W20 Argentina W20Argentina

N° 45510/18 Aviso del Boletín Oficial

ALTAMAREA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 26 de junio de 2018

Texto del aviso

ALTAMAREA S.A.

Por Acta de Asamblea del 26/03/2018: 1°) Se aumentó el capital social a $ 4.000.000 reformandose el Art. 4° del

Estatuto Social y se amplio el Objeto Social reformandose el Art. 3° del Estatuto Social:”La Sociedad tiene por objeto:

INMOBILIARIA: Mediante la compra, venta, administración, explotación, arrendamiento, y loteos de inmuebles

urbanos o rurales, propios o ajenos, incluso bajo el régimen de propiedad horizontal. FINANCIERA: Mediante el

aporte de o inversión de capital que efectué en actividades de terceros o en sociedades constituidas o a constituirse

o para préstamos destinados a operaciones de cualquier tipo. Dar o tomar dinero en préstamo con garantía real o

sin ella y otorgar fianzas y avales. La Sociedad no podrá formar parte sino de sociedades por acciones. Quedan

exceptuadas las operaciones comprendidas en la ley 21.526 o cualquiera que requiera el concurso de ahorro

público; CONSTRUCTORA: compra, venta, construcción de edificios por el régimen de propiedad horizontal, la

construcción y compraventa de todo tipo de inmuebles. La sociedad tendrá por objeto la realización de proyectos,

dirección, supervisión y asistencia técnica para la ejecución y la construcción de todo tipo de obras, públicas o

privadas, sea a través de contrataciones directas o de licitaciones, para la construcción de viviendas, puentes,

caminos y cualquier otro trabajo relacionado a la ingeniería o arquitectura; asimismo, corresponde al objeto social

la intermediación en la compraventa, administración y explotación de bienes inmuebles propios o de terceros y

de mandatos. Cuando la actividad lo requiera, la sociedad contratará profesionales con título habilitante en la

materia que corresponda. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer

obligaciones y realizar todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato”. Autorizado según

instrumento público Esc. Nº 39 de fecha 21/06/2018 Reg. Nº 1266

Maria Eugenia Besozzi Quiroga - T°: 88 F°: 465 C.P.A.C.F.

e. 26/06/2018 N° 45510/18 v. 26/06/2018