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N° 17689/2016 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10

Edictos Judiciales lunes, 2 de julio de 2018

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 10

SECRETARÍA NRO. 19

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 10, a cargo del Dr. Héctor Osvaldo Chomer, Secretaría

Nº 19, a cargo del Suscripto, sito en Callao 635 P.B, C.A.B.A., comunica por cinco días que con fecha 15.06.2018

se ha decretado la quiebra de SILVIA VIVIANA GUERSCHUNY (CUIT 27-18321473-5), en la cual ha sido designado

síndico el contador EZEQUIEL GONZALEZ ECHEVERRIA con domicilio constituido en Av. Corrientes 316, piso

5° C.A.B.A., ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes

justificativos de sus créditos hasta el día 03.09.2018 (L.C: 32) en el horario de 12 a 18 hs. El informe individual del

síndico deberá presentarse el día 16.10.2018, y el general el día 29.11.2018 (art. 35 y 39 de la citada ley). Intímese al

fallido y a terceros para que pongan a disposición del síndico la totalidad de los bienes del deudor en la forma que

sea más apta para que el funcionario concursal tome inmediata y segura posesión de los mismos. A los efectos de

la realización de bienes déjese constancia que no se realizarán más citaciones que la edictal y que se procederá a

la venta en los términos de la L.C.: 217,1, realizándose el patrimonio con inmediata distribución de los fondos entre

los acreedores verificados, sin perjuicio de las reservas para los insinuados. Decrétase la inhabilitación definitiva

de la fallida y la de sus integrantes por el plazo de un año contado desde la fecha del decreto de quiebra (art. 234

a 238 de la ley 24.522). Prohíbase a los terceros hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. El presente se

libra en los autos caratulados: “Guerschuny, Silvia Viviana s/ quiebra” (Expte. N° 17689/2016). Buenos Aires, 22 de

junio de 2018.- LEANDRO G. SCIOTTI - SECRETARIO HECTOR OSVALDO CHOMER Juez - LEANDRO G. SCIOTTI

SECRETARIO

e. 26/06/2018 N° 45076/18 v. 02/07/2018