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N° 37679/18 Aviso del Boletín Oficial

JJ DESARROLLOS S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA martes, 29 de mayo de 2018

Texto del aviso

JJ DESARROLLOS S.R.L.

Constitución: 1) Juan Pablo TEDESCO, argentino, 12.06. 1978, casado en 1º nupcias con María Florencia Hernández,

abogado, DNI 26.704.196, CUIT 20-26704196-3, domiciliado Uruguay 988 piso 6 CABA; y José Enrique MURO,

argentino, 17.12. 1974, soltero, hijo de José Luis Muro y de Nora Susana Jauregui, arquitecto, DNI 24.308.359, CUIT

20-24308359-2, domiciliado 11 de Septiembre de 1888 nº 1745, piso 9, depto “A” CABA. 2) Esc. 154, del 23.05.2018.

3) JJ DESARROLLOS S.R.L. 4) Sede Social: Uruguay 988, piso 6 CABA. 5) Objeto: La sociedad tiene por objeto

realizar por sí o por terceros o asociados a terceros, en cualquier parte de la Rep. Argentina o en el extranjero,

ya sea por contratación directa o por medio de licitaciones públicas o privadas o cualquier otra forma jurídica en

que puedan implementarse, con particulares u Organismos Nacionales, Provinciales o Municipales las siguientes

actividades: a) CONSTRUCTORA: Construcción de obras, edificios y cualquier otra clase de inmuebles, urbanos

o rurales, sus mejoras, refacciones, terminaciones y/o reciclajes y cuando las actividades lo requieran deberán

realizarse con profesionales con título habilitante, ya sea actuando como contratista o subcontratista, en obras

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.879 - Segunda Sección 20 Martes 29 de mayo de 2018

privadas o públicas, estando habilitada para presentarse en Licitaciones Públicas o Privadas en el ámbito Municipal,

Provincial y Nacional, también la compra y venta de materiales de construcción; b) COMERCIAL: Compraventa,

representación, permuta y distribución de materiales directamente afectados a la construcción de cualquier tipo,

revestimientos, artefactos eléctricos, sanitarios, grifería, maquinaria y accesorios para la industria cerámica y de

la construcción, como así también de pinturas, papeles pintados, revestimientos, alfombras y todo otro artículo

o material vinculado directa o implícitamente con la decoración. c) INMOBILIARIA: Mediante la compra, venta,

permuta, fraccionamiento, colonizaciones, urbanizaciones, loteos, administración, locación o arrendamiento y

explotación de toda clase de bienes inmuebles, urbanos y rurales, ya sean éstos propios o de terceros, incluso las

operaciones comprendidas en las leyes y reglamentaciones sobre propiedad horizontal, y demás disposiciones

legales relacionadas con las viviendas en general. d) FINANCIERA: Mediante inversiones o aportes de capitales

a particulares, empresas o sociedades por acciones constituidas o a constituirse, para negocios presentes o

futuros; compra y venta de títulos, acciones u otros valores mobiliarios, nacionales o extranjeros, constitución o

transferencia de hipotecas u otros derechos reales; otorgamiento de créditos en general, garantizados o no, y toda

clase de operaciones financieras permitidas por las leyes, con exclusión de las contempladas en la Ley de Entidades

Financieras, o toda otra que requiera el concurso del ahorro público. e) MANDATARIA: La realización de todo tipo

de mandamientos, comisiones, representaciones y consignaciones comerciales en el país y/o en el exterior, como

así también ser administradora fiduciaria y adquirir la propiedad fiduciaria de bienes en los términos ley 24.441.

Asimismo la sociedad en los casos en que fuese menester podrá contratar distintos profesionales habilitados para

cada caso particular de acuerdo a las actividades detalladas en su objeto social. Para el cumplimiento de su objeto

la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, efectuar los actos de

naturaleza civil, comercial, administrativos y jurídicos, que directamente se relaciones con el objeto enunciado,

inclusive las prescriptas por los artículos 375 y 1191 y concordantes del C.C.C.N..- A tales fines la sociedad tiene

plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer y realizar actos que, directa o

indirectamente, se relacionen con el objeto social y que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.- 6)

Plazo 10 años desde su constitución. 7) Capital: PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL. 8) Administración: uno o

más gerentes, socios o no, los que actuaran de forma indistinta, en forma individual o conjunta, según lo determine

la reunión de socios, por el término de duración de la Sociedad. Gerentes: José Enrique MURO y Juan Pablo

TEDESCO. Fiscalización prescinde de sindicatura. 9) Representación legal: a cargo de uno o más gerentes, socios

o no. 10) Cierre del ejercicio: 30/04 de cada año. Domicilio especial: Uruguay 988, piso 6 CABA.

Autorizado según instrumento público Esc. Nº 154 de fecha 23/05/2018 Reg. Nº 1893

IGNACIO RUEDA - Matrícula: 5386 C.E.C.B.A.

e. 29/05/2018 N° 37679/18 v. 29/05/2018