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N° 42609/18 Aviso del Boletín Oficial

AON ASSIST ARGENTINA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 14 de junio de 2018

Texto del aviso

AON ASSIST ARGENTINA S.A.

Por Asamblea General Extraordinaria del 19/03/2018 se resolvió: (i) modificar la denominación social actual de

la Sociedad “Aon Assist Argentina S.A.” por “Aon Soluciones S.A.” y, en consecuencia, reformar el Artículo 1°

del Estatuto Social, el cual quedará redactado conforme se transcribe a continuación: “ARTÍCULO 1°: Bajo la

denominación “AON SOLUCIONES S.A.” sigue funcionando la sociedad anónima que fue constituida bajo

la denominación de Conseguros S.A., denominación que fuera sucesivamente modificada a G.P.A. Técnica

Argentina S.A. y luego a Brichetto Técnica S.A. y a AON Assist Argentina S.A.- Tiene su domicilio legal en la

Ciudad de Buenos Aires, sin perjuicio de lo cual el Directorio podrá instalar agencias, sucursales, establecimientos

o cualquier especie de representación dentro del país.”; y (ii) ampliar el objeto social de la Sociedad y reformar en

consecuencia el artículo 2° del Estatuto Social, el que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTÍCULO 2°:

La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia y/o de terceros, y/o asociada a terceros, en el país o en

el extranjero, a las siguientes actividades: A) Seguros: prestación de asistencia a los asegurados de compañías

de seguros y/o propietarios, usufructuarios o tenedores de automotores, en lo relativo al auxilio mecánico ligero,

remolque, asistencia al viajero y otros servicios generales destinados a éstos; compra, venta y/o consignaciones

y representaciones de repuestos y accesorios, cubiertas, cámaras, motores, lubricantes, lavado y engrase de

vehículos, así como productos y subproductos, y cualquier otro artículo para automotores, sin restricción ni

limitación alguna; y reparaciones de vehículos automotores, sus partes y accesorios. B) Mandatos y Servicios:

realización de mandatos con la mayor amplitud en las condiciones permitidas por las leyes y reglamentaciones

vigentes; ejercicio de mandatos, corretajes, comisiones, representaciones comerciales y/o civiles, consignaciones;

gestiones de negocios en general, y administración de bienes, capitales, empresas, y personas jurídicas o físicas en

general, domiciliadas en el país o en el extranjero. C) Asesoramiento comercial y financiero: prestación de servicios

de asesoramiento, gestión, y asistencia técnica sobre temas marcarios, financieros, inmobiliarios, económicos,

presupuestarios, de control de gestión social, marketing, management, risk management, informáticas y de todo

otro rubro relativo a la administración de sociedades; prestación de servicios de información general y especial,

que le sea requerida por personas de derecho privado, de derecho público nacional, provincial, o municipal,

entidades estatales privadas o mixtas, instituciones bancarias, financieras, compañías de seguro, empresas civiles,

comerciales e industriales, así como la realización de estudios o pericias sobre todas las actividades y rubros

descriptos. D) Consultoría: prestación de consultoría en temas relativos al diseño, financiación, comunicación, y

administración de beneficios correspondientes a empleados, programas de compensación y de recursos humanos,

y servicios afines; consultoría en el ramo de seguros; estudios técnicos de seguros y reaseguros; gestión, y

liquidación de siniestros. E) Propiedad Inmueble: administración de inmuebles urbanos o rurales; subdivisión de

tierras y urbanización; construcción de edificios de cualquier naturaleza y todo tipo de obras de carácter público o

privado, como asimismo todo tipo de operaciones relativas a la propiedad horizontal. F) Financieras y de Inversión:

por medio de inversiones o pago de bienes de capital a individuos o sociedades constituidas o por constituirse,

tanto nacionales como extranjeras; compra, venta, e intermediación en operaciones con títulos públicos, acciones,

debentures, u otros títulos no registrables, y toda clase de valores mobiliarios, creados o a crearse; otorgamiento

y aceptación de préstamos con garantías prendarias o hipotecarias; otorgamiento de garantías, fianzas o endosos

en garantía; constitución y transferencia de derechos reales; realización de operaciones financieras por sí o por el

aporte, asociación, o inversión de capitales con personas, empresas o sociedades constituidas o a constituirse

o simples particulares, mediante la utilización de fondos propios; y participación como intermediario en todo tipo

de operaciones financieras con exclusión de las operaciones previstas en la Ley de Entidades Financieras, u otras

en las que se requiera el concurso público. La sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, y

contraer obligaciones, pudiendo realizar todas las operaciones y actos jurídicos lícitos que considere necesarios,

que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.” Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea

de fecha 19/03/2018

Vanina Mabel Veiga - T°: 66 F°: 626 C.P.A.C.F.

e. 14/06/2018 N° 42609/18 v. 14/06/2018