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N° 48847/18 Aviso del Boletín Oficial

MICRO MICA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS martes, 10 de julio de 2018

Texto del aviso

MICRO MICA S.A.

En asamblea del 13/4/18 se resolvió modificar contrato social: 1) art. 3, objeto social, queda redactado “ARTÍCULO

3: El objeto de la Sociedad será llevar a cabo por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, tanto en la

República Argentina como en el exterior, las siguientes actividades: a) Constructora: Dirección, administración y

ejecución de proyectos y obras civiles, para la construcción, refacción o demolición de urbanizaciones, pavimentos

y edificios, en todo tipo de inmuebles, urbanos o rurales, incluso destinados al régimen de Propiedad Horizontal y

Conjuntos Inmobiliarios, ya sean públicos o privados.- b) Inmobiliaria: comprar, vender, locar, o de cualquier modo

adquirir, transmitir, y/o administrar bienes inmuebles; propios o ajenos; urbanos o rurales.- c) Fiduciarias: actuar

y contratar como fiduciante, o fiduciaria en contratos de fideicomiso de cualquier tipo relacionados con el objeto

social.- Cuando las actividades enunciadas así lo requieran, las mismas serán desarrolladas por los respectivos

profesionales matriculados. A tal fin la Sociedad tendrá plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer

obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por estos estatutos”; y 2) art. 8,

administración, extensión mandato directores, queda redactado “ARTÍCULO OCTAVO: La administración de la

sociedad estará a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la asamblea entre un

mínimo de uno y un máximo de seis con mandato por tres ejercicios.- La asamblea podrá designar suplentes

en igual número que los titulares y por el mismo plazo a fin de llenar las vacantes que se produjeran, en el orden

de su elección.- En caso que la sociedad quedare encuadrada en el régimen de fiscalización permanente, el

mínimo de directores será de tres.- Mientras la sociedad prescinda de Sindicatura, la asamblea designará uno

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.907 - Segunda Sección 8 Martes 10 de julio de 2018

o más directores suplentes.- En caso de pluralidad de titulares, los directores designarán en su primera sesión,

un Presidente y un Vicepresidente, éste último reemplaza al Primero en caso de ausencia o impedimento.- El

Directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y resuelve por mayoría de votos

presentes.- La asamblea fijará la remuneración del Directorio”. Autorizado según instrumento privado art. 37 RG

7/2015 de fecha 03/07/2018

Fernando José Lacasia - T°: 97 F°: 306 C.P.A.C.F.

e. 10/07/2018 N° 48847/18 v. 10/07/2018