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N° 55168/18 Aviso del Boletín Oficial

COHORTIAS ARGENTINA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 1 de agosto de 2018

Texto del aviso

COHORTIAS ARGENTINA S.A.

Complementa al edicto públicado el 21/05/2018, T.I. 35171/2018. Por Esc. 283 del 31/07/2018, folio 1016, Registro

61 de Capital Federal, se REFORMÓ el Artículo Tercero, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO TERCERO: La sociedad se dedicará por cuenta propia, o de terceros o asociada a éstos a efectuar

en el país o en el extranjero, el gerenciamiento, administración y explotación de los establecimientos que realicen

las siguientes actividades: (i) Todo tipo de investigación clínica, ensayos clínicos que determinen la seguridad y

eficacia de medicamentos, aparatos, productos para diagnósticos, y regímenes de tratamientos médicos para

el uso por personas humanas para cualquier enfermedad y cualesquier actividad relacionada y/o derivada de

lo mismo. (ii) Diseño de protocolos para llevar a cabo cualquier tipo de investigación clínica y ensayo clínico. (iii)

Ensayos clínicos sobre cierto grupo de personas voluntarias para desarrollar medicamentos, curas, tratamientos,

diagnósticos, entre otros. (iv) Así como participar por cuenta propia o de terceros, en todo tipo de industrias para

prestar todo tipo de servicios, incluyendo sin limitar, la promoción, venta, importación y exportación de todo tipo

de productos para el cuidado de la salud humana, incluyendo productos farmacéuticos, de nutrición clínica, de

nutrición pediátrica, cosméticos y los elementos necesarios para su aplicación, productos alimenticios; productos

veterinarios; productos para óptica y fotografía; instrumentos de medición y científicos y todo otro relacionado

con dichas actividades, observando en todo caso las disposiciones aplicables a tal efecto. Si las disposiciones

legales exigiesen para el gerenciamiento, administración y explotación de los establecimientos mencionados algún

título profesional o autorización administrativa, o la inscripción en Registros Públicos, dichas actividades deberán

realizarse por persona que ostente la correspondiente titulación profesional y, en su caso, no podrán iniciarse

antes de que se hayan cumplido los requisitos administrativos exigidos. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad

jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por

este estatuto”.- Autorizado según instrumento público Esc. Nº 283 de fecha 31/07/2018 Reg. Nº 61

Veronica Andrea Kirschmann - Matrícula: 4698 C.E.C.B.A.

e. 01/08/2018 N° 55168/18 v. 01/08/2018