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N° 49581/18 Aviso del Boletín Oficial

A&E CONSULTORA INTEGRAL S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 11 de julio de 2018

Texto del aviso

A&E CONSULTORA INTEGRAL S.A.

Por Acta de Asamblea General Extraordinaria N° 8, de fecha 3 de julio de 2018, se decidió la reforma del articulo

tercero del estatuto, quedando redactado así: “La sociedad tiene por objeto la realización por cuenta propia y/o

por cuenta de terceros y/o asociada a terceros, en participación y/o en comisión de las siguientes actividades:

A) Desarrollo e inversión de proyectos logísticos de transporte, portuarios, industriales y comerciales; B)

Comercialización en todas sus formas, incluyendo la importación y exportación de bienes y servicios relacionados

con el objeto principal; C) Servicios de logística comercial, almacenamiento, conservación de productos de

propiedad de terceros; de transporte de productos; D) Agencia Marítima: Representación empresas de navegación,

marítimas o fluvial; la explotación de todo lo vinculado al transporte interno, exterior o internacional de pasajeros no

regular, cargas, y correspondencia; E) Servicios Portuarios: Agencia marítima, despachos de aduanas, estibajes,

contratistas, estibadores, carga, descarga, transportadores de cargas, operadores de contenedores; F) Servicios

de Depósito: Almacenamiento de mercaderías propiedad de terceros y/o consignadas, contenidas en bulto o

contenedores; automotores, camiones con mercaderías en tránsito, mercaderías de transbordo o para consolidar

mercaderías de exportación. Administración de depósitos; G) Estibaje en general; carga y descarga en zonas

portuarias, aeropuertos, estaciones marítimas, fluviales y terrestres; el transporte terrestre, fluvial, marítimo y

aéreo de productos en general; H) Mandataria; I) Despachos de mercaderías: agente marítimo, importadores,

exportadores, contratistas, proveedores marítimos. Las actividades podrán desarrollarse en territorio nacional,

extranjero, aduanero y zonas franca del país o del exterior. A tal fin la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para

adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o el estatuto.”-

Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea General Extraordinaria N° 8 de fecha 03/07/2018

Juan Manuel Silvero - T°: 119 F°: 381 C.P.A.C.F.

e. 11/07/2018 N° 49581/18 v. 11/07/2018