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N° 42086/18 Aviso del Boletín Oficial

FARJAT DESARROLLOS S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 13 de junio de 2018

Texto del aviso

FARJAT DESARROLLOS S.A.

Se hace saber que por escritura 127, del 08/06/2018, al folio 374 del Registro Notarial 1130, a cargo del escribano

Julio C. Dhers, se protocolizó: A) acta de asamblea general extraordinaria, del 18/04/2018, resolvió por unanimidad

designar y distribuir el siguiente directorio por tres ejercicios: Presidente: Aitor RECALDE, C.U.I.L. 20289064533,

soltero, D.N.I. 28.906.453, nacido el 09/06/1976, domiciliado en calle 447, n° 3522, City Bell, partido de La Plata

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.890 - Segunda Sección 5 Miércoles 13 de junio de 2018

y Director Suplente: Héctor Hugo ESCALADA, C.U.I.L. 20246002844, casado, Documento Nacional de Identidad

24.600.284, nacido el 05/06/1977, domiciliado en Rómulo Noya 512, ciudad y partido de Zárate ambos son

argentinos, ingenieros en construcciones y civiles, vecinos de la provincia de Buenos Aires; quienes aceptaron

sus cargos y constituyeron domicilio especial av. Federico Lacroze 2183, piso 1°, “1”, C.A.B.A y B) el acta de

asamblea general extraordinaria del 04/06/2018, modificó el objeto social quedando redactado así: ARTICULO

TERCERO. OBJETO SOCIAL: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia, de terceros o asociada

a terceros, tanto a nivel nacional como internacional, a las siguientes actividades: Proyecto, Dirección y ejecución

de obras de arquitectura e ingeniería a través de profesionales con Título habilitante. Así también se abocara a las

siguientes especialidades: A) Constructora: Construcción, refacción y comercialización de todo tipo de inmuebles,

edificios por cuenta propia o de terceros, mediante contratación directa y/o por licitaciones públicas o privadas,

así como la financiación de su comercialización. B) Inmobiliaria: adquisición, venta e intermediación, usufructo,

explotación, constitución de fideicomisos, arrendamientos de inmueble urbanos o rurales; urbanización de tierras,

club de campo, barrios cerrados o afines, administraciones en general. C) Financiera: La sociedad podrá realizar

la financiación de las operaciones sociales obrando como acreedor prendario y/o hipotecario y realizar todas las

operaciones necesarias de carácter financiero permitidas por la legislación vigente, siempre con dinero propio. No

realizará las comprendidas en la ley 21.526 o cualquier otra que se dicte en lo sucesivo en su reemplazo o requiera

de la intermediación en el ahorro público. D) Adquisición: La adquisición a título oneroso de equipos, maquinaria,

instalaciones, accesorios e implementos auxiliares empleados en la construcción de obras y edificios, con el

propósito de usarlos en las obras que ejecute pudiendo también arrendarlos o celebrar con ellos cualquier tipo de

transacción.; Autorizado a firmar el presente por la escritura mencionada. Autorizado según instrumento público

Esc. Nº 127 de fecha 08/06/2018 Reg. Nº 1130

Julio César Dhers - Matrícula: 2147 C.E.C.B.A.

e. 13/06/2018 N° 42086/18 v. 13/06/2018