRA. A los fines descriptos,
la Sociedad podrá: (i) recibir depósitos a plazo sólo de inversores calificados definidos en las normas sobre
Depósitos e Inversiones a Plazo, (ii) emitir y colocar letras y pagarés, (iii) conceder créditos para la compra y venta
de bienes pagaderos en cuotas o a término y otros préstamos personales amortizables, (iv) otorgar avales, fianzas,
u otras garantías, (v) otorgar anticipos sobre créditos provenientes de ventas, adquirirlos, asumir sus riesgos,
gestionar su cobro y prestar asistencia técnica y administrativa, (vi) realizar inversiones en valores mobiliarios
vinculadas con operaciones en que interviene, prefinanciar sus emisiones y colocarlas, (vii) intermediar en la oferta
pública de títulos valores, (viii) efectuar inversiones de carácter transitorio en colocaciones fácilmente liquidables,
(ix) gestionar por cuenta ajena la compra y venta de valores mobiliarios y actuar como agentes pagadores, de
dividendos, amortizaciones e intereses, (x) actuar como fideicomisarios y depositarios de fondos comunes de
inversión, administrar carteras de valores mobiliarios y cumplir otros encargos fiduciarios, (xi) obtener créditos en
el exterior y actuar como intermediarios de créditos obtenidos en moneda nacional y extranjera, previa autorización
del BCRA, (xii) dar en locación bienes de capital adquiridos con tal objeto, (xiii) cumplir mandatos y comisiones
conexos con sus operaciones, (xiv) acordar préstamos a otras entidades, (xv) comprar y descontar documentos a
otras entidades, (xvi) efectuar inversiones en acciones y obligaciones con las limitaciones que al efecto determine
la autoridad de contralor, (xvii) adquirir inmuebles, acciones y obligaciones en defensa o en pago de créditos, e
(xviii) invertir en acciones y obligaciones de empresas de servicios públicos en la medida que sean necesarias para
obtener su prestación y realizar todos los demás actos permitidos por la Ley 21.526 y por el BCRA. (d) El capital
social de la Sociedad al 31.12.2017 ascendía a miles de $ 526.028. El Patrimonio Neto de la Sociedad al 31.12.2017,
era de miles de $ 815.744. (e) Las obligaciones negociables a emitirse bajo el Programa podrán ser a corto, mediano
y/o largo plazo, con o sin garantía, denominadas en pesos, en dólares estadounidenses, en UVA’s o en cualquier
otra moneda, unidad monetaria, unidad de medida o unidad de valor, ajustables o no, por un monto nominal
máximo en circulación en cualquier momento que no podrá exceder los U$S 200.000.000 o su equivalente en
cualquier otra moneda, unidad de medida y/o unidad de valor, sujeto a cualquier aumento debidamente autorizado
(las “ON’s”). Las ON’s podrán ser subordinadas o no, emitirse con garantía común, o con garantía especial o
flotante, o estar avaladas, afianzadas o garantizadas por cualquier medio que se especifique en el suplemento de
precio aplicable a cada emisión. La duración del Programa será de 5 años, o cualquier plazo mayor que se autorice
conforme con las normas aplicables, contados a partir de la última fecha de autorización del Programa y de la
oferta pública por parte de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”). Las ON’s podrán ser emitidas bajo la ley y
jurisdicción argentina y/o de cualquier otro estado extranjero, en diversas clases y/o series durante la vigencia del
Programa, con posibilidad de re-emitir las sucesivas clases y/o series que se amorticen siempre que el capital de
las ON’s en circulación no exceda el monto total del Programa (y el vencimiento de las diversas clases y/o series
podrá operar con posterioridad al vencimiento del Programa, con plazos de amortización no inferiores al mínimo,
ni superiores al máximo que permitan las normas de la CNV. Según lo permitan las normas aplicables, las ON’s
podrán estar representadas en forma escritural, en forma cartular al portador o nominativos (y en este último caso,
ser endosables o no), o estar representadas en certificados globales, conforme se especifique en el Suplemento
de Precio aplicable. (f) A la fecha del presente, se han cancelado las siguientes ON’s: el 26.11.2011 la Clase I (Serie
I), el 23.01.2012 la Clase II (Serie I), el 7.09.2012 la Clase III (Serie I), el 26.08.2012 la Clase I (Serie II), el 28.01.2013 la
Clase II (Serie II), el 28.03.2013 la Clase IV (Serie I), el 11.05.2013 la Clase V (Serie I), el 28.09.2013 la Clase IV (Serie
II), el 14.02.2014 la Clase V (Serie II), 11.04.2014 la Clase VI (Serie I), el 16.10.2014 la Clase VI (Serie II), el 21.07.2014
la Clase VII (Serie I), el 26.01.2015 la Clase VII (Serie II), el 04.01.2016 la Clase VIII, el 7.08.2015 la Clase IX (Serie
I), el 10.11.2016 la Clase IX (Serie II), el 16.12.2016 la Clase X (Serie I) y el 16.06.17 la Clase X (Serie II). Asimismo,
se informa que las siguientes son las únicas ON’s vigentes: la Clase XI cuyo vencimiento opera el 10.08.2018, la
Clase XII cuyo vencimiento opera el 25.11.2018, la Clase XIII cuyo vencimiento opera el 01.08.2019, la Clase XIV
cuyo vencimiento opera el 14.12.19 y la Clase XV Series I y II cuyos vencimientos operan el 23.03.2019 y 23.03.2021
respectivamente. g) El Emisor no registra deudas con privilegios o garantías a la fecha del presente.
FCA Compañía Financiera S.A.
Autorizado según instrumento privado Acta de Directorio de fecha 15/03/2018
Jose Maria Krasñansky Simari - T°: 94 F°: 822 C.P.A.C.F.
e. 17/04/2018 N° 25207/18 v. 17/04/2018