N° 51853/18 Aviso del Boletín Oficial
FUTUROCK PRODUCCIONES S.R.L.
Texto del aviso
FUTUROCK PRODUCCIONES S.R.L.
Se hace saber que la Reunión de Socios de fecha 10 de diciembre de 2017 resolvió de forma unanime la ampliación
del objeto social y como consecuencia de ello se reformó el artículo tercero del estatuto en los siguientes términos:
“ARTICULO TERCERO: OBJETO: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o
asociados a terceros, en cualquier parte de la República Argentina o del extranjero a las siguientes actividades:
Organización y/o promoción y/o producción de contenidos radiales y/o televisivos y/o teatrales y/o cinematográfico.
Análisis y determinación de factibilidades de las actividades relacionadas con el objeto. Confección de planes
de desarrollo, programas de comercialización y sistemas publicitarios, elaboración de campañas de publicidad,
utilizando los distintos medios de comunicación sean gráficos, audiovisuales, vía internet, de afiches en la vía
pública, promociones personales, mediante el empleo de publicidad directa, postal y/o en espectáculo públicos
y/o medios de transportes. La realización del negocio editorial con carácter general y en especial la edición,
redacción, producción, impresión, publicación, distribución, venta y explotación publicitaria de toda clase de
publicaciones tales como libros, periódicos, revistas, folletos, Impresos, gráficos, mapas y cualesquiera otra
por cuenta propia y/o ajena. La compra y venta de libros, revistas, folletos, impresos, epistolarios, discursos,
alocuciones y cualesquiera otras obras de la misma naturaleza, y cualquier tipo de material informativo y
audiovisual. La producción y suministro de información por medios telemáticos, informáticos o cualquier otro
soporte multimedia. La prestación, comercialización y realización de servicios educativos, la creación, desarrollo
y explotación de agencias de noticias y colaboraciones, de publicidad y relaciones públicas, de acuerdo con las
disposiciones legales. Para cumplir su objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos,
contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.” Autorizado
según instrumento privado acta de reunión de socios de fecha 10/12/2017
Carolina Canziani Aguilar - T°: 78 F°: 680 C.P.A.C.F.
e. 19/07/2018 N° 51853/18 v. 19/07/2018