N° 46308/18 Aviso del Boletín Oficial
PROVINCIA MICROEMPRESAS S.A.
Texto del aviso
PROVINCIA MICROEMPRESAS S.A.
Por Acta de Asamblea Ordinaria Unánime Nº 24 del 25.04.2018 se resolvió modificar los artículos 3 y 4 del estatuto
social, cuya nueva redacción se trascribe a continuación: “ARTÍCULO 3°) La sociedad tiene por objeto prestar
“I.- Servicios financieros a personas físicas o grupos asociativos de personas físicas, de bajos recursos, que
desarrollen actividades por cuenta propia, no vinculadas a la entidad financiera. Entre las actividades dirigidas
al cumplimiento del objeto, y a título ejemplificativo y no taxativo, se destaca que la sociedad podrá realizar en
el marco de la Ley de Entidades Financieras y las disposiciones reglamentarias dictadas por el Banco Central
de la República Argentina (BCRA): a) el otorgamiento de préstamos para microemprendedores con destino a
personas humanas para atender necesidades vinculadas con la actividad productiva, comercial y de servicios,
y financiaciones destinadas al mejoramiento de la vivienda única y de habitación familiar, en los que se utilicen
metodologías específicas para la evaluación previa, otorgamiento y seguimiento de la asistencia financiera; b)
capacitación, asistencia técnica y seguimiento que resulten necesarios para llevar a cabo sus actividades; c)
complementariamente, en la medida que se cuente con margen disponible de financiación, y observando los
límites fijado por BCRA, otorgar al microemprendedor créditos para la adquisición de bienes o servicios para
consumo. Para el otorgamiento de las financiaciones, la sociedad podrá actuar con fondos propios, con fondos
obtenidos de créditos y/o donaciones y/u otros tipos de aportes y/o actuar como agente originador de préstamos
por cuenta de la entidad financiera partícipe o de otra/s del sistema financiero. d) presar asesoría en la búsqueda
de fuentes de financiamiento y garantías para personas humanas y grupos asociativos de personas humanas del
sector microemprendedor, e) reestructuración de pasivos, f) análisis de la oferta existente y de las condiciones
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.901 - Segunda Sección 8 Viernes 29 de junio de 2018
de los servicios financieros para el sector; g) prestar servicios de procesamiento administrativo y técnico de las
solicitudes presentadas por personas humanas o grupos asociativos de personas humanas del sector aludido:
h) prestar asesoría para la calificación y evaluación del riesgo crediticio de los aludidos microemprendedores; i)
efectuar diseño y presentación de productos financieros dirigidos al citado sector; j) preparar, diseñar e implementar
procedimientos de recupero prejudicial y/o judicial de créditos morosos; k) diseñar y prestar asesoría y apoyo a los
programas de capacitación dirigidos a dicho sector; l) diseñar, preparar e implementar programas de seguimiento
de créditos otorgados a microemprendedores; ll) realizar directamente o encargar a terceros, la realización de
estudios destinados a conocer el comportamiento y desarrollo de dicho sector; m) estudiar la situación y evolución
de clientes del aludido segmento; n) apoyar la inserción al mercado y a los servicios bancarios y financieros de
los microemprendedores mencionados; ñ) en general, realizar todos aquellos actos, actividades, operaciones y
servicios que tiendan directa o indirectamente, al cumplimiento del objeto social. II.- Actuar como agente promotor
de tarjetas de crédito y otros productos y/o servicios de entidades financieras. Se admitirá la verificación de las
operaciones de la Sociedad con el alcance previsto en la Ley de Entidades Financieras. Las modificaciones al
objeto social deberán ser informadas a la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias”. “ARTICULO
4°) Capital: el capital social se fija en la suma de doscientos veintitrés millones quinientos mil pesos ($ 223.500.000)
y será representado por doscientas veintitrés millones quinientos mil acciones ordinarias de $ 1 de valor nominal
cada una. Las acciones que se emitan tendrán las características indicadas en el artículo quinto. El Capital social
puede ser aumentado por asamblea ordinaria sin límite y sin necesidad de modificar el estatuto en los términos
del artículo 188, segunda parte y 234, inc. 4° de la ley de sociedades 19.550”. Por acta de Asamblea Ordinaria
Unánime N° 25 del 25.04.2018 se resolvió elegir al Sr. Juan Ernesto Curutchet como Presidente y Director titular
de la Sociedad, al Sr. Mariano Nicolás Darduin como Vicepresidente y director titular de la Sociedad; a los Sres.
Valeria Flaviani, Pablo Rodríguez de la Torre, Alfredo Castellari y Juan José Ochoa como directores titulares de
la Sociedad; todos ellos por el término de tres ejercicios y a los Sres. Marcelo Mario Lew Deveali y Guillermo
Héctor Bolado como directores suplentes. A los fines del art. 256 de la Ley General de Sociedades, los directores
designados constituyeron domicilio especial en San Martín 108, piso 14º, CABA. Autorizado según instrumento
privado Acta de Asamblea general ordinaria de fecha 25/04/2018
LUCIA LOPEZ LAXAGUE - T°: 117 F°: 34 C.P.A.C.F.
e. 29/06/2018 N° 46308/18 v. 29/06/2018