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N° 39931/18 Aviso del Boletín Oficial

MERCADO ABIERTO ELECTRONICO S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 6 de junio de 2018

Texto del aviso

MERCADO ABIERTO ELECTRONICO S.A.

Se hace saber que por Asamblea General Extraordinaria de accionistas celebrada con fecha 25 de abril de 2018,

en segunda convocatoria, se ha aprobado la modificación del artículo 7 y del artículo 11 del Estatuto Social de

Mercado Abierto Electrónico S.A., quedando redactados de la siguiente forma: “ARTICULO 7º: El capital estará

representado por acciones ordinarias, nominativas, no endosables, con derecho a un voto cada una, y de valor

nominal Pesos diez centavos ($ 0,10).- Las acciones y los certificados provisionales que se emitan contendrán las

menciones del Artículo 211 de la ley 19550.- En caso de mora en la integración del capital, el Directorio queda

facultado para proceder de acuerdo con lo determinado en el Artículo 193 de la ley 19550.- Las acciones podrán ser

escriturales.- “ARTICULO 11º: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo de un directorio integrado

por entre 7 y 18 miembros titulares que designará la Asamblea en el modo prescripto en el párrafo siguiente. La

Asamblea también designará directores suplentes en el número que en cada elección se establezca.- La Asamblea

fijará la remuneración de los directores.- Los miembros del Directorio durarán tres años en sus funciones pero

podrán ser reelectos indefinidamente.- El directorio se renovará por tercios o por la cantidad más próxima al

tercio, pero, en todos los casos, en cada elección deberán elegirse por lo menos tres directores.- Excepto los

directores que por disposición legal válida deban ser independientes (según la calificación que las normas legales

vigentes establecen o establezcan para esa condición), para ser Director se requiere la condición de hallarse

inscripto como agente MAE o representar una sociedad inscripta como tal.- La Asamblea podrá designar uno o

más directores titulares para el cumplimiento de funciones técnico-administrativas de carácter permanente y que

reúnan condiciones de idoneidad y acreditada experiencia en materia financiera y de mercados de capitales, aun

cuando dichos directores no se hallen inscriptos como agentes del “MAE” o representen una sociedad inscripta

como tal, siempre que la excepción de dicho requerimiento sea aprobada por al menos dos tercios del capital

social con derecho a voto presentes en la asamblea.- En tales casos, para la designación del o los directores

suplentes, la Asamblea podrá designar a directores que sean o representen a un Agente “MAE”.- Al designarse los

directores suplentes se indicará a qué director(es) titular(es) suplantará cada uno de ellos.- En caso de renuncia,

ausencia o impedimento temporario o permanente, el suplente respectivo se incorporará en forma automática al

Directorio, sin necesidad de formalidad alguna.- Los integrantes del Directorio darán en garantía de su gestión

la suma de pesos DIEZ MIL ($ 10.000) en efectivo, en moneda nacional o extranjera, o su equivalente en valores

negociables públicos o bonos, depositados a la orden de la sociedad en entidades financieras o cajas de valores,

o mediante fianzas, avales bancarios, seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la sociedad.-

Las sociedades inscriptas como agentes del “MAE” sólo podrán tener un representante en el Directorio.- En la

primera reunión que celebre luego de la Asamblea Ordinaria, el Directorio designará de entre sus miembros: (i) un

Presidente, un Vicepresidente primero y un Vicepresidente segundo; los designados para esos cargos pueden ser

reelectos indefinidamente; (ii) a tres Directores, que integrarán la Comisión de Ética y Supervisión del Mercado,

cuyas funciones se establecen en este Estatuto; y (iii) tres Directores titulares y tres suplentes, que integrarán el

Comité de Auditoría, conforme las condiciones y funciones que se establecen en este Estatuto”.

PODER GENERAL AMPLIO DE ADMINISTRACION Y DISPOSICION, según escritura N° 184.- de fecha 19/10/2009.-

Juan Francisco Urrutia

e. 06/06/2018 N° 39931/18 v. 06/06/2018