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N° 46380/18 Aviso del Boletín Oficial

ACINDAR PYMES S.G.R.

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES viernes, 29 de junio de 2018

Texto del aviso

ACINDAR PYMES S.G.R.

Acindar Pymes S.G.R. comunica a los señores accionistas de la Sociedad que, a partir del día 24 de julio de

2018 se abonará a los Sres. accionistas dividendos resultantes de la distribución del resultado del Ejercicio

Económico finalizado el 31 de diciembre de 2017, conforme fuera aprobado por la Asamblea General Ordinaria y

Extraordinaria de accionistas de Acindar Pymes S.G.R. celebrada el pasado 25 de abril de 2018 al tratar el punto

9º del Orden del Día. Los dividendos a distribuir corresponden al ejercicio social comprendido entre el 01/01/2017

y el 31/12/2017 y serán percibidos por todos los accionistas de la Sociedad a saber: Para los Socios Protectores la

suma de $ 19.974.406 (Pesos Diecinueve Millones Novecientos Setenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Seis) y para los

Socios Partícipes $ 9.987.203 (Pesos Nueve Millones Novecientos Ochenta y Siete Mil Doscientos Tres); debiendo

aportarse al Fondo de Riesgo la suma de $ 9.987.203 (Pesos Nueve Millones Novecientos Ochenta y Siete Mil

Doscientos Tres) conforme lo dispuesto por el art. 53 de la ley N° 24.467. El pago se realizará por transferencia

bancaria y para acceder al cobro deberán informar fehacientemente y con al menos 10 días hábiles de anticipación

a la fecha de pago, a través del representante legal o apoderado con justificación de la personería, en el domicilio

de la sociedad de Av. Belgrano 367 Piso 4 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los siguientes datos: Titular

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.901 - Segunda Sección 32 Viernes 29 de junio de 2018

de la cuenta, Número y Tipo de Cuenta, Nombre del Banco, Número de CBU, CUIT del Titular (debe ser el del

accionista de Acindar Pymes SGR) y a todo evento los datos de contacto del representante/apoderado. Autorizado

según instrumento privado Acta de Consejo de Adminsitración de fecha 25/04/2018

Martin Gualino - T°: 130 F°: 837 C.P.A.C.F.

e. 29/06/2018 N° 46380/18 v. 29/06/2018