N° 174/93 Aviso del Boletín Oficial
LARRAINVIAL ASSET MANAGEMENT S.A.U.
Texto del aviso
LARRAINVIAL ASSET MANAGEMENT S.A.U.
Comunica su constitución por escritura pública Nº 818 del 12/06/2018, ante el escribano Enrique Ignacio Maschwitz,
adscrito del registro Nº 359. Denominación: LarrainVial Asset Management S.A.U.; Accionista: LVCC ASSET
MANAGEMENT S.A., inscripta en los términos del art. 123 de la Ley de General de Sociedades N° 19.550, en la
Inspección General de Justicia el 04/06/2018, bajo el N° 802, del Libro 61, tomo B de Sociedades Constituidas
en el Extranjero; Sede: Ingeniero Enrique Butty 275, piso 11°, C.A.B.A.; Plazo de duración: 99 años; Objeto: La
sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, o asociada a terceros, en cualquier lugar
dentro de la República Argentina o en el exterior, con sujeción a las leyes del respectivo país, a actuar en el ámbito
del mercado de capitales bajo la categoría de Agente de Administración de Productos de Inversión Colectiva, de
conformidad con lo dispuesto por la Ley de Mercado de Capitales N° 26.831 (tal como ha sido y sea modificada,
complementada o sustituida de tanto en tanto, la “Ley de Mercado de Capitales”). A tal fin, la sociedad tiene plena
capacidad jurídica para realizar los actos, contratos y operaciones que se relacionen directa o indirectamente
con su objeto social, incluyendo, sin carácter limitativo, los que se mencionan a continuación: (i) la dirección,
administración, gestión y gerenciamiento de fondos comunes de inversión, abierto o cerrados, de conformidad
con los establecido por la Ley N° 24.083 (tal como ha sido y sea modificada, complementada o sustituida de tanto
en tanto, la “Ley de FCI”), Decreto Reglamentario N° 174/93 (tal como sea modificado, complementado o sustituido
de tanto en tanto, el “Decreto Reglamentario de FCI”) y la Resolución General de la Comisión Nacional de Valores
N° 622/13 (N.T. año 2013) (tal como sea modificada, complementada o sustituida de tanto en tanto, las “Normas
de la CNV”); (ii) la celebración, en nombre y representación de fondos comunes de inversión de los contratos
que resulten necesarios para su funcionamiento; (iii) la gestión de los fondos comunes de inversión, quedando
facultada para efectuar los pagos que correspondan al mismo y concretando las inversiones previstas en el
correspondiente reglamento de gestión; (iv) el establecimiento de la estrategia de comercialización de los fondos
comunes de inversión que administre; (v) la representación de los inversores; (vi) la administración de inversiones;
(vii) la colocación y distribución de cuotapartes de los fondos comunes de inversión bajo su administración y/o
bajo administración de otras sociedades gerentes; y (viii) en general, cuantos más actos y funciones competan a
las sociedades gerentes de fondos comunes de inversión bajo la Ley de FCI, la Ley de Mercados de Capitales, el
Decreto Reglamentario de FCI y las Normas de la CNV. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para
adquirir derechos y contraer obligaciones, ejerciendo todos los actos que no sean prohibidos por las leyes, o
reglamentos, o por este estatuto; Capital: $ 100.000.- representado por 100.000 acciones ordinarias, nominativas
no endosables, de $ 1 valor nominal cada una, con derecho a 1 voto por acción; Directorio: mínimo 3, máximo
9 titulares, pudiendo la Asamblea designar igual o menor número de suplentes, por 1 ejercicio; Composición:
Presidente: Matías López Figueroa, Vicepresidente: Hugo Nicolás Luis Bruzone, Director Titular: José María
Bazán, Director Suplente: Carlos Eduardo Lombardi, todos con domicilio especial en Ingeniero Enrique Butty 275,
piso 11°, C.A.B.A.; Fiscalización: A cargo de 3 síndicos titulares y 3 síndicos suplentes. Composición: Síndicos
Titulares: Carlos Ramón Solans Sebaral, Daniel Ricardo Muzzalupo y Maria Cristina Patricia Larrea. Síndicos
Suplentes: Marcelo Miguel Urdampilleta, Jorge Eduardo Scolaro y Sergio Ricardo Pez, todos con domicilio
especial en Reconquista 1088, piso 9°, CABA; Representación legal: Corresponde al Presidente del Directorio, y
al Vicepresidente en caso de ausencia o impedimento de aquel. En caso de ausencia o impedimento simultáneo
del Presidente y el Vicepresidente, el Directorio podrá autorizar la actuación de uno o más de sus directores
para el ejercicio de la representación legal por el tiempo que dure la ausencia o impedimento del Presidente y
Vicepresidente. Cierre de ejercicio: 31/12 de cada año. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 818 de fecha
12/06/2018 Reg. Nº 359
María Florencia Angélico - T°: 96 F°: 493 C.P.A.C.F.
e. 21/06/2018 N° 44078/18 v. 21/06/2018