N° 44901/18 Aviso del Boletín Oficial
ANSAL REFRIGERACION S.A.
Texto del aviso
ANSAL REFRIGERACION S.A.
Se hace saber por un día que por Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria del 11/10/2017, ANSAL
REFRIGERACION S.A, resolvió la nueva redacción de los artículo 9º, 10º, 11º y 12º del estatuto social. Quedando
redactado el Estatuto Social de la siguiente forma: “Art. 9. La Administración de la sociedad está a cargo de un
directorio compuesto por el número de miembros que fije la asamblea entre un mínimo de dos y un máximo de diez,
con mandato por 3 años. La Asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el
mismo plazo a fin de llenar las vacantes que se produzcan en el orden de elección. Los directores en su primera
sesión deben asignar un Presidente y un Vicepresidente, este último reemplaza al primero en caso de ausencia
o impedimento. El directorio funciona con la presencia de la mayoría de sus miembros y resuelve por mayoría
absoluta de votos presentes; en caso de empate desempatara el Presidente la votación”.“Art. 10. Los Directores
deberán prestar a la sociedad una garantía por el correcto desempeño de su mandato que podrá consistir en
bonos, títulos públicos o sumas en moneda nacional o extranjera depositados en entidades financieras o cajas
de valores, a la orden de la sociedad, o en fianzas, avales bancarios, seguros de caución o de responsabilidad
civil a favor de la misma. El monto de la garantía será igual para todos los Directores, no pudiendo ser inferior
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.897 - Segunda Sección 3 Lunes 25 de junio de 2018
al sesenta por ciento (60%) del monto del capital social en forma conjunta entre todos los titulares designados.
Asimismo, el monto de la garantía no podrá ser inferior a la suma de (DIEZ MIL PESOS) $ 10.000, ni superior a
la suma de (CINCUENTA MIL PESOS) $ 50.000, por cada director. Dicho monto en garantía será actualizado de
acuerdo a lo que disponga el órgano de control.” “Art. 11. El Directorio tiene todas las facultades para administrar y
disponer de los bienes, incluso aquellas por las cuales la ley requiere poderes especiales, conforme al artículo 375
del Código Civil y Comercial de la Nación y el artículo noveno del Decreto Ley 5965/63. Puede en consecuencia
celebrar en nombre de la sociedad, toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social,
entre ellos, operar con los bancos de la Nación Argentina, de la Provincia de Buenos Aires, Hipotecario Nacional,
compañías financieras, y demás instituciones de crédito oficiales o privadas, establecer agencias, sucursales u
otra especie de representación dentro o fuera del país; otorgar a una o más personas poderes judiciales, inclusive
para querellar criminalmente, o extrajudiciales, con el objeto y extensión que juzgue conveniente. La representación
legal de la sociedad corresponde al Presidente. Este Estatuto autoriza además la actuación de dos de los otros
directores que actuaran en forma conjunta para la representación de la sociedad. El presidente y los directores
referidos quedan sujetos al régimen del artículo 58 de la Ley General de Sociedades 19.550 y modificatorias. El
directorio podrá otorgar mandatos para representar a la sociedad, ya sea ante instituciones públicas o privadas,
entidades financieras, y/o para representar a la sociedad en acciones judiciales en las que la sociedad sea actora
o demandad y también para querellar penalmente, a una o más personas para que actúen en forma individual
o conjunta, según determine en cada caso y de acuerdo al mandato otorgado por la sociedad.” “Art. 12. La
sociedad prescinde de sindicatura según lo establece el artículo 284 de la Ley General de Sociedades 19.550 y
sus modificatorias. Cuando por aumento del Capital Social resultaré excedido el monto establecido por el artículo
299 de la mencionada Ley, la misma Asamblea que lo resolviere deberá designar un Sindico Titular y un Sindico
Suplente, con mandato por un ejercicio, sin que sea necesario para ello reformar el Estatuto Social.” Autorizado
según instrumento privado acta de asamblea de fecha 11/10/2017
Esteban Cristi - T°: 144 F°: 243 C.P.C.E.C.A.B.A.
e. 25/06/2018 N° 44901/18 v. 25/06/2018