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N° 35685/18 Aviso del Boletín Oficial

LIAG ARGENTINA S.A.

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES martes, 22 de mayo de 2018

Texto del aviso

LIAG ARGENTINA S.A.

Liag Argentina S.A. (la “Emisora” o la “Sociedad”) con domicilio en Maipú 1300, Piso 26, Ciudad de Buenos Aires,

constituida por escritura pública de fecha 27 de diciembre de 1982, con una duración de 99 años contados a partir

del 16 de septiembre de 1983 -fecha de inscripción ante el Registro Público de Comercio-, bajo el número 6625,

libro 98, tomo A de estatutos de sociedades anónimas nacionales; comunica que en virtud de las facultades

delegadas por la asamblea de accionistas del 26 de julio de 2011, delegación que fue prorrogada por asamblea de

accionistas del 8 de agosto de 2013 y del 11 de julio de 2016, el directorio de la Emisora en reunión del día de fecha

16 de abril de 2018 resolvió aprobar la emisión de la novena serie de obligaciones negociables por hasta

U$S 10.000.000 ampliable hasta US$ 15.000.000, en el marco del Programa Global de obligaciones negociables

simples, no convertibles en acciones, subordinadas o no, emitidas con o sin garantía flotante, especial y/o común

y/u otra garantía, por hasta US$ 50.000.000 o su equivalente en otras monedas (el “Programa”) cuya oferta pública

ha sido autorizada por la Comisión Nacional de Valores (CNV) el 6 de septiembre de 2011. La ampliación del monto

del Programa por un monto de hasta US$ 50.000.000 ha sido autorizada por Resolución Nº 17.490 de la CNV del

3 de septiembre de 2014 y la prórroga del Programa por un plazo de 5 años, por Resolución Nº 18.413 del 22 de

diciembre de 2016. La Serie IX será emitida en una o dos clases: Obligaciones Negociables Clase I a Tasa Variable

con vencimiento a los 24 meses desde la Fecha de Emisión por un valor nominal de hasta $ 200.000.000 ampliable

hasta $ 300.000.000. Obligaciones Negociables Clase II a Tasa Fija con vencimiento a los 30 meses desde la

Fecha de Emisión por un valor nominal en Dólares Estadounidenses de hasta US$ 10.000.000 ampliable hasta

US$ 15.000.000. La sumatoria del monto de emisión de las Obligaciones Negociables Clase I y de las Obligaciones

Negociables Clase II no podrá superar el Monto Nominal Global Total de V/N US$ 10.000.000 ampliable hasta V/N

US$ 15.000.000. Asimismo, el directorio resolvió aprobar las siguientes condiciones particulares para las ON Clase

I: 1) Garantía: Las Obligaciones Negociables Clase I constituirán obligaciones directas, incondicionales, no

garantizadas y no subordinadas de Liag y tendrán en todo momento el mismo rango de prelación en cuanto a

derecho de pago que todas las demás deudas no garantizadas y no subordinadas, tanto actuales como futuras de

Liag (con excepción de las obligaciones que gozan de preferencia por imperio de la ley o de pleno derecho). Las

Obligaciones Negociables Clase I tendrán como garantía común únicamente el patrimonio de la Emisora. 2) Estarán

denominadas en pesos. 3) Monto de la Emisión: El monto total de la emisión de las Obligaciones Negociables

Clase I será de hasta V/N $ 200.000.000 (pesos doscientos millones) ampliable por hasta V/N $ 300.000.000

(pesos trescientos millones) (el “Monto Total de Emisión de las Obligaciones Negociables Clase I”). La sumatoria

del monto de emisión de las Obligaciones Negociables Clase I y de las Obligaciones Negociables Clase II, no

puede superar el Monto Nominal Global Total de hasta U$S 10.000.000 (dólares estadounidenses diez millones)

ampliable hasta U$S 15.000.000 (dólares estadounidenses quince millones). 4) Precio de Emisión: 100% del Valor

Nominal (a la par). 5) Moneda de Suscripción y Pago: Las Obligaciones Negociables Clase I serán suscriptas y

pagaderas en pesos. 6) Fecha de Emisión: Es aquella fecha en la que se emiten las Obligaciones Negociables

Clase I, de acuerdo a lo decidido por los Agentes Colocadores en conjunto con la Sociedad, lo cual tendrá lugar

dentro de los 3 (tres) Días Hábiles siguientes al último día del Período de Licitación y será oportunamente informada

mediante el Aviso de Suscripción, Aviso Complementario y/o el Aviso de Resultados 7) Fecha de Vencimiento: Será

a los 24 meses de la Fecha de Emisión y se informará mediante el Aviso de Suscripción, Aviso Complementario y/o

Aviso de Resultados. 8) Forma de integración: Las Obligaciones Negociables Clase I deberán ser integradas en

pesos. Los suscriptores de las Ofertas de Suscripción que hubieran sido adjudicadas deberán pagar el precio de

suscripción correspondiente a las Obligaciones Negociables Clase I efectivamente adjudicadas, en pesos,

mediante (i) transferencia electrónica del correspondiente precio a la cuenta que se indique en el formulario de las

Ofertas de Suscripción y/o (ii) débito del correspondiente precio de la cuenta del suscriptor que se indique en la

correspondiente Orden de Compra. Efectuada la integración, las Obligaciones Negociables Clase I serán

transferidas a favor de los inversores a sus cuentas en Caja de Valores S.A. que los suscriptores hayan previamente

indicado a los Agentes Colocadores en la correspondiente Oferta de Suscripción. 9) Amortización: El capital de las

Obligaciones Negociables Clase I será amortizado en dos cuotas, la primera equivalente al 30% del valor nominal

con vencimiento a los 18 meses a contar desde la Fecha de Emisión, y la segunda por el 70% del valor nominal

con vencimiento a los 24 meses contados desde la Fecha de Emisión (cada una de ellas, la “Fecha de Amortización”).

10) Interés: En concepto de interés, las Obligaciones Negociables Clase I devengarán una tasa nominal anual

variable equivalente a la Tasa de Interés Aplicable sobre el saldo de capital impago bajo las Obligaciones

Negociables Clase I en cada Período de Devengamiento de Intereses. Tasa de Referencia: La tasa de referencia

para cada Período de Devengamiento de Intereses será el promedio aritmético simple de las Tasas BADLAR

Privadas publicadas durante el período que se inicia el séptimo Día Hábil anterior al inicio de cada Período de

Devengamiento de Intereses y finaliza el séptimo Día Hábil anterior a la Fecha de Pago de Intereses correspondiente.

Margen Aplicable: corresponde al Margen Diferencial de Corte. Tasa de Interés Aplicable: es la tasa de interés que

corresponde a la suma de (i) la Tasa de Referencia y (ii) el Margen Aplicable. Se establece que para uno o más

Períodos de Devengamiento de Intereses (conforme este término se define más adelante), la Tasa de Interés

Aplicable podrá tener un mínimo que será informado al público inversor en un aviso complementario al Aviso de

Colocación (la “Tasa de Interés Mínima” y el “Aviso de Colocación Complementario”, respectivamente). Es decir,

en caso de que, para dichos períodos, la Tasa de Interés Aplicable sea inferior a la Tasa de Interés Mínima, los

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intereses serán devengados conforme a esta última. Tasa BADLAR Privada: Es la tasa de interés publicada por el

Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) denominada “BADLAR Privada” en pesos, que surge del

promedio aritmético simple de las tasas de interés pagadas por los bancos privados de la República con casas o

filiales en la Ciudad de Buenos Aires o en el Gran Buenos Aires, para depósitos a plazo fijo en pesos de más de un

millón de pesos ($ 1.000.000) y por períodos de entre treinta (30) y treinta y cinco (35) días. Actualmente, la tasa

BADLAR Privada es informada por el BCRA en su página de Internet (www.bcra.gob.ar), sección “Publicaciones y

Estadísticas /Monetarias y Financieras/ Cuadros estandarizados de series estadísticas/ /Tasas de interés/ Por

depósitos/ Series diarias/ BADLAR - Tasas de interés por depósitos a plazo fijo de 30 a 35 días de plazo y de más

de un millón de pesos o dólares, en% nominal anual”. En caso de que la tasa BADLAR Privada antes señalada

dejare de ser informada por el BCRA, se tomará: (i) la tasa sustitutiva de la tasa BADLAR Privada que informe el

BCRA o (ii) en caso de no existir o no informarse la tasa sustituta indicada en (i) precedente, se calculará la Tasa

de Referencia, considerando el promedio de tasas informadas para depósitos a plazo fijo en pesos por un monto

mayor a un millón de pesos ($ 1.000.000) y por periodos de entre treinta (30) y treinta y cinco (35) días de los cinco

(5) primeros bancos privados de la Argentina. Para elegir los cinco (5) primeros bancos privados se considerará el

último informe de depósitos disponibles publicados por el BCRA. Los intereses serán pagaderos en pesos. Los

pagos de intereses serán realizados en forma semestral a partir de la Fecha de Emisión, en las fechas que se

informarán mediante el Aviso Complementario y/o Aviso de Resultados (cada una, la “Fecha de Pago de Intereses”).

El capital será pagadero en pesos en la Fecha de Amortización informada. Si cualquier Fecha de Amortización de

las ON Clase I o Fecha de Pago de Intereses bajo las Obligaciones Negociables Clase I no fuera un Día Hábil, dicho

pago será efectuado el Día Hábil inmediatamente posterior. Cualquier pago adeudado bajo las Obligaciones

Negociables Clase I será efectuado en dicho Día Hábil inmediatamente posterior tendrá la misma validez que si

hubiera sido efectuado en la fecha en la cual vencía el mismo. Los pagos de capital, intereses, montos adicionales

y/u otros montos adeudados en virtud de las Obligaciones Negociables Clase I serán efectuados por la Emisora

poniendo los fondos a disposición de Caja de Valores S.A. Al vencimiento de cada período por el que corresponda

abonar intereses o amortizaciones y con cinco (5) días de anticipación a la iniciación del pago, la Sociedad publicará

un aviso en el Boletín Informativo del BYMA, y se informará a la CNV a través de la AIF. ON Clase II: 1) Garantía:

Las Obligaciones Negociables Clase II constituirán obligaciones directas, incondicionales, no garantizadas y no

subordinadas de Liag y tendrán en todo momento el mismo rango de prelación en cuanto a derecho de pago que

todas las demás deudas no garantizadas y no subordinadas, tanto actuales como futuras de Liag (con excepción

de las obligaciones que gozan de preferencia por imperio de la ley o de pleno derecho). Las Obligaciones

Negociables Clase II tendrán como garantía común únicamente el patrimonio de la Emisora. 2) Las Obligaciones

Negociables Clase II estarán denominadas en dólares estadounidenses. 3) Monto de Emisión: El monto total de la

emisión de las Obligaciones Negociables Clase II será de hasta un V/N de hasta U$S 10.000.000 (dólares

estadounidenses diez millones) ampliable hasta un V/N de U$S 15.000.000 (dólares estadounidenses quince

millones), (el “Monto Total de Emisión de las Obligaciones Negociables Clase II”). La sumatoria del monto de

emisión de las Obligaciones Negociables Clase II y de las Obligaciones Negociables Clase I, no puede superar el

Monto Nominal Global Total de hasta U$S 10.000.000 (dólares estadounidenses diez millones) ampliable hasta

U$S 15.000.000 (dólares estadounidenses quince millones). 4) Tipo de Cambio Inicial: Es igual al Tipo de Cambio

Aplicable tomando como Fecha de Cálculo la que se define más adelante, y será informado en el Aviso

Complementario, Aviso de Suscripción y/o Aviso de Resultados. 5) Precio de Emisión: 100% del Valor Nominal (a

la par). 6) Fecha de Emisión: Es aquella fecha en la que se emiten las Obligaciones Negociables Clase II, de

acuerdo a lo decidido por los Agentes Colocadores en conjunto con la Sociedad, lo cual tendrá lugar dentro de los

3 (tres) Días Hábiles siguientes al último día del Período de Licitación y la que será oportunamente informada

mediante el Aviso Complementario y/o Aviso de Suscripción. 7) Moneda de suscripción y pago: Las Obligaciones

Negociables Clase II estarán denominadas en dólares estadounidenses, y todos los pagos que se efectúen bajo

las mismas se realizarán en dólares estadounidenses. La Sociedad renuncia expresamente a las facultades

establecidas en el Artículo 765 del Código Civil y Comercial de la Nación y manifiesta que la obligación de pago

en dólares estadounidenses asumida por la Sociedad con relación al pago del capital e interés de las Obligaciones

Negociables Clase II deberá ser considerada como una “obligación de dar dinero” y no podrá ni deberá considerarse

como “de dar cantidades de cosas” según se menciona en dicho Artículo; considerándose, asimismo, que la

Sociedad no se liberará de la obligación de pago en dólares estadounidenses asumida en las Obligaciones

Negociables Clase II a través de “dar el equivalente en moneda de curso legal”. Si en cualquier fecha de pago con

respecto a las Obligaciones Negociables la Sociedad no tuviera acceso a dólares estadounidenses como resultado

de una restricción o prohibición cambiaria impuesta en Argentina, la Sociedad obtendrá (a su propio costo) dichos

dólares estadounidenses mediante (i) la venta de cualquier título público denominado en dólares estadounidenses

por un monto y valor nominal suficientes a fin de que, una vez vendidos, el producido de la venta dé como

resultado, neto de impuestos, gastos y comisiones que puedan ser de aplicación en relación con la venta de

dichos títulos, una suma de dólares estadounidenses igual al monto en dólares estadounidenses adeudado bajo

las Obligaciones Negociables Clase II, o (ii) cualquier mecanismo licito para la adquisición de dólares estadounidenses

en cualquier mercado de divisas. 8) Fecha de Vencimiento: Será a los 30 meses de la Fecha de Emisión y se

informará mediante el Aviso Complementario, Aviso de Suscripción y/o Aviso de Resultados (la “Fecha de

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Vencimiento de las ON Clase II”). 9) Forma de Integración: Las Obligaciones Negociables Clase II deberán ser

integradas en dólares estadounidenses o en pesos al Tipo de Cambio Inicial. Los suscriptores de las Ofertas de

Suscripción que hubieran sido adjudicadas deberán pagar el precio de suscripción correspondiente a las

Obligaciones Negociables Clase II efectivamente adjudicadas, en: (i) pesos, al Tipo de Cambio Inicial, total o

parcialmente; o (ii) en dólares estadounidenses, total o parcialmente mediante (i) transferencia electrónica del

correspondiente precio a la cuenta que se indique en el formulario de las Ofertas de Suscripción y/o (ii) débito del

correspondiente precio de la cuenta del suscriptor que se indique en la correspondiente Orden de Compra.

Efectuada la integración, las Obligaciones Negociables Clase II serán transferidas a favor de los inversores a sus

cuentas en Caja de Valores S.A. que los suscriptores hayan previamente indicado a los Agentes Colocadores en

la correspondiente Oferta de Suscripción. 10) Amortización: El capital de las Obligaciones Negociables Clase II

será amortizado en su totalidad en un único pago a la Fecha de Vencimiento de las ON Clase II. 11) Interés: Las

Obligaciones Negociables Clase II devengarán intereses sobre el saldo de capital impago bajo las Obligaciones

Negociables Clase II en cada Período de Devengamiento de Intereses, a una tasa nominal anual fija (la “Tasa de

Interés de Corte”) que será determinada con anterioridad a la Fecha de Emisión e informada mediante el Aviso

Complementario. Los pagos de intereses serán realizados en forma semestral a partir la Fecha de Emisión, en las

fechas que se informarán mediante el Aviso Complementario, Aviso de Suscripción y/o Aviso de Resultados. 12) El

Monto de Emisión será pagadero en dólares estadounidenses en la Fecha de Vencimiento de las ON Clase II. Si

cualquier Fecha de Amortización de las ON Clase II o Fecha de Pago de Intereses de las ON Clase II no fuera un

Día Hábil, dicho pago será efectuado el Día Hábil inmediatamente posterior. Cualquier pago adeudado bajo las

Obligaciones Negociables Clase II efectuado en dicho Día Hábil inmediatamente posterior tendrá la misma validez

que si hubiera sido efectuado en la fecha en la cual vencía el mismo. Los pagos de capital, intereses, montos

adicionales y/u otros montos adeudados en virtud de las Obligaciones Negociables Clase II serán efectuados por

la Emisora poniendo los fondos a disposición de Caja de Valores S.A. Al vencimiento de cada período por el que

corresponda abonar intereses o amortizaciones y con cinco (5) días de anticipación a la iniciación del pago, la

Sociedad publicará un aviso en el Boletín Informativo del BYMA y se informará a la CNV a través de la AIF. 13) Tipo

de Cambio Aplicable: El Tipo de Cambio Aplicable será: (i) el promedio aritmético simple de los últimos 3 (tres) Días

Hábiles previos a la Fecha de Cálculo correspondiente de: el tipo de cambio determinado y publicado por el BCRA

mediante la Comunicación “A” 3500 (o la regulación o comunicación que la sucediere o modificare en el tiempo)

en base al procedimiento de encuesta de cambio establecido en la misma, siempre y cuando dicho tipo de cambio

reflejare el tipo de cambio para la liquidación de divisas proveniente de la exportación de los Productos de

Referencia (según éste término se define más adelante). En el supuesto que (i) dicho tipo de cambio no reflejare el

tipo de cambio para la liquidación de divisas provenientes de la exportación de los Productos de Referencia,

circunstancia que deberá ser informada por la Sociedad mediante publicación de una nota de hecho relevante a

ser publicada en la AIF y en el Boletín Informativo del BYMA, o (ii) el BCRA dejare de efectuar dicha determinación

y publicación, será (x) en primer lugar, el promedio aritmético simple de los últimos 3 (tres) Días Hábiles previos a

la Fecha de Cálculo correspondiente del tipo de cambio comprador de los Pesos equivalentes a un Dólar divisa

por la liquidación de divisas proveniente de la exportación de cada uno de los Productos de Referencia informado

por el BCRA al cierre de operaciones; o (y) si este último no se encontrara disponible por cualquier causa, en

segundo lugar, el promedio aritmético simple de los últimos 3 (tres) Días Hábiles previos a la Fecha de Cálculo

correspondiente de la cotización del Dólar divisa comprador por la liquidación de divisas provenientes de la

exportación de Productos de Referencia informada por los siguientes bancos: Banco HSBC, Banco Patagonia y

Banco Galicia, al cierre de sus operaciones; en los supuestos (x) e (y) anteriores según sea calculado por el Agente

de Cálculo. A estos efectos, “Productos de Referencia” son aquellos bienes que, a la fecha del presente, se

encuentran descriptos en los capítulos Nº 10, 12 y 52 del Nomenclador Común del Mercosur, disponible en http://

www.afip.gov.ar/aduana/arancelintegrado. 14) Fecha de cálculo: Será la del día del cierre del Período de Licitación.

Actividad y objeto social de la Emisora: La actividad es agrícola ganadera y su objeto social es realizar por cuenta

propia, de terceros y/o asociada a terceros las siguientes actividades: Agrícolas ganaderas: Mediante la

administración o explotación de establecimientos agrícolas, ganaderos, avícolas, frutícolas, vitivinícolas, hortícolas,

granjas, haras, tambos y semilleros. Cuidado, conservación, cría y engorde de ganado de todo tipo y especie,

explotación de invernadas, producción de animales para cría o consumo, como así también la compra y venta de

hacienda, cereales y oleaginosas y toda clase de productos agropecuarios, los cuales no solo podrán producir

sino también industrializar en su faz primaria, ya sea en establecimientos propios o de terceros, en forma directa

o mediante contratos de arrendamiento, capitalización o pastoreo. Comerciales: Mediante la compra, venta,

consignación y distribución de los productos obtenidos mediante la actividad agrícola ganadera. Importación y

exportación. Inmobiliarias: Mediante la compra, venta, financiación y explotación, alquiler o arrendamiento de

bienes inmuebles urbanos o rurales, al contado o a plazos con garantía o sin ella, incluso las operaciones

correspondientes al régimen de la Propiedad Horizontal, mediante la adquisición, subdivisión, parcelamiento,

urbanización, construcción y compraventa de bienes inmuebles. Financieras: Mediante aportes de capital a

sociedades y empresas constituidas o a constituirse y/o personas, para operaciones realizadas o a realizarse;

compra, venta y negociación de títulos y acciones, debentures y toda clase de valores mobiliarios y papeles de

crédito en general con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente o sin ellas, quedando

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expresamente excluidas las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras u otras en las que se

requiera el concurso público. Capital social: El capital de la Emisora está representado por 2.244.971 acciones

ordinarias, cada una de las cuales otorga un voto y tiene un valor nominal de $ 1. Patrimonio neto: El patrimonio

neto de la Emisora al 30 de junio de 2017 era de miles de $ 185.229 de acuerdo a los últimos estados contables

anuales auditados. La sociedad no posee deuda privilegiada o garantizada. Con fecha 12 de mayo de 2010, la

Comisión Nacional de Valores autorizó el ingreso a la oferta pública de la sociedad para la emisión de valores

representativos de deuda de corto plazo en forma de obligaciones negociables (“VCP”) por hasta V/N $ 100.000.000

o su equivalente en otras monedas. Todos los VCP emitidos bajo dicho programa fueron totalmente cancelados y

por lo tanto no se encuentran en vigencia. Asimismo, la Emisora ha emitido bajo el Programa, las Obligaciones

Negociables Serie I por un monto de US$ 10.000.000; las Obligaciones Negociables Serie II por un monto de

US$ 11.183.800.; las Obligaciones Negociables Serie III Clase I por un monto de $ 33.512.700; las Obligaciones

Negociables Serie III, Clase II por un monto de US$ 8.202.313 y las Obligaciones Negociables Serie IV, Clase I por

un monto de $ 11.850.000; las Obligaciones Negociables Serie IV Clase II por un monto de US$ 7.374.000, las

Obligaciones Negociables Serie V, Clase I por un monto de $ 48.717.086; las Obligaciones Negociables Serie V,

Clase II por un monto de US$ 2.830.000; las Obligaciones Negociables Serie VI, Clase I por un monto de

$ 14.000.000; las Obligaciones Negociables Serie VI, Clase II por un monto de US$ 4.535.000; las Obligaciones

Negociables Serie VII, Clase I por un monto de $ 32.466.002; las Obligaciones Negociables Serie VII, Clase II por

un monto de US$ 6.365.000; las Obligaciones Negociables Serie VIII, Clase II por un monto de US$ 10.430.000; y

las Obligaciones Negociables Serie VIII, Clase III por un monto de US$ 4.570.000.- El monto total en circulación de

las referidas series a la fecha es el siguiente: Por las Obligaciones Negociables Serie VIII, Clase II, un monto de

US$ 10.430.000; y por las Obligaciones Negociables Serie VIII, Clase III, un monto de US$ 4.570.000. Los términos

en mayúscula aquí utilizados y no definidos en el presente, tendrán el significado asignado en el Prospecto

correspondiente al Programa y/o en el Suplemento de Prospecto de las ON Serie IX, según corresponda. Autorizado

según instrumento privado Subdelegada por acta de directorio de fecha 16/04/2018

Mariana Werner - T°: 54 F°: 806 C.P.A.C.F.

e. 22/05/2018 N° 35685/18 v. 22/05/2018