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N° 44057/18 Aviso del Boletín Oficial

IBERO ASISTENCIA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 21 de junio de 2018

Texto del aviso

IBERO ASISTENCIA S.A.

Por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 10/07/2014 se modificó el objeto social, quedando redactada

el Art. 2 del Estatuto Social de la siguiente manera: “Artículo 2º - Objeto Social. 2.1. La Sociedad tiene por

objeto dedicarse por cuenta propia o ajena, en forma independiente o asociada a terceros, dentro o fuera de la

República Argentina, a prestar, ya sea con su red de proveedores propia o gestionando la intervención de distintos

profesionales, servicios de asistencia y de garantía, que puedan ser requeridos por las personas, entre ellos:

a) Asistencia personal o material que viajeros o sus acompañantes puedan requerir con motivo de accidentes

o contingencias o cualquier tipo de inconveniente que pudiese surgir durante sus desplazamientos dentro y

fuera del país, en cualquier medio de transporte; b) Atención de contingencias sufridas por vehículos, incluyendo

asistencia mecánica, reparación, traslados y remolque; c) Asistencia que arrendatarios o propietarios puedan

requerir para el manejo de imprevistos en los sitios de habitación o trabajo y la atención de las reparaciones

que tales daños impliquen; d) Atención de emergencias médicas; e) Asistencia jurídica en cualquier especialidad

que pueda requerirse tanto por sus clientes directos como por sus mandantes; f) Creación, administración y

suministro de servicios de garantía de automóviles, electrodomésticos u otros bienes de consumo nuevos o

usados; g) Prestación de servicios de administración y asesoría en servicios de mercadeo, en especial el referente

a telemercadeo; h) Recepción y emisión de llamadas, formación y creación de redes de operadores y de servicios;

i) Prestación de servicios relacionados con la gestión de reclamaciones de seguros con carácter profesional

y de liquidación o ajuste de pérdidas y peritaje de reclamaciones de seguros. Adicionalmente, la Sociedad

podrá realizar las siguientes actividades: a) Administración y gestión de redes de proveedores de los distintos

servicios descriptos precedentemente; b) Poseer, manejar y operar vehículos, maquinaria, herramientas y talleres

requeridos para la prestación de los servicios señalados anteriormente; c) Participar en toda clase de sociedades o

empresas que realicen actividades o presten servicios relacionados directa o indirectamente con los mencionados

precedentemente; d) Obtener préstamos, sobregiros, créditos y otros servicios financieros y monetarios, sin límite

de cuantía, o a pedir prestado o recaudar dinero en la forma que el órgano societario competente de la Sociedad

lo considere conveniente, ya sea como único prestatario o conjuntamente con otras personas, y a constituir las

garantías necesarias sobre cualquiera o todos los activos de la Sociedad, para el cumplimiento de cualquiera de

las obligaciones asumidas por ésta incluidos sus intereses; e) Realizar cualquier actividad afín o complementaria

con todas las anteriormente enunciadas. 2.2. Nada de lo anterior se entenderá como la activación o potenciación

de la compañía para llevar a cabo cualquier actividad o servicio que requiera una licencia o autorización o que sea

regulado por la normativa aplicable a Bancos, Entidades Financieras, Empresas de Seguros, Intermediarios de

Seguros, Servicios de Inversiones, Fideicomisos y fideicomisarios, sin la correspondiente licencia o autorización

emitida por la Autoridad Competente.” Autorizado según instrumento público Esc. Nº 318 de fecha 28/07/2015

Reg. Nº 1767

Angeles Novillo Saravia - T°: 84 F°: 119 C.P.A.C.F.

e. 21/06/2018 N° 44057/18 v. 21/06/2018