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N° 62724/18 Aviso del Boletín Oficial

LAGAVULIN S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 29 de agosto de 2018

Texto del aviso

LAGAVULIN S.A.

Se hace saber que por Acta de Asamblea General Extraordinaria N° 5 del 8/06/2018 se ha modificado el estatuto

social, en los siguientes puntos: (a) OBJETO: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o

asociada a terceros, las siguientes actividades: COMPRAVENTA: Comprar, vender, alquilar, dar o tomar en leasing,

bienes muebles, e inmuebles; adquirir y explotar por si o por terceros bienes muebles e inmuebles, automotores

de todo tipo, micrómnibus, ómnibus, buses, colectivos, semirremolques, etcétera y automotores de todo tipo,

incluso aeronaves y embarcaciones. INVERSIONES: Realizar aportes de capital para operaciones realizadas

o a realizarse, financiamiento, préstamos hipotecarios, o crédito en general, con cualquiera de las garantías

previstas en la legislación vigente o sin ellas; participación en empresas de cualquier naturaleza mediante la

creación de sociedades por acciones, uniones transitorias de empresas, agrupaciones de colaboración, joint

Ventures, consorcios y en general la compra, venta y negociación de títulos, acciones y toda clase de valores

inmobiliarios y papeles de crédito en cualquiera de los sistemas o modalidades creados o a crearse.- Se excluyen

expresamente las operaciones comprendidas en la ley de entidades financieras y toda otra por la que se requiera

el concurso público. ADMINISTRACIÓN: Administrar fideicomisos por sí o por terceros, para sí o para terceros,

constituirse en fiduciario, fideicomisario, fideicomitente, o beneficiario en fideicomisos. MARCAS Y PATENTES:

Ser titular, explotar, por sí o por terceros y/o para terceros, todo tipo de marcas y patentes, cobrar royalties,

o derechos de marcas, comprar y vender derechos litigiosos, acreencias en juicios. ADMNISTRACIONES Y

MANDATOS: Administrando para sí y/o para terceros bienes muebles, e inmuebles, títulos y acciones certificados

de deuda; dar y otorgar garantías de todo tipo. AGROPECUARIO: a) Agropecuaria: En todas sus manifestaciones,

comprendiendo los negocios de agricultura, fruticultura, huerta, viveros agrícolas y forestales, explotación directa

por sí o por terceros en establecimientos rurales, agrícolas, vitivinícolas, frutihortícolas y/o de jardinería, sean de

propiedad de la sociedad o de terceras personas. Compra, venta, consignación, acopio, distribución, importación

y exportación de todos los insumos y materias primas y/o frutos y/o productos derivados de estas explotaciones,

la realización para sí o para terceros de laboreos, siembras, fumigaciones, la prestación de servicios de riego,

dar en arrendamiento establecimientos rurales propios y tomar en arrendamiento establecimientos rurales de

terceros, la aparcería y explotación conjunta de inmuebles rurales, la realización de actividades de agroturismo y

en general la realización de toda actividad tendiente a obtener recursos de la explotación rural; secado de frutas

y hortalizas para su posterior comercialización; b) Industriales: Mediante la explotación en todas sus formas del

ramo de la industria agropecuaria y c) Comerciales: Relacionados con la actividad agropecuaria, comprendiendo la

compraventa, envasado, deposito, transporte y distribución, consignación, acopio, importación y exportación de

toda clase de productos derivados de tal actividad, como así también el ejercicio de representaciones de personas

o sociedades nacionales o extranjeras, relacionadas en el objeto social. A tales fines la sociedad tiene plena

capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos

por las leyes o por este estatuto, y especialmente la adquisición y arrendamiento de todo tipo de inmuebles rurales.

A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los

actos necesarios que no sean prohibidos por las leyes o sus estatutos. (b) ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN:

Se extiende el plazo de los mandatos de directores y síndicos a tres ejercicios. (c) Cierre de ejercicio: 31 de

diciembre.- Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 08/06/2018

Juan Ignacio Recio - T°: 102 F°: 436 C.P.A.C.F.

e. 29/08/2018 N° 62724/18 v. 29/08/2018