N° 44592/18 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO FEDERAL
Texto del aviso
JUZGADO FEDERAL
SECRETARÍA ELECTORAL - SANTA ROSA-LA PAMPA
El Juzgado Federal de Primera Instancia de Santa Rosa (La Pampa) con Competencia Electoral, a cargo –por
subrogancia- de la Dra. María Gabriela Marrón, ha resuelto ordenar la publicación de edicto, por un (1) día, en
el Boletín Oficial de la República Argentina, del Resolutorio de fecha 16/05/2018, recaído en Expte. N° FBB
10565/2015. En Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los 21 días del mes de junio del año 2.018.
Santa Rosa, 16 de mayo de 2.018.
AUTOS Y VISTOS:
La presente causa caratulada: “AGUILERA, MARCELO MIGUEL Y OTROS S/ NO CONCURRENCIA O ABANDONO
DE FUNCIONES ELECTORALES (ART. 132 CEN) ”, que tramita por ante este Juzgado Federal, Secretaría Electoral,
bajo el Nº FBB 10565/2015, y CONSIDERANDO QUE:
A fs. 5 el Ministerio Fiscal formuló requerimiento de instrucción para que se investigue la conducta de las autoridades
de mesa de votación informadas a fs. 1/3 por la Secretaría Electoral, quienes estarían -prima facie- incursos en el
delito previsto en el art. 132 del Código Electoral Nacional.
En consecuencia solicitó se cite a prestar declaración indagatoria a: ESTIGARRIA, Germán Miguel (MI: 31.577.256),
SORIA, Beatriz Esther (MI: 18.555.812), BERDASCO, Fabio Miguel (MI: 20.631.330), CAREGGIO, Javier Horacio
(MI: 22.074.647), LAVIN, Carlos Marcelo (MI: 12.014.647), SANTOS, Hernán Javier (MI: 30.781.879), MORALES,
Carina Vanesa (MI: 32.030.774), LUCHINO, Silvia Estela (MI: 27.844.785), MENSI, Cristian Manuel (MI: 31.192.874),
ALEM, Carlos Emilio (MI: 27.932.200), AYELEF, Rodrigo Javier (MI: 34.714.658), CESA, Juan Emilio (MI: 25.700.140),
DOMINGUEZ, Diana Carolina (MI: 25.074.001), IBAÑEZ, Ricardo Sebastián (MI: 30.738.726), LESCANO, Oscar G
(MI: 23.081.155), MENDEZ, Carina Lorena (MI: 27.932.156), MOYANO, Silvana Milena (MI: 21.812.775), GALLARDO,
Miguel Alejandro (MI: 26.327.475), RODRIGUEZ, Viviana Herminia (MI: 21.985.130), SOSA, Juana (MI: 26.257.302),
SALINAS ALDECO, Fátima (MI: 23.733.215), VELÁZQUEZ, Andrea (MI: 28.618.750), ÁLVAREZ, Pablo Daniel (MI:
24.517.230), GÓMEZ ARZANI, Luciana (MI: 32.046.669), SCHAAB, Juan Carlos (MI: 20.561.118) y AGUILERA,
Marcelo Miguel (MI: 21.638.195).
A fs. 6 el Tribunal dispuso la delegación al Ministerio Público Fiscal de las presentes actuaciones, a fin de que
intervenga en los términos del art. 196 del Código Procesal Penal de la Nación. Sin perjuicio de ello, y atento a lo
solicitado por el Sr. Fiscal Federal Subrogante, en fecha 30/09/2015 (fs. 6) se citó a prestar declaración indagatoria
a los nombrados en el párrafo anterior, por surgir de las constancias glosadas al sumario la probable comisión de
delito, existiendo sospecha sobre su participación.
A fs. 60, 69/70 y 75/76 prestaron declaración indagatoria los ciudadanos Fabio Miguel Berdasco, Cristian Emanuel
Mensi y Fátima Salinas Aldeco, respectivamente. El hecho imputado a todos ellos fue “no haberse presentado
el día 09/08/2015 a cumplir con las obligaciones inherentes al cargo de autoridad de mesa electoral –que había
aceptado en forma previa- para las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (P.A.S.O.), sin que
hubiere mediado o alegado justificación alguna al respecto”.
En su descargo Fabio Miguel Berdasco expresó que tiene un problema de cólicos renales. Que el sábado [08/08/15]
empezó con molestias y el domingo, a las 04 ó 05 de la madrugada, se despertó arqueado de dolor. Que al no
cesar los dolores concurrió al médico. Aportó un certificado médico que da cuenta de que fue atendido por cólicos
renales el día 09/08/2015.
Por su parte, Cristian Emanuel Mensi declaró que no se presentó como autoridad de mesa porque sufrió lumbalgia.
A fs. 70 obra la copia del certificado médico aportado, de fecha 08/08/15, en el que consta que fue asistido por
la facultativa Adriana Marsal, quien le indicó reposo por 72hs. por dicha afección y control médico de evolución.
A su turno, Fátima Salinas Aldeco explicó que hace años que sufre de hemorragias menstruales. Agregó que
el día 06 de agosto concurrió al médico y éste le recomendó hacer reposo hasta el día 10 del mismo mes.
Que normalmente estas situaciones la inhabilitan por más de una semana, y a veces es tan fuerte que ninguna
medicación la calma. Afirmó que físicamente estaba impedida de permanecer en la mesa de votación ese día, ya
que hay que presentarse antes de las 8 de la mañana y las mesas terminaron a las 12 de la noche. Y que si bien
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concurrió a votar, sufrió dolores pero los pudo tolerar, ya que el tiempo de la votación le llevó una hora; pero no
podía estar todo el día sentada por las hemorragias, eran muchas horas, y que además de la incomodidad de la
situación, no se puede dejar la mesa constantemente para ir al baño. Aportó certificado médico, que da cuenta de
la atención recibida y la prescripción de reposo hasta el día 10/08/15, agregando que concurrió oportunamente a
la Comisaría a presentar el certificado médico pero la policía no se lo quiso recibir porque no podía poner a nadie
en su reemplazo.
De lo expuesto resulta evidente que los imputados Berdasco, Mensi y Salinas Aldeco se vieron impedidos de
acudir a las respectivas mesas de votación para cumplir con la función encomendada, a raíz de las afecciones de
salud expuestas y acreditadas en autos, por lo que corresponde disponer el sobreseimiento de los nombrados
por aplicación del art. 336, inc. 3º del Código Procesal Penal de la Nación, ya que al carecer sus conductas del
elemento subjetivo del dolo, tal accionar no constituye delito.
En relación al resto de los imputados en autos, a fs. 71 el actuario dejó constancia de que los días 10/03, 16/03,
17/03 y 23/03 de 2016 se presentaron a prestar declaración indagatoria los imputados Estigarria, Soria, Lavin,
Santos, Morales, Luchino, Ayelef y Cesa, a quienes se los puso en conocimiento de que al encontrarse el Sr.
Juez a cargo del Juzgado en otra Jurisdicción, sería imposible llevar a cabo el acto para el cual fueron citados,
y que se reprogramaría la fecha de indagatoria y oportunamente serían citados. Asimismo, en cumplimiento de
lo ordenado verbalmente por V.S., el actuario se comunicó con las Comisarías de 25 de Mayo, Toay, y General
Acha a fin de que se dejen sin efecto las notificaciones ordenadas respecto de los imputados Domínguez, Ibáñez,
Moyano, Gallardo, Rodríguez, Sosa, Álvarez, Gómez, Arzani, Schaab y Aguilera, atento a que se reprogramaría la
fecha oportunamente prevista. Y a fs. 73 consta que la imputada Juana Sosa se presentó a prestar declaración
indagatoria, pero la audiencia fue suspendida por encontrarse S.Sa. en otra Jurisdicción, informándosele que se
reprogramaría la fecha de la indagatoria.
A fs. 124/149 el Registro Nacional de Reincidencia informó que no surgen antecedentes penales que comunicar
respecto de los imputados en autos, a excepción de Fabio Miguel Berdasco, de quien se informó que registra
procesamiento –sin prisión preventiva- de fecha 20/11/2002 por el delito de falsificación de documento público,
reiterado en 6 oportunidades (arts. 292 y 55 del C.P.) y procesamiento con prisión preventiva de fecha 30/09/1997
por el delito de falsificación de documento público y falsificación de sellos (arts. 292 y 288 del C.P.), en concurso
real (fs. 148/149).
Tal como han sido descriptas las conductas reprochadas a los imputados, acaecidas el 09/08/2015, encuadran en
el artículo 132 del Código Electoral Nacional, respecto del cual la pena máxima privativa de libertad en expectativa
es de 2 años.
Ahora bien, los únicos actos verificados en autos con aptitud para interrumpir el curso de la prescripción respecto
de la totalidad de los imputados en autos lo constituye el primer llamado a prestar declaración indagatoria, que
se efectuó en fecha 30/09/2015; de lo que se sigue que la acción penal prescribió el día 30/09/2017, por lo que
corresponde así declararlo y sobreseer a los imputados Germán Miguel Estigarria, Beatríz Esther Soria, Javier
Horacio Careggio, Carlos Marcelo Lavin, Hernán Horacio Santos, Carina Vanessa Morales, Silvia Estela Luchino,
Carlos Emilio Alem, Rodrigo Javier Ayelef, Juan Emilio Cesa, Diana Carolina Domínguez, Ricardo Sebastián Ibáñez,
Oscar Guismar Lescano, Carina Lorena Méndez, Silvana Milena Moyano, Miguel Alejandro Gallardo, Viviana
Herminia Rodríguez, Juana Sosa, Andrea Velázquez, Pablo Daniel Álvarez, Luciana Gómez Arzani, Juan Carlos
Schaab y Marcelo Aguilera, por aplicación del art. 336, inc. 1° del Código Procesal Penal de la Nación.
Mediante dictamen obrante a fs. 152/152vta., el Ministerio Público Fiscal propuso que los imputados indagados en
autos sean sobreseídos en virtud de que el delito reprochado no se configuró, por cuanto en sus descargo, todos
ellos dieron causales válidas de exculpación, conforme a lo expresamente establecido por la normativa vigente
(pto. 1). Asimismo, y con relación al resto de los imputados, sostuvo que procede declarar extinguida la acción
penal por prescripción (cf. art. 59, inc. 3° y 62, inc. 2° del CP), y en consecuencia dictar su sobreseimiento (pto. 2).
Por lo expuesto, y en un todo de acuerdo con lo dictaminado por el Ministerio Público Fiscal,
RESUELVO:
1°) SOBRESEER a Fabio Miguel Berdasco, argentino, D.N.I. n° 20.631.330, de estado civil: casado, de ocupación:
maestro de taller en informática, nacido en Eduardo Castéx (L.P.) el 07/02/1969, domiciliado en calle 34 bis n° 134
Norte, de General Pico (L.P.), hijo de Miguel (F) y de Blanca Ester Saoretti; a Cristian Emanuel Mensi, argentino,
D.N.I. n° 31.192.874, de sobrenombre ‘chichón’, de estado civil soltero, de ocupación: peón rural, nacido en General
Pico (L.P.) el 09/02/1985, domiciliado en calle 7, casa n° 189 de la localidad de Victorica (L.P.), hijo de Luis Mateo
y de Daniela Alejandra Martínez; y a Fátima Salinas Aldeco, argentina, D.N.I. n° 23.733.215, de estado civil soltera,
de ocupación: docente, nacida en Posito, Provincia de San Juan el 09/06/1974, con domicilio en calle Uriburu
n° 62 de la localidad de 25 de Mayo (L.P.), hija de Manuel Alberto y de Laura Irinea Aldeco, ambos jubilados; en
orden a los hechos que oportunamente les fueron imputados en autos (“no haberse presentado el día 09/08/2015
a cumplir con las obligaciones inherentes al cargo de autoridad de mesa electoral –que había aceptado en forma
previa- para las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (P.A.S.O.), sin que hubiere mediado o
alegado justificación alguna al respecto”-art. 132 del C.E.N.-) por aplicación de lo dispuesto en el art. 336, inc.
3º del Código Procesal Penal de la Nación, ya que al carecer sus conductas del elemento subjetivo del dolo, tal
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accionar no constituye delito; dejando expresa constancia de que la formación del presente sumario no afecta el
buen nombre y honor de que los mismos hubieren gozado.
2°) DECLARAR EXTINGUIDA la acción penal por PRESCRIPCIÓN en relación a: Germán Miguel Estigarria, MI:
31.577.256, argentino, de ocupación: empleado, nacido en General Pico, Provincia de La Pampa el 05/07/1985,
con domicilio en calle 25 n° 2165 de la localidad de General Pico (L.P.), hijo de Carlos Omar –empleado- y de
Liliana Irene Moreno –empleada-; Beatriz Esther Soria, MI: 18.555.812, argentina, nacida en La Plata, Provincia
de Buenos Aires el 12/08/1967, con domicilio en calle 15 n° 1510 de la localidad de General Pico (L.P.), hija de
Julio Francisco y de Ester Lujan Lozano, ambos jubilados; Javier Horacio Careggio, MI: 22.074.647, argentino, de
profesión: arquitecto, nacido en General Pico, Provincia de La Pampa el 01/07/1971, con domicilio en calle 7 n° 540
de la localidad de General Pico (L.P.), hijo de Ricardo Horacio –comerciante- y de Nilda Isolina Neveu –jubilada-;
Carlos Marcelo Lavin, MI: 12.014.647, argentino, de ocupación: administrativo, nacido en Lincoln, Provincia de
Buenos Aires el 14/03/1958, con domicilio en calle 20 n° 425 de la localidad de General Pico (L.P.), hijo de Paulino
Rafael (F) y de Eladia Emilia Martínez; Hernán Javier Santos, MI: 30.781.879, argentino, nacido en General Pico,
Provincia de La Pampa, el 27/05/1984, con domicilio en calle 104 n° 1165 de la localidad de General Pico (L.P.), hijo
de Ernesto –albañil- y de Olga Susana Paredes –ama de casa-; Carina Vanesa Morales, MI: 32.030.774, argentina,
de ocupación: ama de casa, nacida en: Emilio Mitre, Provincia de La Pampa el 16/04/1991, con domicilio en Zona
Rural, Sección XVIII, Lote 14, de la localidad de Emilio Mitre (L.P.), hija de Oscar Manuel -agro-ganadero- y de
Susana Beatriz Montiel –ama de casa-; Silvia Estela Luchino, MI: 27.844.785, argentina de ocupación: comerciante,
nacida en: Eduardo Castex, Provincia de La Pampa el 20/05/1980, con domicilio en Italia n° 813 de dicha localidad
(L.P.), hija de Bartolome –metalúrgico- y de Edis María Sibona (F); Carlos Emilio Alem, MI: 27.932.200, argentino,
de ocupación: comerciante, nacido en 25 de Mayo, Provincia de La Pampa el 01/09/1980, con domicilio en General
Pico N° 709 de dicha localidad (L.P.), hijo de Héctor Oscar y de María Magdalena Eisele, (F); Rodrigo Javier
Ayelef, MI: 34.714.658, argentino, nacido en San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro el 27/10/1989, con
domicilio en P. Pobladores n° 824 de la localidad de Cipolletti (Río Negro), hijo de Filomena (F); Juan Emilio Cesa,
MI: 25.700.140, argentino, de profesión: docente, nacido en General Acha, Provincia de Provincia de La Pampa el
14/02/1977, con domicilio en Telén N° 274 de la localidad de 25 de Mayo (L.P.), hijo de Julián Juan (F) y de María
Dolores Ochoa –ama de casa-; Diana Carolina Domínguez, MI: 25.074.001, argentina, de profesión: kinesióloga,
nacida en 25 de Mayo, Provincia de La Pampa el 25/10/1975, con domicilio en General Pico N° 709 de la localidad
de General Acha (L.P.), hija de Luis y de Josefina Pardo (F); Ricardo Sebastián Ibáñez, MI: 30.738.726, argentino,
de profesión: docente, nacido en Rancul, Provincia de La Pampa, el 10/02/1984, con domicilio en Winifreda N° 219
de la localidad de 25 de Mayo (L.P.), hijo de Carlos Angel (F) y de Celia Molina –ama de casa-; Oscar Guismar
Lescano, MI: 23.081.155, argentino, de profesión: docente, nacido en General Pico, Provincia de La Pampa, el
05/03/1973, con domicilio en Trenel N° 116 c. 46 de la localidad de 25 de Mayo (L.P.), hijo de Guismar (F) y de
Aida Edith Ingaramo (F); Carina Lorena Méndez, MI: 27.932.156, argentina, de profesión: docente, nacida en 25
de Mayo, Provincia de La Pampa el 10/05/1980, con domicilio en Sarmiento N° 510 de la localidad de General
Campos (L.P.), hija de Osvaldo Enrique –jubilado- y de Susana Mabel Acuña, -empleada-; Silvana Milena Moyano,
MI: 21.812.775, argentina, de profesión: docente, nacida en San Rafael, Provincia de Mendoza el 23/09/1970, con
domicilio en Teodoro Mulera s/n de la localidad de 25 de Mayo (L.P.), hija de Aurelio y de Teresa Benita Aranda,
ambos jubilados; Miguel Alejandro Gallardo, MI: 26.327.475, argentino, de oficio: cocinero, nacido en General
Pico, Provincia de La Pampa el 16/01/1978, con domicilio en Toay N° 451 dpto. 4° de la localidad de 25 de Mayo
(L.P.), hijo de Bienvenido (F) y de Nilda Haydee Lascalea –empleada-; Viviana Herminia Rodríguez, MI: 21.985.130,
argentina, de ocupación: secretaria, nacida en General Alvear, Provincia de Mendoza el 03/01/1971, con domicilio
en Ingeniero Luiggi n° 361 de la localidad de 25 de Mayo (L.P.), hija de Osvaldo David –jubilado- y de Edith Susana
Panelo –ama de casa-; Juana Sosa, MI: 26.257.302, argentina, de ocupación: ama de casa, nacida en 25 de Mayo,
Provincia de La Pampa el 04/09/1977, con domicilio en calle Puelén n° 465 de la localidad de 25 de Mayo (L.P.),
hija de Eva Sosa –jubilada-; Andrea Siria Velásquez, MI: 28.618.750, argentina, de ocupación: comerciante, nacida
en Ingeniero Luiggi, Provincia de La Pampa el 13/06/1981, con domicilio en Juan José Paso n° 380 de la localidad
de Ingeniero Luiggi (L.P.), hija de Raúl Alberto –empleado- y de Norma Esther Vargas –ama de casa-; Pablo Daniel
Álvarez, MI: 24.517.230, argentino, de oficio: maestro mayor de obras, nacido en Santa Rosa, Provincia de La
Pampa el 14/03/1975, con domicilio en Benteveo 6225 de la localidad de Toay (L.P.), hijo de Miguel Arturo y de María
Cristina Payo –ama de casa-; Luciana Gómez Arzani, MI: 32.046.669, argentina, de profesión: docente, nacida en
Santa Rosa, Provincia de La Pampa, el 11/10/1986, con domicilio en Pje. Santa Cruz n° 755 de la localidad de
Toay (L.P.), hija de Abel Horacio Gómez –empleado- y de Mariana Arzani; Juan Carlos Schaab, MI: 20.561.118,
argentino, de ocupación: empleado, nacido en Santa Rosa, Provincia de La Pampa el 30/04/1969, con domicilio
en Gallareta n° 200 de la localidad de Toay (L.P.), hijo de Juan y de Marta Esther Puntang, ambos jubilados; y
Marcelo Miguel Aguilera, MI: 21.638.195, argentino, de ocupación: comerciante, nacido en General Acha, Provincia
de La Pampa el 15/01/1971, con domicilio en calle Don Bosco n° 354 de la localidad de General Acha (L.P.), hijo de
Miguel Dionisio –jubilado- y de Delia Elva Lezcano –ama de casa-; y en consecuencia, SOBRESEERLOS en orden
al delito de no concurrencia o abandono de funciones electorales –en relación a las elecciones P.A.S.O. celebradas
el 09/08/2015- (art. 132 del Código Electoral Nacional), por aplicación de lo dispuesto en el artículo 336 inc. 1º del
Cód. Procesal Penal de la Nación.
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.896 - Segunda Sección 74 Viernes 22 de junio de 2018
Regístrese, notifíquese –eventualmente líbrese edicto por un día-, comuníquese y oportunamente archívese.
Fdo.: María Gabriela Marrón -Jueza Federal Subrogante-. Ante mí: Brenda Wernicke -Secretaria Electoral (temp.)
-. María Gabriela Marrón Juez - Brenda Wernicke Secretaria Electoral (T.)
e. 22/06/2018 N° 44592/18 v. 22/06/2018