N° 42086/18 Aviso del Boletín Oficial
FARJAT DESARROLLOS S.A.
Texto del aviso
FARJAT DESARROLLOS S.A.
Se hace saber que por escritura 127, del 08/06/2018, al folio 374 del Registro Notarial 1130, a cargo del escribano
Julio C. Dhers, se protocolizó: A) acta de asamblea general extraordinaria, del 18/04/2018, resolvió por unanimidad
designar y distribuir el siguiente directorio por tres ejercicios: Presidente: Aitor RECALDE, C.U.I.L. 20289064533,
soltero, D.N.I. 28.906.453, nacido el 09/06/1976, domiciliado en calle 447, n° 3522, City Bell, partido de La Plata
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.890 - Segunda Sección 5 Miércoles 13 de junio de 2018
y Director Suplente: Héctor Hugo ESCALADA, C.U.I.L. 20246002844, casado, Documento Nacional de Identidad
24.600.284, nacido el 05/06/1977, domiciliado en Rómulo Noya 512, ciudad y partido de Zárate ambos son
argentinos, ingenieros en construcciones y civiles, vecinos de la provincia de Buenos Aires; quienes aceptaron
sus cargos y constituyeron domicilio especial av. Federico Lacroze 2183, piso 1°, “1”, C.A.B.A y B) el acta de
asamblea general extraordinaria del 04/06/2018, modificó el objeto social quedando redactado así: ARTICULO
TERCERO. OBJETO SOCIAL: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia, de terceros o asociada
a terceros, tanto a nivel nacional como internacional, a las siguientes actividades: Proyecto, Dirección y ejecución
de obras de arquitectura e ingeniería a través de profesionales con Título habilitante. Así también se abocara a las
siguientes especialidades: A) Constructora: Construcción, refacción y comercialización de todo tipo de inmuebles,
edificios por cuenta propia o de terceros, mediante contratación directa y/o por licitaciones públicas o privadas,
así como la financiación de su comercialización. B) Inmobiliaria: adquisición, venta e intermediación, usufructo,
explotación, constitución de fideicomisos, arrendamientos de inmueble urbanos o rurales; urbanización de tierras,
club de campo, barrios cerrados o afines, administraciones en general. C) Financiera: La sociedad podrá realizar
la financiación de las operaciones sociales obrando como acreedor prendario y/o hipotecario y realizar todas las
operaciones necesarias de carácter financiero permitidas por la legislación vigente, siempre con dinero propio. No
realizará las comprendidas en la ley 21.526 o cualquier otra que se dicte en lo sucesivo en su reemplazo o requiera
de la intermediación en el ahorro público. D) Adquisición: La adquisición a título oneroso de equipos, maquinaria,
instalaciones, accesorios e implementos auxiliares empleados en la construcción de obras y edificios, con el
propósito de usarlos en las obras que ejecute pudiendo también arrendarlos o celebrar con ellos cualquier tipo de
transacción.; Autorizado a firmar el presente por la escritura mencionada. Autorizado según instrumento público
Esc. Nº 127 de fecha 08/06/2018 Reg. Nº 1130
Julio César Dhers - Matrícula: 2147 C.E.C.B.A.
e. 13/06/2018 N° 42086/18 v. 13/06/2018