N° 43499/18 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10
SECRETARÍA NRO. 100
Juzgado Nac. de Prim. Inst. Comercial Nº 10, a cargo de la Dra. María del Milagro Paz Posse, Secretaría 100 del
Dr. Federico Bargalló, sito en Av. Callao Nº 635 p.b. Capital Federal comunica por 2 días en autos “GOROSTIETA,
José Alberto c/ VILLA ADELINA S.A.C.I. F.I.A.M. s/ Ejecutivo”, Expte. 53177/ 2008, que el Martillero Guillermo Jorge
Riguera (tel. 11-5616-9580) rematará el 12 de julio de 2018, a las 11,15hs. en Dirección de Subastas Judiciales de
calle Jean Jaures 545 de Capital Federal, el inmueble según Nomenc. Catastral: Circunsc. VI, Sección L, Quinta
10, Parcela 21, Partida Inmobiliaria 25889-1, Partido de Coronel Brandsen, Provincia de Buenos Aires, en barrio
semi-cerrado Los Bosquecitos, Ruta Provincial 215 kmt 39,500, calle Santa Ana e/ San Jorge y Los Indios, mide
40mts. de frente x 80mts. de fondo, Superficie 3.200mts2, inscripto en la Matrícula 3849. Con arboleda añosa.
Desocupado. Expensas voluntarias. Condiciones de venta: ad corpus, al contado y mejor postor. Base: $ 365.000.
Seña: 30%, Comisión: 3%, Arancel: 0,25%. Sellado de Ley: 1,2%. Deudas: ARBA fs. 169 $ 2.243,20 al 11-09-14,
Municipal a fs. 128 $ 1.790,63 al 20-05-14. Saldo de precio dentro del 5º día de aprobada la subasta sin necesidad
de notificación ni intimación b/ apercib. del art. 580 CPCC. El comprador indicará dentro del tercer día del remate
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.900 - Segunda Sección 40 Jueves 28 de junio de 2018
el nombre del eventual comitente conf. art. 571 mismo código. De corresponder pago del IVA será solventado por
el comprador. En caso de incomparecencia del adquirente citado quedará fictamente entregada la posesión en la
fecha programada dentro de 30 días siguientes del saldo de precio. La escrituración se cumplirá por el escribano
que el adquirente proponga, en tanto venta al contado. En caso que el ejecutado no revista carácter de inscripto en
impuesto a las ganancias deberá abonarse Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ley 23.905); no se autorizará
el retiro de fondos, ni el libramiento de testimonio u otra pieza para la inscripción, hasta tanto no se haya abonado
el impuesto o el Tribunal decida que la venta no se encuentra alcanzada por esa gabela. Visitar 10 y 11 de julio de
14 a 16hs. o libremente. Buenos Aires, 15 de junio de 2018.
Maria del Milagro Paz Posse Juez - Federico Bargallo secretario
e. 27/06/2018 N° 43499/18 v. 28/06/2018