N° 58914/18 Aviso del Boletín Oficial
PLATA LINEAS AEREAS S.A.
Texto del aviso
PLATA LINEAS AEREAS S.A.
Comunica que resolvió por Acta de Asamblea General Extraordinaria del 07/08/2018: a) la reforma del artículo 3º del
estatuto social.- ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros,
o asociada con terceros, a las siguientes actividades: 1) A la explotación de servicios comerciales regulares y no
regulares de transporte aéreo de pasajeros, cargas, correspondencia, encomiendas, “Courier” y de cualquier otra
índole, de carácter interno e internacional, con aeronaves de reducido y/o de gran porte; 2) A la explotación de
servicios de trabajo aéreo definidos en el Artículo 92 del Código Aeronáutico (Ley N 17.285); 3) A operar como agente
de carga y consolidador - desconsolidador de carga aérea y de cualquier otro tipo; 4) A la realización de cualquier
otra actividad que se relacione directa o indirectamente con la aeronavegación, en el país o en el extranjero, con
sujeción a las normas nacionales, provinciales y municipales y tratados internacionales que rigen la materia. 5)
Podrá también, previa autorización de las autoridades competentes, instalar y/o explotar hangares, aeródromos,
aeropuertos, talleres de reparaciones y actividades y tecnología aeronáuticas, y/o servicios aeroportuarios en
general. 6) Asimismo, podrá la sociedad dedicarse a la promoción, organización, comercialización y prestación
de servicios turísticos de todo tipo en el ámbito nacional e internacional, incluida la contratación de servicios
hoteleros y de tiempo compartido; 7) a la organización de viajes individuales y de cruceros, la intermediación en
todas las actividades antes mencionadas, la recepción y asistencia a turistas durante sus viajes y su permanencia
en el país y/o en el exterior, así como la representación de otras compañías agencias del ramo, sean nacionales y/o
extranjeras y 8) Explotar concesiones y/o servicios públicos;.- A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica
para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este
estatuto. -Las actividades mencionadas, en los casos que las leyes y reglamentos así lo exijan, serán prestadas
por profesionales idóneos con título habilitante, contratados al efecto”. b) la reforma del artículo 9º del estatuto
social: “ARTÍCULO NOVENO: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de tres síndicos titulares designados
por el término de tres ejercicios, por Asamblea, que simultáneamente designará también los suplentes. Tendrán
las funciones establecidas en los artículos 294 y 295 de la ley 19.550. Todos pueden ser reelectos. En este último
supuesto los accionistas no podrán ejercer el control individual que les confiere el artículo 55 de la ley 19.550”. c) la
Designación de 2 síndicos titulares y 3 síndicos suplentes que se incorporan a la Comisión Fiscalizadora: síndicos
titulares: 1) Daniel Matías Acevedo, DNI 10.963.623 y 2) Julio Alberto Villalba, DNI 8.410.034; síndicos suplentes:
1) Jorge Bernardo Casal, DNI 5.526.165, 2) Paola Lorena Mayor, DNI 27.346.235, 3) Jorge Daniel Pagone, DNI
12.160.538, quienes expresamente aceptan los cargos conferidos y constituyen domicilio especial en Uruguay
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.933 - Segunda Sección 10 Miércoles 15 de agosto de 2018
1.279, piso 7° depto “A” CABA.- y d) Designación de un nuevo director titular, que integre el directorio actualmente
vigente: Héctor Daniel Lovay, DNI 12.812.684, quien expresamente acepta el cargo y constituye domicilio especial
es la sede social sita en Uruguay 1.279, piso 7°, depto “A” CABA.- Firma Lorena Soledad Mazza.- Autorizado según
instrumento público Esc. Nº 188 de fecha 13/08/2018 Reg. Nº 1281.-
lorena soledad mazza - T°: 110 F°: 530 C.P.A.C.F.
e. 15/08/2018 N° 58914/18 v. 15/08/2018