N° 10/99 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 7
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 7
SECRETARÍA NRO. 14
El Juzgado Comercial nº 7, Secretaría nº 14, sito en Diagonal Norte 1211, piso 1º, de CABA., a cargo de FERNANDO
G D A´ LESSANDRO JUEZ comunica por 5 días en EXP N°: 40567/1997 COTINO ITALO JORGE s/QUIEBRA que el
martillero Roberto Plorutti cuit 20115017803 (Tel. 4816-4625) rematará el 10 de Octubre de 2018 a las 11.15 hs en
Jean Jaures 545, el 25% del inmueble sito en la calle Eduardo Acevedo 262/4 U.F. n° 15 piso 6ª, matrícula 7-137/15
de CABA. Se trata de un edificio en P.H. de 50 años de antigüedad aprox. de 6 pisos, 2 por piso, 1 ascensor. La
unidad es un departamento ubicado en último piso al contrafrente y consta living, cocina, 1 dormitorio, un pequeño
baño sin bidet ni bañera, y terraza en buen estado, pisos cerámicos en baño y cocina y flotantes en el resto.
Revestimiento cerámico, servicios individuales. Superficie cubierta 35,25 m2 aprox., 3 de galería y 14 m2 aprox.
comunes. Barrio residencial asistido por todos los servicios. Inmueble habitado por el Sr. Alejandro G. Pagano
quién exhibió DNI 11.721.862, junto a su pareja Sra. Marta Graciela Alvarez D.N.I. 13.103.875, en carácter de
usufructuario vitalicio (v. informe de fs. 1547 vta. y fs. 1519/3). BASE $ 300.000 al contado, seña: 30%, comisión: 3%,
sellado 0,60% y el 0,25, por arancel de la CSJN, todo en efectivo en el acto de la subasta, debiendo el comprador
constituir domicilio dentro de la jurisdicción. Queda prohibida la compra en comisión, como también la ulterior
cesión del boleto que se extienda. El saldo de precio deberá depositarse dentro del quinto día de la notificación
por ministerio de ley de la providencia que disponga la aprobación de la subasta, bajo el apercibimiento previsto
por el art. 580 del Cód. Proc. El adquirente deberá abonar la totalidad de los impuestos propios de la venta de los
inmuebles, como también los gastos de escrituración y el arancel aprobado por la Acordada Nº10/99 de la Corte
Suprema de Justicia de la Nación, del 0.25%. Asimismo, se encontrará a cargo del comprador la totalidad de la
deuda devengada desde el decreto de quiebra en concepto de impuestos, tasas o contribuciones de carácter
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.949 - Segunda Sección 93 Viernes 7 de septiembre de 2018
nacional, provincial y municipal- y expensas; respecto de la originada con anterioridad a la declaración del estado
de falencia se encuentra sujeta a la verificación de cada acreencia. Deudas: AYSA $ 9.944,64 al 12/3/18, ABL 1476
s/deuda. Expensas s/deuda a Julio de 2018 abonado el último mes $ 1681. Exhib. 8 y 9 de octubre de 2018 de 10
a 12 hs. DIEGO VÁZQUEZ SECRETARIO
e. 06/09/2018 N° 65348/18 v. 12/09/2018