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N° 60735/18 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 8

Edictos Judiciales martes, 28 de agosto de 2018

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 8

SECRETARÍA NRO. 16

El presente edicto se publica en el marco de la causa N° CPE 1542/2017, caratulada “COOPERATIVA DE TRABAJO

DISTRIBUIDORA DE DIARIOS Y REVISTAS JOSE C. PAZ LTDA.” en trámite ante este Juzgado Nacional en lo Penal

Económico N° 8, a cargo del Dr. Gustavo D. MEIROVICH, Secretaría N° 16 a cargo de la Dra. Milagros STODDART,

sito en Av. de los Inmigrantes 1950, Piso 2°, Oficina 203, CABA a fin de notificar a la Sra. María Belén FRETES

(DNI N° 30.697.437) que con fecha 23 de febrero de 2018 este juzgado resolvió: “I) SOBRESEER TOTALMENTE a

Mariano Martín RODRIGUEZ (DNI N° 24.870.513), María Belén FRETES (DNI N° 30.697.437), Ivana Pamela MUÑOZ

(DNI N° 34.836.363) y a COOPERATIVA DE TRABAJO DISTRIBUIDORA DE DIARIOS Y REVISTAS JOSE C. PAZ

LDTA (CUIT N° 30-63022379-9) en orden a los hechos consistentes en haber retenido y no haber depositado las

retenciones efectuadas del impuesto a las Ganancias, dentro de los 10 días hábiles administrativos posteriores

al vencimiento legal, en relación a los períodos diciembre/2016 por un monto de $ 60.851,59, enero/2017 por un

monto de $ 55.173,20 y marzo/2017 por un monto de $ 45.915,81 (arts. 334, 335 y 336 inc. 3° del CPPN) II) HACER

EXPRESA MENCIÓN que la formación del presente proceso, en orden a los hechos mencionados en el punto

anterior, no afecta el buen nombre y honor del que hubieren gozado los nombrados (art. 336 último párrafo del

CPPN). III) SIN COSTAS (art. 530 y cc. del CPPN).” FDO. DR. GUSTAVO D. MEIROVICH- JUEZ NACIONAL - ANTE

MÍ: MILAGROS STODDART - SECRETARIA DE JUZGADO. Asimismo, se hace saber que dicho resolutorio no se

encuentra firme en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Sr. Representante del Ministerio Público Fiscal.

En ese sentido, a fin de que la nombrada pueda ejercer adecuadamente su derecho de defensa en juicio durante

la sustanciación de la vía recursiva interpuesta por el Ministerio Público Fiscal, se hace saber que, dentro del

término de tres días, deberá designar abogado defensor de su confianza y que, en caso de silencio, se le designará

al defensor oficial que por turno corresponda. FDO. DR. GUSTAVO D. MEIROVICH - JUEZ NACIONAL - ANTE

MÍ: MILAGROS STODDART - SECRETARIA DE JUZGADO Gustavo D. MEIROVICH Juez - Milagros STODDART

Secretaria

e. 22/08/2018 N° 60735/18 v. 28/08/2018