N° 415/2018 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL II NOMINACIÓN VENADO TUERTO-SANTA FE
Texto del aviso
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL II NOMINACIÓN VENADO TUERTO-SANTA FE
EDICTO
En el marco de las actuaciones existentes en autos: “SINDICATURA EX BID CL s/ INCIDENTE DE DESTRUCCION
DE PALELERIA” (Expte. N° 415/2018) que tramitan ante el Juzgado Civil y Comercial de 1° Instancia de la Segunda
Nominación de Venado Tuerto a cargo del Dr. Federico G. Bertram, Secretaría a cargo del Dr. A. Walter Bournot, se
hace saber que la Sindicatura Concursal ha solicitado autorización para la destrucción total de la documentación
y papelería perteneciente a aquella ex entidad fallida, correspondiente a sus operaciones propias y de los Bancos
absorbidos en Enero de 1995, ACISO BANCO C.L. y BANCO DE LA RIBERA C.L., para las operaciones realizadas
entre el 1° de Enero de 1994 y el 31 de diciembre de 2007 (ambas incluidas), y registros laborales de los ex bancos,
fundada en las disposiciones de guarda de documentación previstas en el Código Civil y Comercial, y en atención
a la magnitud y costo de conservación de la misma. En idéntico sentido, se procederá a la destrucción de la
documentación contable generada por la Sindicatura Concursal del ex BID CL, Sursafé S.A. y Planificaciones
Agropecuarias Horizonte S.A., con fecha anterior al 31 de Diciembre de 2007. Las personas físicas (en especial
ex empleados) o jurídicas interesadas en la preservación de documentación generada o emitida por las referidas
entidades y en el periodo indicado, deberán presentarse en la sede de la sindicatura concursal sito en Brown 1744
(CP 2600) de la ciudad de Venado Tuerto, en días hábiles de 8 a 12 hs, hasta el décimo quinto día hábil posterior
desde la última publicación de este Edicto/Aviso en el Boletín Oficial de la Nación o la Provincia de Santa Fe, el
que sea posterior, a las 12hs., y efectuar un requerimiento escrito y fundado, en el que se identifique el tipo de
documentación cuya reserva se solicita, dejándose constancia de la fecha de recepción de la misma, a los fines de
que, en caso de existir y corresponder, se proceda a la guarda especial de la misma. Esta comunicación se efectúa
bajo expreso apercibimiento de que no se admitirán peticiones ni reclamos ulteriores de ninguna especie, para
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.943 - Segunda Sección 105 Jueves 30 de agosto de 2018
el caso que se efectuaran requerimientos de cualquier tipo, dirigidos a obtener antecedentes y/o documentación
comprendida dentro del lapso referido, y que hubiera tenido el destino arriba mencionado. Los presentes deberán
ser publicados por el término de 10 (diez) días hábiles sin necesidad de previo pago (art. 89 ley 24.522).-
Venado Tuerto 24 JUL de 2018
e. 21/08/2018 N° 59751/18 v. 03/09/2018