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N° 44875/18 Aviso del Boletín Oficial

CARAT ARGENTINA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 22 de junio de 2018

Texto del aviso

CARAT ARGENTINA S.A.

(I.G.J N° 1.746.571) Comunica que por Asamblea Extraordinaria de Accionistas de fecha 15/06/2018, se resolvió

modificar el artículo 3° del estatuto social, el cual quedó redactado de la siguiente forma: “La Sociedad tiene por

objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros en cualquier parte de la República o en

el extranjero a las siguientes actividades: Publicidad: a) explotación de toda clase de actividades relacionadas

con la publicidad artística y comercial, incluyendo servicios de relaciones públicas, prensa, comercialización,

investigación de mercados, análisis estadísticos, cromolitografías y ramos afines y el planeamiento, ejecución o

difusión de campañas de publicidad mediante la utilización de todos los medios que sirvan al efecto; b) trabajos

de imprenta y de impresión de cualquier tipo o naturaleza, incluso fotografías y fono eléctricas, c) producción

de películas de cualquier clase; d) redacción de texto publicitarios; e) ejercer representaciones artísticas; f)

asesoramiento o ejecución de exposiciones, muestras, ferias, o stands en las mismas; g) edición de libros, folletos

o publicaciones de cualquier clase. Para el mejor cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá también importar,

exportar, financiar, fabricar o transportar toda clase de artículos y productos relacionados con la publicidad y

las actividades más arriba indicadas y aceptar representaciones y mandatos. De garantía: Otorgamiento, a título

gratuito u oneroso, de garantías, avales y/o fianzas personales y/o reales con el objetivo de afianzar obligaciones

propias y/o de terceros, exceptuándose las operaciones previstas en la ley de entidades financieras, y toda otra

que implique recurrir al ahorro público o que requiera autorización de funcionamiento como entidad financiera

sujeta a control estatal. La precedente enumeración es sólo meramente enunciativa al punto que la Sociedad

tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer actividades relacionadas

con el objeto social, siempre que las mismas no sean prohibidas por la ley o por este estatuto”. Autorizado según

instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 15/06/2018

jazmine daruich - T°: 93 F°: 609 C.P.A.C.F.

e. 22/06/2018 N° 44875/18 v. 22/06/2018