N° 56810/18 Aviso del Boletín Oficial
HAVANNA S.A.
Texto del aviso
HAVANNA S.A.
Se hace saber que por asamblea general extraordinaria de accionistas de fecha 23.5.18 se resolvió: (i) modificar los
artículos tercero y octavo del estatuto social, referidos al objeto social y a la garantía de los directores de la sociedad,
quedando redactado el artículo 3 de la siguiente manera: “ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto
exclusivo llevar a cabo las siguientes actividades: a) Comerciales: (i) La comercialización de productos alimenticios,
sus materias primas, componentes, afines y derivados, y en particular, alfajores y similares; (ii) la compra y venta
al por mayor de mercaderías o materias primas elaboradas o a elaborarse relativas a la industria alimenticia; (iii)
Brindar el servicio de restaurant, cafetería, bar, casa de lunch y similares; (iv) La importación y exportación de
bienes que comercie o industrialice y; (v) la elaboración y fabricación de los bienes que comercia; b) Inversión: (i)
Realizar cualquier inversión, por cuenta propia, de terceros asociada a terceros, en la República Argentina y/o en el
exterior dentro de los límites fijados por las leyes y reglamentaciones vigentes y con sujeción a las mismas, tomar,
mantener y disponer, de cualquier manera, participaciones en sociedades existentes o a crearse en la República
Argentina y/o en el exterior; efectuar inversiones de todo tipo, incluyendo títulos y valores públicos, privados o
cualquier otra especie de valor mobiliario, efectuar colocaciones de sus disponibilidades en forma transitoria en
moneda nacional o extranjera, oro, títulos de participación u otros valores mobiliarios negociables o no; otorgar y
recibir préstamos; así como otorgar fianzas, avales, hipotecas, prendas y cualquier otra clase de garantías reales o
personales, respecto de obligaciones propias o de terceros. A tal fin, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para
adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos aquellos actos que no sean prohibidos por las leyes o por
este estatuto. Quedan expresamente excluidas todas aquellas actividades comprendidas en la Ley de Entidades
Financieras (ley 21.526); c) Inmobiliaria; La compra, venta, permuta, construcción, explotación, arrendamiento, y
administración de inmuebles urbanos y rurales, urbanización, loteos, fraccionamientos y la realización de todas las
operaciones sobre inmuebles que autoricen las leyes y sus reglamentaciones, sea sobre las que legisle el Código
Civil y Comercial o las creadas por la Ley de Propiedad Horizontal; y d) Franquicias: otorgar, recibir y administrar
franquicias de cualquier tipo, ya sea en el país o en el extranjero.”; y (ii) aprobar el texto ordenado del estatuto
social. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 023024231 de fecha 16/07/2018 Reg. Nº 5382
Lucila Primogerio - T°: 100 F°: 542 C.P.A.C.F.
e. 08/08/2018 N° 56810/18 v. 08/08/2018