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N° 66670/18 Aviso del Boletín Oficial

CAMBIO PARIS S.A.

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES martes, 11 de septiembre de 2018

Texto del aviso

CAMBIO PARIS S.A.

Por Acta de Asamblea del 23 de mayo de 2018 se resolvió modificar las cláusulas 2°, 4°, 5°, 7° y 9° del estatuto

de la Sociedad. La cláusula 2° incorpora el requisito para establecer sucursales, previa comunicación a la

Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias. La cláusula 4° queda redactada: “La sociedad tiene

por objeto la realización por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, inclusive en los términos previstos

en el Capítulo III de la Ley Nº 19.550 y sus modificatorias, de las siguientes actividades: A) CAMBIARIAS: Compra

y venta de monedas y billetes extranjeros; compra de cheques de viajero, que deberán ser vendidos únicamente

a las entidades financieras autorizadas para operar en cambios; compra y venta de oro amonedado y en barra

de “buena entrega”; para la atención de sus operaciones deben aplicar, exclusivamente, las tenencias locales

que resulten de transacciones realizadas con sus clientes, con entidades financieras autorizadas para operar en

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.951 - Segunda Sección 31 Martes 11 de septiembre de 2018

cambios y casas y agencias de cambio, todo ello de acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 18.924, a las demás

leyes y decretos reglamentarios que rigen en la materia, y a las normas fijadas por el Banco Central de la República

Argentina; B) TURISMO: En todas sus formas: organización de viajes, excursiones, cruceros, y giras individuales

o colectivas, de índole turísticos, dentro y fuera del país, venta de pasajes terrestres, marítimos y aéreos, de

cabotajes, y/o internacionales, alquiler de vehículos de remises, taxis, transporte aéreo, marítimos y terrestre,

no pudiendo vulnerar el ejercicio de la actividad turística permitida, la legislación y reglamentación que rige la

actividad cambiaria. Las actividades mencionadas se realizarán previa autorización de la autoridad competente

cuando corresponda. La Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y

ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto.” El capital social fue aumentado

de PESOS CIEN MIL ($ 100.000) a PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000). La cláusula 7° establece

que las acciones serán nominativas no endosables, ordinarias o preferidas. La cláusula 9° modifica la dirección

y administración de la sociedad estará a cargo del directorio integrado por uno a cinco titulares, pudiendo elegir

igual número de suplentes, todos por el término de tres ejercicios. Autorizado según instrumento privado acta de

asamblea de fecha 23/05/2018

Matias Grinberg - T°: 57 F°: 492 C.P.A.C.F.

e. 11/09/2018 N° 66670/18 v. 12/09/2018