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N° 57727/18 Aviso del Boletín Oficial

RECLAMOWEB S.A.S.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas OTRAS SOCIEDADES viernes, 10 de agosto de 2018

Texto del aviso

RECLAMOWEB S.A.S.

Comunica que por Acta de Reunión de Socios N° 1 del 20/03/2018 se resolvió: reformar 1) Artículo Tercero

del Estatuto Social: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros,

dentro o fuera del país a: la creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, comercialización,

intermediación, representación, importación y exportación de bienes materiales, incluso recursos naturales, e

inmateriales y la prestación de servicios, relacionados directa o indirectamente con las siguientes actividades:

(a) Agropecuarias, avícolas, ganaderas, pesqueras, tamberas y vitivinícolas; (b) Comunicaciones, espectáculos,

editoriales y graficas en cualquier soporte; (c) Culturales y educativas; (d) Desarrollo de tecnologías, investigación

e innovación y software; (e) Gastronómicas, hoteleras y turísticas; (f) Inmobiliarias y constructoras; (g) Inversoras,

financieras y fideicomisos; (h) Petroleras, gasíferas, forestales, mineras y energéticas en todas sus formas; (i)

Salud, y (j) transporte. La Sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el

país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de

las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas

humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar

toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas

las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público. En el

desarrollo de las actividades previstas en el Objeto social la Sociedad velará por la generación de un impacto

social positivo para la sociedad, las personas vinculadas a esta y el medioambiente..- 2) Artículo Séptimo del

Estatuto Social: “(…) En el desempeño de su cargo, los administradores deberán tener en cuenta en sus decisiones

y actuaciones los efectos de dichas decisiones o actuaciones con respecto a los intereses de (i) los socios, (ii) los

empleados de la Sociedad y de sus filiales; (iii) los clientes, proveedores y otras partes directa o indirectamente

vinculadas a la Sociedad, como por ejemplo, la comunidad en donde, directa o indirectamente, opera la Sociedad.

Asimismo, deberán velar por la protección del medio ambiente local y global y por los intereses de la Sociedad

en el corto y largo plazo. El cumplimiento de la obligación antedicha por parte de los administradores solo podrá

ser exigible por los socios y la sociedad (…) ” Autorizado según instrumento privado Reunión de Socios de fecha

20/03/2018. Abogado, Dr.

Fernando Luis Koval - T°: 125 F°: 102 C.P.A.C.F.

e. 10/08/2018 N° 57727/18 v. 10/08/2018