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N° 1449/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 3

Edictos Judiciales jueves, 26 de abril de 2018

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 3

SECRETARÍA NRO. 5

En el marco de la causa N° 1449/15 “AGROTIERRAS.COM S.A. Y OTROS S/INF. LEY 24769” del Juzgado Nacional

en lo Penal Económico N° 3, Secretaría N° 5, se notifica a Juan Carlos FERRER, Adolfo Hector HERNANDO,

Sonia Noemí YAJANOVECH y AGROTIERRAS.COM S.A. lo siguiente: “///nos Aires, 24 de abril de 2018… 2°) Por

otra parte, en atención a que fue interpuesto en tiempo y forma, concédese sin efecto suspensivo el recurso de

apelación interpuesto a fs. 242/244 y vta. por la Fiscalía Nacional en lo Penal Económico N° 11, contra el punto I

de la resolución de fs. 234/239 (arts. 337, 432, 442, 449 y ccdtes. del C.P.P.N.). No obstante que no fue apelado

el punto II de la parte dispositiva de la resolución de fs. 234/239, no se hará efectiva la extracción de testimonios

dispuesta por aquel punto II hasta tanto el Superior resuelva sobre el recurso de apelación interpuesto, toda vez que

aquélla es una consecuencia del sobreseimiento apelado. Con respecto a la notificación de la concesión dispuesta

por el párrafo anterior, cabe señalar que con fecha 29/12/08 este juzgado estableció que “…cuando se conceda

un recurso de apelación, se deberá notificar únicamente a las partes que no sean la recurrente, excluyéndose

también a la fiscalía de primera instancia…” (Reg. 9/08 F° 80/82). Aquella decisión se tomó como consecuencia

de la interpretación que, para este juzgado, corresponde efectuar con relación a la reforma del C.P.P.N., efectuada

por la ley 26.374 (B.O. 30/05/08) para la tramitación del recurso de apelación. Se entendió –en opinión de este

juzgado– que debe cursarse notificación de la concesión del recurso sólo a las partes que no hayan recurrido,

excluyéndose también a la fiscalía de primera instancia, en razón de los argumentos que por aquella pieza se

expusieron y que, por razones de brevedad, se dan por reproducidos. En consecuencia, la concesión en trato se

notificará exclusivamente a Juan Carlos FERRER, a Adolfo Héctor HERNANDO, a Sonia Noemí YAJANOVECH y a

AGROTIERRAS.COM S.A. por medio de edictos a publicarse durante 3 días en el boletín oficial. Fecho, fórmese

el correspondiente “Legajo de apelación” y elévese al Superior en la forma de estilo…”. Rafael CAPUTO Juez -

SANDRA VIVIANA GOÑI SECRETARIA

e. 26/04/2018 N° 28330/18 v. 02/05/2018