N° 54546/18 Aviso del Boletín Oficial
PERMIT ENERGY S.R.L.
Texto del aviso
PERMIT ENERGY S.R.L.
Esc. 140 del 19/7/18, reg. 18.Reforma art. 3º.Objeto: a) Comercialización e intermediación en operaciones de
compraventa en la industria hidrocarburífera de petróleo, gas y electricidad; logística y transporte, ya sea por vía
terrestre, aérea, fluvial o marítima, de sus insumos; b) Explotar tierras y subsuelo para la extracción de hidrocarburos
líquidos y gaseosos, ya sea por medio de permisos de exploración concesiones petroleras, acuerdos con terceras
partes y/o cualquier otro instrumento de mercado.Asimismo, podrá explotar el suelo en superficie mediante
actividades complementarias basadas en los conocimientos técnicos, geológicos y topográficos de los mismos
desarrollados por personal de la empresa.c) Realizar la operación de instalaciones de superficie y subsuelo para
la prospección y producción de hidrocarburo.d) Importación y exportación temporaria y/o definitiva todo ello
relacionado con la industria hidrocarburífera de petróleo, gas y electricidad; e) Organización de conferencias y
congresos, prestación de servicios en estudios de mercado y factibilidad de proyectos y puesta en marcha de
negocios, todo ello en relación con el objeto principal.Cuando las normas así lo reuqieran se dará cumplimiento
al objeto social por intermedio de profesionales en la disciplina que se trate con título habilitante otorgado por
autoridad competente; f) Representaciones y mandatos relacionados con el objeto principal; g) Conceder créditos
a intereses para la financiación de operaciones de comercialización indicadas en el punto a) pagaderos en cuotas
o a término, instrumentando dichos créditos mediante los contratos previstos en la legislación vigente; realizar
financiaciones y operaciones de crédito en general con cualquiera de las garantías previstas en la legislación
vigente o sin ellas, garantías tales como prendarias, hipotecarias, fiduciarias, warrants, fianzas y todo tipo de
cauciones y garantías, en operaciones propias o de terceros y percibir comisiones por tales servicios. Queda
expresamente excluida la administración de fondos comunes de inversión o cualquier actividad que signifique
administración de una cartera de inversiones o actividades de intermediación financiera y las operaciones regladas
por la Ley 21.526 de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso público.Autorizado por Esc. ut
supra
Gerson Cesar Gonsales - T°: 124 F°: 881 C.P.A.C.F.
e. 31/07/2018 N° 54546/18 v. 31/07/2018