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N° 30722/18 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 59

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES miércoles, 9 de mayo de 2018

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 59

SECRETARÍA ÚNICA

El JUZG. NAC. DE PRIMERA INST. EN LO CIVIL N° 59, interinamente a cargo del Dr. Fernando Jorge V. Cesari,

Secretaría Única, interinamente a mi cargo, sito en Av. De los Inmigrantes 1950 piso 5° de esta Ciudad, comunica

por 2 días, en autos: “SOCIEDAD MILITAR SEGURO DE VIDA INSTITUCIÓN MUTUALISTA C/PASSERA MIRIAM

ELIZABETH Y OTRO S/EJECUCIÓN HIPOTECARIA” expte. n° 11.690/01 que la Martillera Viviana Andrea Curti

rematará el 15 de Mayo de 2018 a las 11:45 hs (en punto) en el Salón de Ventas de la calle Jean Jaures 545 de esta

ciudad, el inmueble ubicado en Capilla del Monte, Pedanía Dolores, Departamento de Punilla, designado como

LOTE QUINCE, de la Manzana “F”, Provincia de Córdoba, Matrícula 1404012. Según constatación del Oficial de

Justicia (fs. 389/93 del 29/08/17) e informe de la Martillera (fs. 394/7) el bien sito en calle Atilio Chiapori N° 984,

entre calle Jujuy y Malvinas Argentinas, Barrio San Martín, de la Ciudad de Capilla del Monte. Se trata de una

construcción sólida, techo de loza con tejas y una galería vidriada en su frente, en zona urbana de la ciudad, a 1

cuadra de la Ruta 38. No se pudo ingresar por encontrarse desocupada. Consultando la Juez de Paz (cof. fs. 390),

los vecinos manifestaron que los propietarios van esporádicamente. Superficie: 390 mts2. conf. fs. 391. DEUDAS:

El bien se subastará como libre de deudas respecto de la “Empresa Municipal de Obras Sanitarias de Capilla

del Monte” y de la “Municipalidad de Capilla del Monte” (fs. 445). Rentas: (fs. 419/21 del 4/4/2018) $ 2.386,11.

BASE: $ 800.000. SEÑA 30% COMISIÓN 3%, Arancel 0,25% (Ac. 10/99 CSJN). Téngase presente lo dispuesto

por la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil con fecha 18 de febrero de 1999, en autos caratulados

“SERVICIOS EFICIENTES S.A. C/YABRA ROBERTO ISAAC S/EJECUCION HIPOTECARIA”, “No corresponde que

el adquirente en subasta judicial afronte las deudas que registra el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones

devengadas ante de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcanza para solventarlas”,

y que en su caso “no cabe solución análoga respecto de las expensas comunes para el caso de que el inmueble

se halle sujeto al régimen de la Ley 13.512”. La venta se realiza al contado y al mejor postor. Todo en dinero en

efectivo en el acto de la subasta. El comprador deberá pagar en el acto de la subasta el arancel del 0,25% que

fija la Acordada nº 10/99 de la C.S.J.N, y deberá constituir domicilio en el lugar que corresponda al asiento del

Juzgado. De conformidad con lo previsto por el art. 3936, modificado por el art. 75 de la ley 24.441, no procederá la

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.866 - Segunda Sección 86 Miércoles 9 de mayo de 2018

compra en comisión como así tampoco la declaración de indisponibilidad de los fondos producidos en el remate.

Hágase saber al adquirente, que en caso de presentarse por apoderado en el acto de la subasta, el mismo deberá

contar con las facultades especificas (art. 1.881, inc. 7mo. del Código Civil) y dentro de los cinco días de aprobado

el remate, deberá depositar en autos el saldo de precio, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 del

Código Procesal. DÍAS DE EXHIBICIÓN: 10 y 11 de Mayo de 11 a 13 hs. Publíquese por 2 días en el diario Boletín

Oficial. Buenos Aires, 04 de mayo de 2018.

SANTIAGO VILLAGRAN SECRETARIO INTERINO

e. 09/05/2018 N° 30722/18 v. 10/05/2018