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N° 36719/18 Aviso del Boletín Oficial

J.F. 2000 S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 24 de mayo de 2018

Texto del aviso

J.F. 2000 S.A.

Por Asamblea General Extraordinaria del 21/03/2018 se resolvió por unanimidad modificar el artículo 3º del estatuto

social, el cual quedó redactado de la siguiente forma:”Artículo 3ro: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta

propia o de terceros o asociada a terceros a las siguientes actividades: 1) Fabricación, producción, transformación,

compraventa, importación exportación, distribución y representación de materias primas y productos elaborados

y manufacturados textiles, comprendidos sus procesos de industrialización y comercialización, tanto en la fuente

de origen de sus materias primas como en sus etapas intermedias, con todas las actividades afines, preparatorias

o derivadas, para realizar estos objetos inmediatos o mediatos.- 2) Dedicarse a la venta en forma directa a domicilio

o por catálogos y/o por correspondencia o como más convenga a los fines de la sociedad, mediante la formación

de equipos de ventas según la estructura que más convenga a tal fin, con el objeto de promover la colocación

llegando al usuario directo, de indumentaria en general.- 3) Compraventa, distribución, consignación, importación y

exportación de materias primas y productos elaborados del rubro de la cosmetología de la perfumería de la belleza

y de la higiene.- 4) FINANCIERAS: Mediante préstamos con o sin garantía, a corto o largo plazo, operaciones de

futuros u opciones y aportes de capitales para la financiación de operaciones realizadas o a realizarse, compra-

venta y negociación de títulos, acciones y commodities, debentures, toda clase de valores mobiliarios y títulos

de crédito de cualesquiera de los sistemas o modalidades creadas o a crearse. La Sociedad no realizará las

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.877 - Segunda Sección 8 Jueves 24 de mayo de 2018

operaciones previstas por la Ley 21.526 u otras operaciones para las cuales se requiera el concurso público.

MEDIOS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETO SOCIAL: A) Para el mejor cumplimiento de su objeto social la

sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar toda clase de

actos jurídicos que hagan a su objeto y que no sean expresamente prohibidos por las leyes o por estos estatutos.

B) En particular la sociedad podrá: 1) Adquirir por compra o cualquier título bienes inmuebles o muebles y toda

clase de derechos, títulos, acciones o valores, y venderlos, cederlos, permutarlos, o disponer de ellos mediante

cualquier título, como así también darlos en garantía y gravarlos, inclusive con hipotecas, prendas o cualquier

otro derecho real y constituir sobre ellos servidumbre. 2) Asociarse a terceros, sean personas físicas o jurídicas,

mediante la constitución de sociedades o toma de participación en sociedades, celebración de contratos de unión

transitoria de empresas o de colaboración empresaria. 3) Celebrar toda clase de contratos. 4) Contraer toda clase

de obligaciones, inclusive préstamos, otorgar garantias a favor de terceros, celebrar todo tipo de operaciones con

bancos oficiales o privados, nacionales o extranjeros, organismos internacionales de crédito y/o de cualquier otra

naturaleza. 5) Conceder créditos comerciales vinculados con su giro comercial. 6) Aceptar y otorgar mandatos. 7)

Aceptar y hacer donaciones. 8) Emitir en el país o en el exterior, obligaciones negociables y otros títulos de deuda

en cualquier moneda, con o sin garantía, convertibles o no en acciones de la sociedad. C) La Sociedad para

desarrollar actividades comprendidas en su objeto social podrá constituir sociedades o participar en personas

jurídicas de carácter privado o público, domiciliadas en el país o en el exterior.” Autorizado según instrumento

público Esc. Nº 41 de fecha 21/05/2018 Reg. 329

PEDRO ALBERTO VILDOSOLA - Matrícula: 2473 C.E.C.B.A.

e. 24/05/2018 N° 36719/18 v. 24/05/2018