N° 85636/17 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 18
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 18
SECRETARÍA NRO. 35
EDICTO
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 18, Secretaría N° 35, con sede en Marcelo T. de Alvear
1840 Piso 3°, en los autos caratulados: Consumidores Financieros Asociación Civil P/Su Defensa C/La Perseverancia
Seguros S.A. S/Ordinario (Expediente 38.032/2011), ha dispuesto el día 21 de Noviembre de 2016 la publicación de
edictos a fin de garantizar la adecuada notificación de todas las personas eventualmente involucradas en la referida
causa colectiva cuyo objeto es la declaración de la nulidad de la denominada cláusula “80/20” es en los supuestos
de destrucción total y la imposición de una multa. Ello para los siguientes casos: a) Situación Primera: por valer los
restos más del 20% de la cotización del rodado, el cliente las conservó y se hizo cargo de las reparaciones completas
a un costo a su cargo que igualó o superó el 80% del precio sin daños de ese vehículo. b) Situación Segunda: no
pudo el cliente afrontar las reparaciones para volver a poder usarse el automotor y vendió las piezas no dañadas,
con más los restos sí perjudicado. El presente edicto se libra para hacer saber a los involucrados que les asiste la
posibilidad de dejar planteada en la causa su voluntad de sustraerse de la cosa juzgada de la eventual sentencia a
dictarse. El presente Edicto deberá publicarse por un día en el Boletín Oficial de la república Argentina.
Buenos Aires, 06 de noviembre de 2017.
Valeria Pérez Casado Juez - Santiago Blas Doynel Secretario
e. 19/04/2018 N° 85636/17 v. 19/04/2018