N° 37022/18 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 10
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 10
SECRETARÍA NRO. 19
El JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONOMICO Nº 10, SECRETARÍA Nº 19, sito en Sarmiento 1118, piso 3°
de la ciudad de Buenos Aires notifica a Aluisio Teles FERREIRA FILHO (PAS. CS 695136) lo dispuesto en fecha
23 de mayo de 2018 en los autos N° CPE 745/2016 (87), caratulada: “COMPAÑÍA MEGA S.A [Y OTROS] SOBRE
INFRACCION LEY 24.769” que a continuación se transcriben en sus partes pertinentes: “Buenos Aires, 23 de mayo
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.880 - Segunda Sección 86 Miércoles 30 de mayo de 2018
de 2018… 2. Hágase saber a Aluisio Teles FERREIRA FILHO las circunstancias reseñadas por las consideraciones
1º a 4º de la resolución que obra a fs. 322/325vta., en sus partes pertinentes, y que, con el objeto de actualizar los
antecedentes penales que aquél pudiere registrar, deberá comparecer ante estos estrados en el término de cinco
días desde su notificación a fin de que se le haga entrega de un oficio dirigido al Registro Nacional de Reincidencia.
A tal fin, notifíquese al nombrado por edictos (art. 150 del C.P.P.N.). Fdo. Diego García Berro, Juez. Ante mí: Natalia
Mariel Etcheto, Secretaria.” Asimismo se notifica por medio del presente de lo resuelto en fecha 23 de febrero de
2018 que a continuación se transcribe, en sus partes pertinentes: “Buenos Aires, 23 de febrero de 2018. AUTOS
y VISTOS:… Y CONSIDERANDO 1º) Que constituye el objeto de investigación en el presente proceso la supuesta
evasión de pago de la suma de $ 1.810.550,70 en concepto de Impuesto sobre Bienes Personales, Acciones y
Participaciones Societarias correspondiente al período fiscal 2008, a cuyo ingreso se habría encontrado obligada
la contribuyente COMPAÑÍA MEGA S.A. Ello mediante la interposición de una sociedad española (PETROBRAS
PARTICIPACIONES SRL) en carácter de accionista al sólo efecto de usufructuar los beneficios del Convenio
para Evitar la Doble Imposición suscripto por nuestro país y el Reino de España a los fines de disminuir sus
obligaciones fiscales. 2º) Que la presente causa tuvo su inicio en virtud de la denuncia formulada por la División
Penal Tributaria perteneciente al Departamento Legal Grandes Contribuyentes Nacionales dependiente de la
Subdirección General de Operaciones Impositivas Grandes Contribuyentes Nacionales de la D.G.I.- A.F.I.P. contra
la contribuyente COMPAÑÍA MEGA S.A. y/o contra las personas que en definitiva resultaren autores, coautores,
cómplices, encubridores o instigadores de los hechos cometidos en beneficio de la contribuyente referida y con
el correlativo perjuicio fiscal, comisivos del delito previsto y reprimido por el art. 2 inc. `b´y/o `c´ de la ley Nº 24.769
(modif. Por ley Nº 26.735). En ese sentido, la mencionada División informó que los responsables de la firma que
ocupaban determinados cargos al momento de comisión de la maniobra denunciada eran los siguientes: Vito
Sergio CAMPOREALE; José Luis MARCER Lino Alberto PALACIO; Rolando MENINATO; Víctor José SARDELLA;
Alejandro Diego QUIROGA; y Matías ESKENAZI STOREY. 3º) Que, corrida que fue la correspondiente vista en
los términos del art. 180 del C.P.P.N, el representante del Ministerio Público Fiscal formuló requerimiento de
instrucción en orden a la comisión del delito previsto y reprimido por el art. 2, inc `b´y/o `c´de la ley Nº 24.769.
En esa oportunidad, aquel Magistrado indicó que resultaban imputados en estas actuaciones, en principio:
COMPAÑÍA MEGA S.A.; Gonzalo LÓPEZ FANJUL; Luis Alberto SANTOS; Claudio FONTES NUNES; Rigoberto
MEJÍA ARAVENA; Alfredo Sergio GUIA Y DIAZ; Flavio GONCALVES REIS VIANNA FILHO; Sillas OLIVA FILHO; Vito
Sergio CAMPORALE o CAMPOREALE; José Luis MARCER; Lino Alberto PALACIO; Rolando MENINATO; Víctor
José SARDELLA; Alejandro Diego QUIROGA; y Matías ESKENAZI STOREY. 4º) Que, con posterioridad, por el
dictamen de fs. 118/130vta., el señor Fiscal, en quien fue delegada la dirección de la investigación, solicitó se cite
a prestar declaración indagatoria, en orden al hecho descripto por la consideración 1º, el que calificó con el art.
2, inc. `b´y/o `c´de la ley Nº 24.769, a:…Aluisio Teles FERREIRA FILHO (PAS CS 695136) … SE RESUELVE… Fdo.
Diego García Berro. Juez. Ante mí: Natalia Mariel Etcheto. Secretaria.” Publíquese por el término de 5 días. Fdo.
Diego García Berro. Juez – Natalia Mariel Etcheto. Secretaria.-
Diego Garcia Berro Juez - Natalia Mariel Etcheto Secretaria
e. 29/05/2018 N° 37022/18 v. 04/06/2018