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N° 87/15 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 3

Edictos Judiciales lunes, 4 de junio de 2018

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 3

SECRETARÍA NRO. 5

Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 3 a cargo del Dr. Rafael CAPUTO, Secretaría N° 5 a cargo de la

Dra. Sandra Viviana GOÑI, se sirva notificar en el marco del “incidente de suspensión de proceso a prueba de

Federico BUSACCA AGÜERO”, promovido en el marco de la causa N°87/15 caratulada “ZOGBE, Silvio Javier

y otro s/ infracción artículo 302 del C. P.”, a Santiago BIGGI que en aquel incidente se resolvió: “///nos Aires,

25 de abril de 2018…I) SUSPENDER el presente proceso A PRUEBA, por el lapso de un año, con relación a

Federico Damián BUSACCA AGÜERO (arts. 76 bis y ter del C.P.). II) IMPONER al nombrado BUSACCA AGUERO

las siguientes reglas de conducta, las cuales deberán comenzar a desarrollarse a partir de la efectiva formación

del correspondiente legajo de ejecución de suspensión de juicio a prueba que tramitará ante este juzgado: a)

fijar un lugar de residencia y someterse al cuidado de la Oficina de Delegados Judiciales de la Cámara Nacional

de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal. A aquellos fines se labrará acta de compromiso ante la

actuaria y se oficiará a aquel organismo. b) realizar trabajos no remunerados a favor de la sucursal de CARITAS

más cercana al domicilio de la calle Ministro Brin N° 1372 depto. “2” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de

la Ciudad Autónoma, durante 150 horas. A los fines de establecer cuáles serán aquellas tareas y fijar los días y

horarios y frecuencia para hacerlo, el imputado deberá establecer contacto con aquella sucursal de CARITAS,

para acordar aquellas condiciones. Líbrese, a aquellos efectos, el oficio pertinente a la sucursal pertinente de

CARITAS. c) disponer la imposibilidad de que Federico Damián BUSACCA AGÜERO sea titular u opere en cuentas

corrientes bancarias por el lapso establecido para la suspensión por el punto I) de esta decisión. Deberá librarse,

a aquellos efectos y oportunamente, el oficio pertinente al Banco Central de la República Argentina. d) disponer

que Federico Damián BUSACCA AGÜERO, en concepto de reparación de daño, abone a favor de los damnificados

Gustavo Pablo FRÉGOLI, Juan Carlos NOGAWICA y Alberto Santiago BIGGI la suma de nueve mil pesos ($9.000)

(art.1751 del Código Civil). III) SIN COSTAS (arts. 529 y ccs. del C.P.P.N.). Fdo: Rafael CAPUTO. Juez. Ante mí:

Sandra Viviana GOÑI///nos Aires, 16 de mayo de 2018.En atención a lo informado por el Oficial Notificador a fs.

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.883 - Segunda Sección 84 Lunes 4 de junio de 2018

50vta., notifíquese a Santiago BIGGI lo dispuesto a fs. 44/48, mediante edictos. En consecuencia, publíquense

edictos en el sistema informático del Boletín Oficial por el término de cinco (5) días (art. 150 del C.P.P.N.). Fdo:

Rafael CAPUTO. Juez. Ante mí: Sandra Viviana GOÑI. Secretaria”. Buenos Aires,23 de mayo de 2018.En atención a

lo informado precedentemente, publíquese nuevo edicto por el término de cinco (5) días conforme a lo establecido

por el art. 150 C.P.P.N. en los mismos términos del decreto de fs. 56. Fdo: Rafael CAPUTO. Juez. Ante mí: Sandra

Viviana GOÑI. RAFAEL CAPUTO Juez - SANDRA VIVIANA GOÑI SECRETARIA

e. 29/05/2018 N° 36993/18 v. 04/06/2018