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N° 44007/18 Aviso del Boletín Oficial

NECTA VENDING SOLUTIONS S.A. Y SAGA COFFEE ARGENTINA S.A.

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES viernes, 22 de junio de 2018

Texto del aviso

NECTA VENDING SOLUTIONS S.A. Y SAGA COFFEE ARGENTINA S.A.

De acuerdo a lo dispuesto por el art. 83 inc. 3° de la ley 19.550 hace saber lo siguiente: (A) la fusión celebrada entre

“NECTA VENDING SOLUTIONS S.A.” con sede social en Segurola 1837, CABA, inscripta en la IGJ el 14/09/1999 bajo

el N° 13441, libro 6, Tomo – de Sociedades por Acciones (Sociedad Incorporante que mantiene su denominación

y sede social) y “SAGA COFFEE ARGENTINA S.A.”, con sede social en Vedia 3892, CABA, inscripta en la IGJ el

25/01/1994 bajo el N° 712, libro 114, Tomo A de Sociedades por Acciones (Sociedad Incorporada que se disuelve

sin liquidarse). (B) NECTA VENDING SOLUTIONS S.A. como consecuencia de la fusión aumenta su capital social

de la suma de $ 6.235.054 a la suma de $ 6.735.054. (C) Valuación del activo de la Sociedad Incorporante al

31/12/2017: $ 63.694.845; Valuación del pasivo de la Sociedad Incorporante al 31/12/2017: $ 24.295.494. Valuación

del activo de la Sociedad Incorporada al 31/12/2017: $ 36.278.648. Valuación del pasivo de la Sociedad Incorporada

al 31/12/2017: $ 8.582.987. (D) El Compromiso Previo de Fusión se celebró el 28/02/2018 y las asambleas de

accionistas que lo aprobaron se celebraron el 28/03/2018. La fusión se efectúa en base a los Balances Especiales

al 31/12/2017. A partir de la fecha del Acuerdo Definitivo de Fusión la administración y representación de la Sociedad

Incorporada estará a cargo de los administradores de Sociedad Incorporante. Las oposiciones de Ley podrán ser

efectuadas de lunes a viernes en el horario de 10,00 hs. a 12,00 hs. y de 15,00 hs. a 17,00 hs. en la sede social de la

Sociedad Incorporante, indicada precedentemente. Autorizado según instrumento privado Asambleas Generales

Ordinarias y Extraordinarias de ambas sociedades de fecha 28/03/2018

Marcelo Pablo Domínguez - T°: 33 F°: 988 C.P.A.C.F.

e. 21/06/2018 N° 44007/18 v. 25/06/2018