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N° 33644/18 Aviso del Boletín Oficial

LYCSA INVERSIONES S.A.U.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 16 de mayo de 2018

Texto del aviso

LYCSA INVERSIONES S.A.U.

Se hace saber que por Escritura de Constitución de fecha 10 de mayo de 2018 N° 377, Lartirigoyen y Cia. S.A.,

C.U.I.T. 30-61398599-5, con domicilio en la calle Víctor J. Del Carril 72, Catriló, Provincia de La Pampa, constituyó

“LYCSA INVERSIONES S.A.U.”, Duración: 99 años desde su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Objeto Social: La Sociedad tiene por objeto aportar recursos propios y/o de terceros a emprendimientos y/o

en empresas de reciente constitución de base tecnológica y/o científica, todo de plena conformidad con la Ley

27.349 y sus reglamentaciones, la inversión y aportes de capitales en sociedades o empresas o agrupaciones o

uniones de empresas, constituidas o a constituirse, en el país o en el exterior, tanto sea para negocios en curso

o a realizarse, así como la administración y actuación como fiduciario de fideicomisos. A tal fin, la sociedad tiene

plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean

prohibidos por la ley o por este estatuto. Sede Social: Parera 15, Piso 11°, C.A.B.A. Fecha de cierre del ejercicio:

30/09 de cada año. Capital Social: $ 100.000. Directores titulares: Ignacio Lartirigoyen, domicilio especial en Av.

Corrientes 587, 6°, CABA; Luis Colmegna, domicilio especial en Uruguay 1074, 5° “A”, CABA; y José López Lecube,

domicilio especial en Alsina 1615, San Isidro, Prov. De Buenos Aires. Duración: tres ejercicios. Sindico Titular:

Tomás Durrieu y Sindico Suplente: Luis Ayarragaray, ambos con domicilio especial en 25 de mayo 555, 1er piso,

C.A.B.A. Duración: un ejercicio. Administración a cargo del Directorio. La representación legal de la Sociedad

corresponde al Presidente del Directorio o al Vicepresidente. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 377

de fecha 10/05/2018 Reg. Nº 94

Dolores Casares - T°: 123 F°: 985 C.P.A.C.F.

e. 16/05/2018 N° 33644/18 v. 16/05/2018