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N° 66233/18 Aviso del Boletín Oficial

PUL ARGENTINA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 10 de septiembre de 2018

Texto del aviso

PUL ARGENTINA S.A.

(IGJ Nro. 1.903.583) Por Asamblea General Ordinaria del 30/04/18 se resolvió: (i) aprobar la renuncia del Sr. Álvaro

Pailos como Director Suplente y designar en su reemplazo al Sr. Vitor Hidalgo Bonafim; y (ii) designar a los Sres.

Gustavo Adrián Kahl, Pedro Arístides Bordon Neto y Alexandre Ferreira Boucinhas como Directores Titulares; y

al Sr. Vitor Hidalgo Bonafim como Director Suplente; todos ellos por un ejercicio y hasta la Asamblea que trate

los Estados Contables de la Sociedad al 31/12/18, quedando el Directorio conformado de la siguiente manera:

Director Titular y Presidente: Gustavo Adrián Kahl; Director Titular y Vicepresidente: Pedro Arístides Bordon

Neto; Director Titular: Alexandre Ferreira Boucinhas; y Director Suplente: Vitor Hidalgo Bonafim. Los Directores

Titulares y el Director Suplente designados fijan domicilio especial en la calle Edison Nro. 2659, Piso 3°, Martínez,

Provincia de Buenos Aires. Por Asamblea General Extraordinaria del 30/04/18, se resolvió reformar el Art. 8°

del Estatuto Social el que quedó redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO OCTAVO: La fiscalización de la

Sociedad estará a cargo de tres Síndicos Titulares; y entre uno y tres Síndicos Suplentes, que reemplazarán a

su respectivo titular en caso de vacancia total o temporaria. Los Síndicos actuarán en forma colegiada bajo la

denominación “Comisión Fiscalizadora”. Serán designados por Asamblea por el término de un ejercicio, y podrán

ser reelegidos consecutivamente. Serán aplicables los requisitos, inhabilidades e incompatibilidades establecidos

por los Artículos 285 y 286 de la Ley Nro. 19.550. La Comisión Fiscalizadora tendrá las atribuciones y deberes que

le confiere la Ley Nro. 19.500 y/o la que en un futuro la reemplace; y sus remuneraciones serán determinadas por

la Asamblea. Funcionará con la mayoría absoluta de sus miembros y sus resoluciones se adoptarán por mayoría

de los votos presentes. Las resoluciones se harán constar en un Libro de Actas. La Comisión Fiscalizadora podrá

autorizar a uno de sus miembros para que en su nombre suscriba la documentación que corresponde a su función

y competencia”. Autorizada según instrumento privado Asamblea General Ordinaria de fecha 30/04/18 y Asamblea

General Extraordinaria de fecha 30/04/2018.

LUCILA POLICASTRO MOYANO - T°: 117 F°: 339 C.P.A.C.F.

e. 10/09/2018 N° 66233/18 v. 10/09/2018