N° 44057/18 Aviso del Boletín Oficial
IBERO ASISTENCIA S.A.
Texto del aviso
IBERO ASISTENCIA S.A.
Por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 10/07/2014 se modificó el objeto social, quedando redactada
el Art. 2 del Estatuto Social de la siguiente manera: “Artículo 2º - Objeto Social. 2.1. La Sociedad tiene por
objeto dedicarse por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros, dentro o fuera de la
República Argentina, a prestar, ya sea con su red de proveedores propia o gestionando la intervención de distintos
profesionales, servicios de asistencia y de garantía, que puedan ser requeridos por las personas, entre ellos:
a) Asistencia personal o material que viajeros o sus acompañantes puedan requerir con motivo de accidentes
o contingencias o cualquier tipo de inconveniente que pudiese surgir durante sus desplazamientos dentro y
fuera del país, en cualquier medio de transporte; b) Atención de contingencias sufridas por vehículos, incluyendo
asistencia mecánica, reparación, traslados y remolque; c) Asistencia que arrendatarios o propietarios puedan
requerir para el manejo de imprevistos en los sitios de habitación o trabajo y la atención de las reparaciones
que tales daños impliquen; d) Atención de emergencias médicas; e) Asistencia jurídica en cualquier especialidad
que pueda requerirse tanto por sus clientes directos como por sus mandantes; f) Creación, administración y
suministro de servicios de garantía de automóviles, electrodomésticos u otros bienes de consumo nuevos o
usados; g) Prestación de servicios de administración y asesoría en servicios de mercadeo, en especial el referente
a telemercadeo; h) Recepción y emisión de llamadas, formación y creación de redes de operadores y de servicios;
i) Prestación de servicios relacionados con la gestión de reclamaciones de seguros con carácter profesional
y de liquidación o ajuste de pérdidas y peritaje de reclamaciones de seguros. Adicionalmente, la Sociedad
podrá realizar las siguientes actividades: a) Administración y gestión de redes de proveedores de los distintos
servicios descriptos precedentemente; b) Poseer, manejar y operar vehículos, maquinaria, herramientas y talleres
requeridos para la prestación de los servicios señalados anteriormente; c) Participar en toda clase de sociedades o
empresas que realicen actividades o presten servicios relacionados directa o indirectamente con los mencionados
precedentemente; d) Obtener préstamos, sobregiros, créditos y otros servicios financieros y monetarios, sin límite
de cuantía, o a pedir prestado o recaudar dinero en la forma que el órgano societario competente de la Sociedad
lo considere conveniente, ya sea como único prestatario o conjuntamente con otras personas, y a constituir las
garantías necesarias sobre cualquiera o todos los activos de la Sociedad, para el cumplimiento de cualquiera de
las obligaciones asumidas por ésta incluidos sus intereses; e) Realizar cualquier actividad afín o complementaria
con todas las anteriormente enunciadas. 2.2. Nada de lo anterior se entenderá como la activación o potenciación
de la compañía para llevar a cabo cualquier actividad o servicio que requiera una licencia o autorización o que sea
regulado por la normativa aplicable a Bancos, Entidades Financieras, Empresas de Seguros, Intermediarios de
Seguros, Servicios de Inversiones, Fideicomisos y fideicomisarios, sin la correspondiente licencia o autorización
emitida por la Autoridad Competente.” Autorizado según instrumento público Esc. Nº 318 de fecha 28/07/2015
Reg. Nº 1767
Angeles Novillo Saravia - T°: 84 F°: 119 C.P.A.C.F.
e. 21/06/2018 N° 44057/18 v. 21/06/2018