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N° 30183/18 Aviso del Boletín Oficial

LA NUEVA CASA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 4 de mayo de 2018

Texto del aviso

LA NUEVA CASA S.A.

Por transcripción de Actas en Escritura 178, del 18/04/2018, folio 431, Registro 1602, a saber: a) Acta de Asamblea

General Ordinaria del 31/01/ 2012, se aumenta el capital social de $ 50.090 a $ 340.000.- Nueva redacción Artículo

Cuarto: Cuarto: El capital social se fija en la suma de pesos trescientos cuarenta mil ($ 340.000) representado por

trescientas cuarenta mil acciones ordinarias nominativas no endosables con derecho a un voto cada una y de

un peso ($ 1 de valor nominal cada una. El Capital puede aumentarse al quíntuplo por decisión de la Asamblea

Ordinaria de Accionistas mediante la emisión de acciones que la Asamblea podrá delegar en el Directorio en los

términos del artículo 188 de la ley 19550. ;b) Acta de Asamblea General Extraordinaria del 02/02/2017,1. Aumento

del Capital Social de $ 340.000.- a $ 8.184.000. Modificación Artículo Cuarto. Nueva redacción: Cuarto: El Capital

Social se fija en la suma de pesos ocho millones ciento ochenta y cuatro mil ($ 8.184.000.-), representado por

ocho millones ciento ochenta y cuatro mil acciones ordinarias nominativas no endosables con derecho a un voto

cada una y de un peso ($ 1.-) de valor nominal cada una. El Capital puede aumentarse al quíntuplo por decisión

de la Asamblea Ordinaria de Accionistas mediante la emisión de acciones que la Asamblea podrá delegar en el

Directorio en los términos del artículo 188 de la ley 19550.cP Acta de Asamblea Extraordinaria del 16/04/2018: se

modifica el Artículo tercero. Nueva redacción:: “ARTÍCULO 3º. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto dedicarse

por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros a las siguientes actividades: INMOBILIARIA: La compra,

venta, construcción, administración, arrendamiento, fraccionamiento y urbanización de inmuebles urbanos y

rurales, en todos sus aspectos y modalidades, incluso las operaciones comprendidas en las leyes y reglamentos

sobre propiedad horizontal y a la realización de toda clase de estudios, proyectos y construcciones de propiedades

para lucrar con su enajenación, mediante su venta, por cualquiera de las formas y sistemas de propiedad que

permitan las leyes en vigencia o se dicten en el futuro. FINANCIERAS: La financiación de operaciones comerciales

vinculadas a los actos referidos precedentemente, tanto con capital propio como con fondos y aportes de terceros,

otorgamiento de avales y garantías para operaciones de terceros, constituir garantías hipotecarias y/o prendarias

a favor de terceros sobre bienes de la sociedad, otorgamiento de créditos personales, destinados a la adquisición

de bienes de uso o de consumo corriente, otorgamiento de préstamos y/o aportes e inversiones de capital a

particulares o sociedades por acciones, realizar financiaciones y operaciones de crédito en general con cualquiera

de las garantías previstas en la legislación vigente, excluyendo en todos los casos las actividades comprendidas

en la Ley de Entidades Financieras N° 21526 y sus modificatorias”.Autorizada en Escritura 178, del 18/04/2018, folio

431, Registro 1602 Autorizado según instrumento público Esc. Nº 178 de fecha 18/04/2018 Reg. Nº 1602

Paula María Rodriguez Foster - Matrícula: 3995 C.E.C.B.A.

e. 04/05/2018 N° 30183/18 v. 04/05/2018