N° 38905/18 Aviso del Boletín Oficial
ANTARES NAVIERA S.A.
Texto del aviso
ANTARES NAVIERA S.A.
Se protocolizó la Asamblea Gral. Ordinaria y Extraordinaria Unánime del 23/03/2018, que APROBÓ: a) REFORMAR
parcialmente los artículos: Tercero: La Sociedad tendrá por objeto la realización por cuenta propia y/o de terceros
y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, de las siguientes actividades: (I) Comerciales: a) Transporte
de cargas, por agua mediante la realización de operaciones marítimas y fluviales de cabotaje nacional, fronterizo
y/o internacional, incluidas las cargas de exportación e importación, en cualquiera de sus clases y tipos, a saber:
líquidas, sólidas, gaseosas o secas, especialmente hidrocarburos, y sus derivados, sustancias nocivas, sustancias
potencialmente peligrosas transportadas a granel y productos de la industria petroquímica o de otras cargas que
por sus características se asimilen a ellas.; b) Transporte marítimo y fluvial en general, incluyendo fletamentos y
arrendamientos de cualquier naturaleza, remolque de tiro destinado a las modalidades de remolque por largo,
remolque de maniobra portuaria y de empuje de todo tipo de buques, barcazas, gabarras y artefactos flotantes,
incluyendo todo tipo de maniobra portuaria y actividades de apoyo a operaciones petroleras “costa afuera”;; c)
Operaciones de salvamento marino y de transporte a radas, tanto mediante la utilización de unidades propias
como de terceros.; d) Vinculadas con la navegación, el transporte y otros trabajos ya sean en el ámbito marítimo,
fluvial o lacustre; e) Actuar como propietaria, armadora, arrendataria, fletante o fletadora de todo tipo de buques
y artefactos navales; f) Protección del medio ambiente, preparación y lucha contra la contaminación costera,
marítima, fluvial y lacustre resultante de la acción de hidrocarburos y otras sustancias nocivas y sustancias
potencialmente peligrosas, en el marco de las reglamentaciones internacionales y nacionales en la materia; g)
Recolección de residuos sólidos y líquidos en espejos de aguas, muelles, puertos, amarraderos y terminales
marítimos y fluviales; h) Servicio de Amarre, desamarre de buques y el mantenimiento de terminales y plataformas
marítimas; i) Lucha contra incendios en buques, artefactos navales y muelles y otras instalaciones portuarias; j)
Transporte terrestre, marítimo y fluvial de todo tipo de residuos sólidos y líquidos; k) Suministro de pertrechos,
víveres, agua potable, combustibles y lubricantes en puertos, radas, muelles o fondeaderos a buques y otros
artefactos navales; l) Importación y exportación de elementos sorbetes y de contención y/o recuperación de
hidrocarburos y sustancias nocivas, y de máquinas para recolección, tratamiento, separación y almacenamiento
de los mismos; m) Desempeñarse como Agente de Transporte Aduanero; n) Desempeñarse como agente marítimo;
ñ) Realizar actividades de asesoramiento y asistencia tecnológica a terceros en todos los aspectos relativos
a las actividades desarrolladas por la Sociedad; o) Compra, venta, exportación, importación, representación,
consignación y/u otras formas de contratación, de toda clase de productos de la industria petroquímica, sus
complementarias y conexas; p) Realizar reparación de buques y artefactos navales en general.; q) Realizar trabajos
de buceo en general y todo tipo de trabajos subacuos.; r) Realizar trasvase de líquidos, lubricantes y combustibles.;
s) Disposición Inicial de todo tipo de residuos y transporte de residuos derivados de las operaciones normales de
los buques.; t) Desempeñarse como empresa prestadora de servicios portuarios. A tal efecto, la Sociedad podrá
comprar, vender, locar, y fletar buques y artefactos marítimos, propios y/o de terceros; (II) Financieras: a) Actuar
como representante de, asociarse con, realizar contribuciones de capital a, o adquirir participación en el capital
de, compañías locales o extranjeras y asociarse con el Estado Nacional, Provincial o Municipal; b) Otorgar o tomar
cualquier tipo de créditos y/o financiación de activos; comercializar títulos valores o acciones y llevar a cabo en
general cualquier operación financiera permitida por las leyes vigentes,, con excepción de aquellas previstas en
la legislación aplicable a las entidades financieras, y siempre dentro de los límites de las leyes, reglamentaciones
y regulaciones vigentes; (c) Inversiones: mediante la realización de toda clase de actividades financieras y de
inversión, con excepción de aquellas previstas en la legislación aplicable a las entidades financieras, y siempre
dentro de los límites de las leyes, reglamentaciones y regulaciones vigentes, la compra y venta de títulos públicos
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.882 - Segunda Sección 5 Viernes 1 de junio de 2018
y/o privados, bonos, debentures, acciones, obligaciones negociables y/o cualesquiera otros títulos de deuda,
bienes y derechos de cualquier naturaleza, registrables o no, la participación en el capital social de sociedades
por acciones creadas o a crearse, ya sea mediante la adquisición o suscripción de acciones, la colocación de sus
fondos en moneda extranjera, oro, o divisas, en depósitos y/o cuentas bancarias de cualquier tipo y el otorgamiento
de préstamos, participaciones en los préstamos otorgados, y la toma de empréstitos en forma pública y/o privada,
sea mediante la emisión de debentures, bonos, obligaciones negociables y/o cualesquiera otros títulos de deuda.
Para el cumplimiento de su objeto, que podrá realizar por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada con terceros,
en el ámbito de la República Argentina y en el exterior, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir
derechos, contraer obligaciones y ejercer todos aquellos actos que no sean prohibidos por las leyes o por este
estatuto. Podrá adquirir bienes raíces por compra, cesión, donación o cualquier otro título, enajenarlos y disponer
de ellos en cualquier otra forma legalmente autorizada y constituir derechos reales, activa y pasivamente sobre
los mismos. Podrá también participar, con sujeción a las normas legales vigentes, en sociedades o consorcios
creados o a crearse, de carácter circunstancial o permanente con la finalidad de realizar, promover o facilitar el
objeto social, incluida la constitución de uniones transitorias de empresas y asumir responsabilidades conjuntas
y solidarias con otras empresas o agrupación de empresas vinculadas, para el logro de propósitos comunes,
otorgando avales, fianzas, o garantías a favor de terceros. Estará autorizada a llevar a cabo los demás actos que
se conceptúen necesarios o simplemente convenientes para el cumplimiento del objeto social y la más eficaz
conducción económica de la empresa. Octavo: En relación a la duración del mandato de los directores, los cuales
durarán en el cargo TRES ejercicios; y Décimo: En relación a la duración del mandato de los síndicos, los cuales
durarán en el cargo TRES ejercicios; b) REORDENAR el Estatuto Social.- Autorizado según instrumento público
Esc. Nº 425 de fecha 30/05/2018 Reg. Nº 77
Pablo Emilio Homps - Matrícula: 2745 C.E.C.B.A.
e. 01/06/2018 N° 38905/18 v. 01/06/2018